Guía Definitiva para Entender y Maximizar tu PTU en México ¡No Pierdas Dinero!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, los empleados tienen derecho a recibir una parte de las ganancias generadas por la organización en la que laboran. Esta prestación, conocida como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), representa un reconocimiento al esfuerzo de los colaboradores y está establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley Federal del Trabajo. La finalidad del reparto de utilidades es reconocer la contribución de los colaboradores al éxito económico de la empresa, mediante un ingreso adicional al salario que perciben.

El reparto de utilidades o PTU es un derecho constitucional que tienen los trabajadores en México para recibir una parte de las ganancias generadas por la empresa donde laboran. Este beneficio, implementado desde 1962, representa no solo una obligación patronal, sino un mecanismo de justicia laboral que reconoce la contribución de los empleados al éxito de la organización. Si eres responsable de Recursos Humanos o nómina, entender qué es el reparto de PTU y cómo se calcula resulta fundamental para cumplir correctamente con esta obligación y evitar sanciones.

La PTU, o reparto de utilidades como se le conoce más comúnmente, es algo que las empresas no pueden tomar a la ligera. Básicamente, es la obligación legal de compartir una parte de las ganancias anuales con el personal que ayudó a generarlas. Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece. Más que un trámite, es una manera de reconocer, en pesos y centavos, que el crecimiento de la empresa no se logra en solitario.

Origen y Normatividad de la PTU

La PTU no es nueva, todo empezó con la Constitución de 1917. Aunque la idea todavía era medio borrosa, quedó ahí sembrada, pero no fue hasta 1962 que tomó forma clara y se volvió un derecho laboral obligatorio. Desde entonces, quedó asentado algo muy simple: si la empresa gana, los trabajadores también tienen que ganar.

El reparto de utilidades no es un favor ni un gesto bonito, es una obligación legal, tal cual lo marca la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, Apartado A, Fracción IX de la Constitución y reforzado de nuevo en el artículo 117 de la LFT. Ambos dicen que los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias que genera la empresa. Por eso, si estás en RRHH o llevas la parte fiscal de una empresa, toca estar bien al día con todo lo que rodea la PTU.

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Cumplir con la ley no solo evita multas, también construye una imagen de empresa justa y confiable y claro, ayuda a que el equipo vea que hay juego limpio. La Ley Federal del Trabajo ya dejó el camino marcado, explicando cómo calcular la participación que le toca a cada persona, cuándo se debe entregar, qué hacer si alguien ya no trabaja en la empresa y qué pasa si no se paga a tiempo, así como cuáles son los deberes del patrón y los derechos del trabajador. Todo está regulado para que el reparto sea justo y transparente.

¿Quiénes Tienen Derecho a Recibir PTU?

Tienen derecho a recibir la PTU todos los empleados que hayan trabajado por lo menos 60 días durante el año fiscal correspondiente, sin importar si su relación laboral fue eventual o permanente. El PTU aplica a todos los trabajadores con al menos 60 días laborados en el ejercicio, sin importar si el contrato es por tiempo determinado o indeterminado. En general, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU.

Dentro de los empleados que tienen derecho se incluyen:

  • Empleados actuales: Si estás en la nómina, te toca.
  • Mamás en incapacidad por maternidad: Aunque no estén trabajando esos días, no se les deja fuera, porque el descanso por maternidad es un derecho.
  • Trabajadores con incapacidad del IMSS: Sí, incluso si están recuperándose también cuentan.
  • Eventuales: solo si trabajaron al menos 60 días en el año. Si fue menos, ahí sí no aplica.
  • Ex empleados con contrato indefinido: Si trabajaron durante el año que generó las utilidades y el contrato fue sin fecha de término, les corresponde su parte.
  • A partir del ejercicio fiscal 2025, con pago en 2026, los conductores y repartidores de aplicaciones como Uber, DiDi, Rappi y similares tienen derecho a recibir PTU por primera vez.

Excepciones y Exclusiones del Reparto de Utilidades

Si bien, la PTU es un derecho generalizado, existen algunas excepciones. No tienen derecho a PTU:

  • Los directores, administradores y gerentes generales; los trabajadores domésticos; quienes laboraron menos de 60 días en el ejercicio; personas que prestan servicios por honorarios sin relación laboral formal; y los socios o accionistas.
  • Directores, gerentes generales y socios porque se consideran representantes legales de la empresa.
  • Trabajadores de instituciones sin fines de lucro.
  • Empleados de empresas de nueva creación exentas durante el primer año de funcionamiento o los primeros dos si se dedican a la elaboración de un producto nuevo.
  • Profesionistas, técnicos y otros, con pago por honorarios y trabajadores domésticos.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año fiscal.

Empresas Obligadas y Exentas

Todas las personas morales y físicas con actividad empresarial que hayan generado utilidades están obligadas a repartir PTU, siempre que sus ingresos anuales declarados al ISR sean superiores a $300,000 MXN. Cuando la empresa no ha obtenido utilidades durante el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto; si la empresa no tuvo utilidades durante el año fiscal, entonces no hay nada que repartir.

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Empresas Exentas del Pago de PTU

La ley contempla algunas excepciones para el pago de PTU:

  • Empresas de nueva creación durante el primer año de operaciones.
  • Empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años.
  • Instituciones sin fines de lucro (asociaciones civiles, instituciones de asistencia privada).
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas.
  • Empresas cuyo ingreso anual declarado no supere los $300,000 MXN.

Estas excepciones buscan proteger a organizaciones en etapas iniciales o con fines sociales.

¿Cuándo se Debe Pagar la PTU?

Según el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las PTU deben ser pagadas antes del 30 de mayo para personas morales y antes del 29 de junio para personas físicas. Estas fechas están diseñadas para dar tiempo suficiente a cada tipo de contribuyente para calcular y repartir las utilidades después de haber declarado sus ingresos y gastos ante el SAT. Se otorgan sesenta días después de la declaración para facilitar el cálculo y la distribución del PTU.

Las personas morales (empresas) deben pagar la PTU dentro de los 60 días siguientes a la presentación de su declaración anual de ISR, lo que generalmente ocurre antes del 30 de mayo. Las personas físicas con actividad empresarial tienen hasta el 29 de junio. Así que no hay pretexto de "se me pasó la fecha", porque la ley ya dejó muy claro el calendario y si no se cumple, no solo es mala onda con los empleados, también puede traer multas.

¿Cómo se Calcula la PTU?

El PTU se calcula sobre la renta gravable del ejercicio, no sobre la utilidad contable. La utilidad contable es la que aparece en los estados financieros de la empresa. La utilidad fiscal (renta gravable) se determina conforme al Art. 9 de la LISR y puede ser distinta porque incluye ajustes como la deducción de inversiones, pérdidas fiscales de ejercicios anteriores y otros conceptos. Para determinar la renta gravable, no se disminuirá la PTU pagada en el ejercicio, ni las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores, además, se deben disminuir de los ingresos acumulables las cantidades que no hayan sido deducibles en los términos de la fracción XXX del artículo 28 (ingresos exentos) de la LISR. La renta gravable es una utilidad fiscal determinada conforme al artículo 9 de la Ley del ISR.

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El 10% de esa renta gravable es el fondo total a repartir entre todos los trabajadores. El PTU a pagar corresponde al 10% de la utilidad de la empresa y debe repartirse entre los trabajadores que hayan estado vigentes en la empresa, en caso de tener trabajadores eventuales, estos últimos deben contar con mínimo 60 días laborados dentro del año fiscal correspondiente. La ley dice que hay que repartir con base en un porcentaje, el cual lo define la Comisión Nacional para la PTU de las Empresas y se aplica sobre lo que se conoce como renta gravable. Ese porcentaje no lo decide la empresa y actualmente es del 10%.

El cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) se realiza en dos partes iguales y se considera tanto los días trabajados como el salario percibido. El PTU se reparte en 2 partes iguales: 50% por días trabajados y 50% por salarios devengados.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el cálculo de la PTU combina dos factores muy claros: el tiempo que trabajó cada persona y el sueldo que ganó. El monto total a repartir es el 10% de la renta gravable que la empresa declaró en su ejercicio fiscal, y se parte en dos mitades iguales. La primera mitad se reparte entre todos los colaboradores con derecho, tomando en cuenta solo los días que realmente trabajaron, sin importar cuánto ganen. La segunda mitad sí considera el salario: mientras más alto sea el ingreso del trabajador, mayor será la parte que le tocará de esa segunda porción. En pocas palabras, es un esquema mixto que busca equilibrar el tiempo dedicado y la retribución recibida.

Pasos para el Cálculo del Pago de PTU

Como ya vimos anteriormente, el monto total de la PTU que debe repartirse es el 10% de la utilidad fiscal anual que la empresa declara ante el SAT. Ese dinero se reparte en dos mitades: una basada en los días trabajados y otra en los sueldos. Este procedimiento se desglosa en varias etapas clave que ayudan a determinar con precisión cuánto le toca a cada persona del equipo:

  1. Determinar la utilidad fiscal de la empresa: Aquí se arranca. Se calcula el 10% de la utilidad fiscal anual. Ese es el fondo total que se va a repartir como PTU.
  2. Dividir ese fondo en dos partes iguales: Ese 10% se parte a la mitad: Una parte se reparte tomando en cuenta los días que cada trabajador laboró. La otra mitad, con base en el salario anual de cada uno.
  3. Cálculo por días trabajados: Para esta parte no importa cuánto gane el trabajador, solo cuántos días trabajó en el año (sin contar vacaciones). Por eso es importante tener a la mano la tabla oficial de vacaciones. La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. El segundo paso para calcular la PTU, es determinar la utilidad del trabajador por días laborados.
  4. Cálculo por salarios: Ahora sí entra el sueldo. Se suman los salarios anuales de cada empleado y se determina qué proporción le toca a cada uno. Ojo: no se incluyen bonos, comisiones, ni extras. Se considera el salario ordinario percibido durante el ejercicio (Art. 124 LFT). Para trabajadores de salario variable (comisiones, destajo) se toma el promedio de los salarios percibidos en el año. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. Monto total de la PTU por salario: Divide tu salario total percibido durante el año entre la suma de los salarios de todos los trabajadores de la empresa.
  5. Suma de ambos montos: Al final, a cada trabajador se le paga la suma de lo que le tocó por días laborados más lo que le corresponde por su salario. Ese total es lo que aparece en el recibo de PTU.

El Art. 125 LFT establece que debe constituirse una comisión mixta conformada por el mismo número de personas en representación de los trabajadores y del patrón.

Ejemplo Práctico de Cálculo de PTU (Parte por Salario)

De acuerdo con lo anterior, para determinar cuánto le toca de utilidades a un empleado, veamos un ejemplo de cómo se calcula el reparto de utilidades:

Imaginemos que tu empresa tuvo un año bastante bueno. Después de pagar todo lo que había que pagar, la empresa cerró con una utilidad fiscal de $2,000,000 pesos. De ese monto, la ley manda a repartir el 10% como PTU, es decir, $200,000. Si la mitad se reparte según salario, entonces se asignan $100,000 a esta parte del cálculo. Supongamos que el total de PTU repartible es de $60,000, y la mitad se reparte según salario, es decir, $30,000. Se suman los salarios anuales de los empleados, se calcula qué porcentaje representa cada uno y se aplica ese porcentaje a los $30,000 de PTU.

A continuación, un ejemplo de cómo se distribuiría esa segunda mitad entre cuatro empleados:

Empleado Salario Anual Participación por salarios devengados (factor de 0.10)
Empleado 1 $120,000 $12,000
Empleado 2 $96,000 $9,600
Empleado 3 $84,000 $8,400
Empleado 4 Total ($300,000) Total ($30,000)

Según cómo se calcula el reparto de utilidades con base en estas fórmulas, quien gana más, recibe más PTU y, mientras más días laborados, mayor PTU.

PTU para Ex Trabajadores

No todos los ex empleados tienen derecho al reparto de utilidades. Te toca PTU aunque ya no trabajes si:

  • Estuviste mínimo 60 días en el año fiscal.
  • Tu último contrato fue por tiempo indefinido (o sea, eras de planta).
  • Fuiste eventual pero sí alcanzaste los 60 días trabajando.
  • No firmaste nada que diga que ya renunciaste a ese derecho.
  • La empresa generó utilidades y entró en el supuesto legal.

No te toca PTU si:

  • Eras director, gerente de alto rango o socio.
  • Eras trabajador doméstico.
  • Prestabas servicios como tercero, externo o freelancer.
  • Tu contrato fue eventual y duró menos de 60 días.

Si el empleado renuncia o es despedido, ¿tiene derecho a recibir utilidades? Sí, un extrabajador puede recibir PTU, siempre y cuando cumpla con los criterios establecidos. Lo importante es que haya laborado al menos 60 días durante el año fiscal, sin importar si al momento del reparto ya no forma parte de la empresa. Esto aplica sin distinción de si la salida fue por renuncia voluntaria, despido justificado o despido injustificado. El derecho a recibir utilidades no desaparece con la salida del empleo. La PTU se calcula con base en el tiempo trabajado durante el año fiscal y no depende de si la persona sigue activa en la nómina. Así que si en tu empresa hay excolaboradores que cumplieron con estos requisitos y la empresa reportó utilidades ante el SAT, toca hacer el pago.

¿Y cómo lo cobro si ya no estoy en la empresa? Solo necesitas ir al área de RRHH (o mandar correo), con tu CURP, INE, y un poco de paciencia. Asegúrate de que no se te pase la fecha límite. Si ya eres ex empleado, el pago puede realizarse hasta el 30 de abril del siguiente año y sí, la empresa tiene que avisarte. Ya sea por correo, carta o lo que usen para comunicarse contigo. Nada de que “no sabíamos cómo contactarte”, usualmente este aviso se da en el momento de tu renuncia o liquidación.

¿Qué ocurre si el ex trabajador no asiste a la entrega de su pago de PTU? Si pasa un año y el extrabajador no reclama su PTU, esa cantidad no se queda en el limbo. La ley indica que debe sumarse a las utilidades a repartir en el siguiente ejercicio fiscal. Por eso es clave que la empresa mantenga un registro detallado de todos los intentos de contacto y notificación realizados, correos, llamadas, mensajes escritos, todo eso puede servir como respaldo en caso de que haya una reclamación más adelante.

Topes y Límites del PTU (Reforma 2021)

La reforma laboral de 2021 introdujo cambios significativos en el cálculo del PTU, estableciendo topes máximos para evitar disparidades excesivas. Desde la reforma laboral de 2021, el PTU de los trabajadores de confianza tiene un tope: reciben el equivalente a tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años de PTU recibido, el que resulte más favorable para el trabajador (Art. 127 fracción VIII LFT). El monto máximo que un trabajador puede recibir por concepto de PTU está limitado a lo que resulte mayor entre:

  • Tres meses de salario del trabajador.
  • El promedio de la participación recibida en los últimos tres años.

Si la PTU determinada conforme al artículo 123 de la LFT resulta mayor a lo establecido al último punto, la PTU máxima a entregar sería la cantidad que más beneficie de los 3 meses de salario o del promedio de la PTU recibida en los últimos 3 años. Caso contrario, si el tope establecido en el último punto resulta mayor a lo establecido en el artículo 123 del ordenamiento en comento, se ajustará al tope que más beneficie al colaborador y el remanente que se genere quedará en manos de la empresa, por lo que no se debe de considerar como PTU no repartida para efectos de considerarla en futuros ejercicios. Desde la reforma laboral de 2021, el monto de PTU que puede recibir cada trabajador tiene un tope legal. Siempre se aplica el monto que resulte más favorable para el trabajador.

Para trabajadores con antigüedad menor a 3 años, se les deberá aplicar, para el cálculo referido, el monto promediado de los últimos tres años que haya correspondido a la categoría, plaza, cargo, nivel o puesto que ocupan en ese momento (Guía para cumplir obligaciones en materia de Reparto de Utilidades).

Aspectos Fiscales del PTU

Uno de los aspectos a considerar en el reparto de utilidades y al calcular cuánto corresponde de utilidades a los colaboradores es cómo el PTU impacta el pago de impuestos. El reparto de utilidades sí está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Se debe pagar ISR (impuesto sobre la renta) por la PTU gravada, de acuerdo al artículo 93, fracción XIV, de la LISR.

El patrón retiene el ISR directamente al momento de pagar la PTU, igual que con el salario ordinario. Sin embargo, al tratarse de un pago extraordinario y no de un ingreso fijo de nómina, la Ley del ISR establece un procedimiento especial de cálculo para este tipo de percepciones. La ley sí contempla una parte exenta: los primeros 15 días de Unidad de Medida y Actualización (UMA) no pagan ISR. En 2026, el valor diario de la UMA es de $117.31 pesos, por lo que la parte exenta equivale a $1,759.65 pesos. Si el monto es mayor a las 15 UMAs, solo la cantidad excedente se grava con el ISR. El excedente (PTU gravado) se acumula al ingreso del mes en que se paga y el empleador calcula y retiene el ISR correspondiente aplicando el procedimiento del Art. 96 LISR. El ISR real puede variar.

Es importante comunicar con anticipación que la PTU llegará con retención de ISR, para que los colaboradores no interpreten el descuento como un error o como dinero retenido por la empresa. Una buena práctica es entregar un desglose que muestre el monto bruto de PTU y el ISR retenido de forma separada. En resumen: la retención de ISR sobre la PTU no es una decisión de la empresa, es una obligación legal.

¿Qué Pasa si no se Reparte la PTU?

El incumplimiento en el pago del PTU tiene consecuencias legales para las empresas y opciones de defensa para los trabajadores. Los empleados tienen derecho a presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) si consideran que no recibieron el PTU que les corresponde o si la empresa se niega a pagarlo. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) vigila el cumplimiento del reparto.

En caso de incumplir con la obligación del reparto de la PTU, la multa podrá ir de 250 a 5000 veces el valor de la UMA por cada trabajador afectado, esto de conformidad con los artículos 992 y 994, fracción II de la LFT. El plazo para que un trabajador reclame el pago de PTU es de un año a partir de la fecha en que debió hacerse el pago.

Automatización del Cálculo de PTU

Contar con herramientas digitales que permitan una gestión integral del equipo humano se ha vuelto imprescindible para cualquier empresa. Utilizar un software para automatizar el cálculo de PTU permite:

  • Reducir errores de cálculo y posibles contingencias laborales.
  • Ahorrar tiempo en procesos administrativos.
  • Garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Generar reportes detallados para transparencia interna.
  • Integrar el cálculo de nómina compleja.
  • Considerar todas las incidencias de los empleados.
  • Considerar las asistencias y faltas de cada trabajador.
  • Automatizar el cálculo de PTU correspondiente para cada trabajador.

Fortia ofrece soluciones especializadas que facilitan este proceso, permitiendo calcular PTU fácil con Fortia y sin complicaciones, integrando los topes establecidos por la reforma laboral y generando automáticamente los CFDI correspondientes. Si tienes dudas sobre cómo implementar correctamente el cálculo de PTU en tu empresa, considera utilizar un software para Recursos Humanos especializado. Y listo, tu sistema estará preparado para hacer el cálculo de PTU de forma automatizada.

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