De forma general, el acuse de recibo es una constancia de que alguien recibió algo; sea un paquete, un documento, un pago, etc. Es un tema sencillo, pero puede generar algunas dudas. Por lo mismo, se pueden generar diversos tipos de acuses de recibo, dependiendo de la información que se está enviando/presentando.
Un acuse de recibo es un documento cuyo propósito es verificar que efectivamente se ha recibido un trámite en el SAT. El Acuse de Recibo es un documento que sirve para que compruebes que un trámite ha sido recibido por el SAT. Una vez efectuado el envío de un trámite a través del Portal del SAT, éste te notificará que fue recibido el archivo. La notificación contiene datos como el tamaño del archivo, la hora y la fecha de recepción y el usuario. Es importante mencionar que para poder recuperar posteriormente el Folio de Recepción se debe tener una buena organización.
Con cada trámite, declaración o solicitud que presentas ante el SAT, el acuse de recibo se convierte en un elemento clave para tu protección como contribuyente.
¿Qué es el SAT?
El Sistema de Administración Tributaria mejor conocido por sus siglas SAT, es una institución que forma parte del Gobierno y se hace cargo de que las personas físicas como morales, participen y se encarguen de las obligaciones tributarias y aduaneras. El SAT obliga a los contribuyentes a pagar la cantidad adeudada de acuerdo con sus ingresos o el nivel de facturación en que se encuentren, en su defecto están obligados a realizar el pago para el cual el sistema de administración está autorizado para realizar el tratamiento respectivo.
Tipos de Acuses y su Función
Existen diversos tipos de acuses, cada uno con una función específica dentro de los procesos fiscales:
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Acuse de Recibo General
Este acuse es una confirmación de que tu archivo fue recibido y será procesado por el SAT. Por ejemplo, puede ser un acuse de recibo generación de sellos digitales, un acuse de recibo de cancelación, otros. Al realizar la declaración de impuestos, si el contribuyente tiene saldo a favor y desea la devolución, debe ingresar una solicitud. En casos de exportación o importación de bienes, se debe realizar una declaración de valor. En el ámbito laboral también es común toparse con acuses de recibo para control y respaldo entre patrón y trabajador.
Acuse de Respuesta: Un Acto Definitivo Impugnable
Una resolución es definitiva sea expresa o ficta, cuando constituye el producto final o la voluntad definitiva de la Administración Pública, luego entonces no siempre es resultado de un procedimiento, también lo puede ser de una manifestación aislada que no requiere que le anteceda este. Este razonamiento es muy importante en razón a lo establecido en el artículo tercero, fracciones III y V de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ya que se ha interpretado que esta definitividad deriva de un procedimiento, lo que no en todos los casos es así. El contribuyente tiene un solo plazo de 20 días hábiles para poder desacreditar la imputación.
En la Jurisprudencia VII-J-SS-143, publicada en la Revista número 48, noviembre de 2020, página 45, cuya cabeza señala: ACUSE DE RESPUESTA. ES UN ACTO DEFINITIVO IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA, se indica que tiene el carácter de definitivo y por ende impugnable el “acuse de respuesta” emitido por el SAT de forma electrónica, por el cual se da respuesta a una solicitud de devolución por el pago de lo indebido; que de no ser favorable al contribuyente y afectar sus derechos puede ser impugnado a través del juicio de nulidad.
En este mismo sentido se manifiesta el criterio jurisdiccional 79/2020 de la Primera Sala Regional del Noroeste I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, dicha Sala concluyó que era infundada la causal de improcedencia hecha valer por la autoridad fiscal en su contestación de demanda, donde argumentó que el acuse de respuesta a través del cual se le informó a la parte actora que el aviso que presentó para aplicar el estímulo fiscal del impuesto al valor agregado en la Región Fronteriza Norte, previsto en el artículo Décimo Primero del Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte, no debía surtir efectos, ya que no cumplió con las especificaciones requeridas en la ficha de trámite 4/DEC del Anexo 1-A de la RMISC 2019, ya que no reunía la calidad de definitivo, ni le causaba agravio alguno, pues a juicio de la Sala, este acto sí causó un agravio en materia fiscal al pagador de impuestos, ya que tal determinación le impidió gozar de un crédito equivalente al 50% de la tasa establecida en el artículo 1 de la LIVA.
Acuse de Solicitud de Cancelación de CFDI
El “acuse de solicitud de cancelación” es un documento electrónico (PDF) que se genera cuando el emisor de un CFDI solicita la cancelación de este ante el SAT. Este documento tiene un valor probatorio importante, ya que demuestra que el emisor ha solicitado formalmente la cancelación de un CFDI. El acuse no implica la cancelación inmediata del CFDI, sino que inicia el proceso. Comprender su función y los procesos que desencadena ayuda a los contribuyentes a cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales y evitar problemas ante el SAT.
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Tabla de Tipos de Acuses Relevantes
| Tipo de Acuse | Descripción General | Utilidad y Contexto |
|---|---|---|
| Acuse de Recibo | Constancia que verifica la recepción de un trámite por parte del SAT. | Sirve para comprobar la entrega de declaraciones, solicitudes, documentos y otros trámites fiscales, conteniendo datos clave como fecha y hora. |
| Acuse de Respuesta | Comunicación electrónica del SAT en respuesta a una solicitud del contribuyente. | Cuando desfavorable, este acuse puede ser un acto definitivo y, por tanto, impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, especialmente en casos de devoluciones por pago de lo indebido o estímulos fiscales. |
| Acuse de Solicitud de Cancelación | Documento PDF generado al iniciar el proceso de cancelación de un CFDI ante el SAT. | Demuestra formalmente que el emisor solicitó la cancelación de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), iniciando un proceso y teniendo valor probatorio. |
| Acuse de Recibo (Corporativo/Interno) | Documento interno elaborado por empresas para certificar la recepción de algo. | No es una obligación legal en México, pero es altamente recomendable para control y respaldo en protocolos internos y transacciones comerciales. |
Cómo Obtener y Reimprimir Acuses de Recibo
Para obtener los acuses de recibo, puedes hacerlo desde el Portal del SAT. Si deseas reimprimir tus acuses, debes hacerlo mediante el Portal Oficial del SAT. Es un proceso rápido y fácil y le mostraremos paso a paso cómo hacerlo, pero le mostraremos algunos conceptos relacionados que necesita saber primero. El portal del SAT ofrece la opción de reimprimir tu acuse de recibo.
Método 1: Para devoluciones y compensaciones
- 1. Accede al portal del SAT y da clic en “Declaraciones” (elige Personas si eres persona física o la opción de Empresas, si eres persona moral).
- 2. 3. Da clic en “Más información en Devoluciones y compensaciones”, te llevará a la página con los trámites respecto a este trámite.
- 4. Elige “Reimprime tu acuse”.
Método 2: Reimpresión de Acuses Anuales
- 1. En el inicio del portal del SAT, dirígete a “Declaraciones” (para personas o para empresas, dependiendo de tu caso).
- 2. Despliega la información de “Anual” y da clic en “Servicio”. Te redirigirá a la página de la declaración.
- 3. Finalmente, para reimprimir cualquier acuse de recibo generado para tu RFC.
Dando clic en el ícono flotante del búho en portal del SAT.
Acuses en el Ámbito Comercial y Corporativo
En el ámbito comercial o corporativo, las empresas sí pueden elaborar sus propios acuses de recibo como parte de sus protocolos internos. En México no existe una obligación legal que ate a los negocios a emitir acuses de recibo; sin embargo, su uso es altamente recomendable.
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