El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón.
Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrado los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. Si ya registraste y confirmaste ambos mecanismos de comunicación y están actualizados, gracias por cumplir. Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación.
¿Cómo agregar o modificar tu correo electrónico?
- Inicia sesión con Contraseña o e.firma dando clic en el botón Buzón Tributario ubicado en la esquina superior derecha del portal. Las personas físicas pueden ingresar con contraseña y/o e.firma.
- Posteriormente aparecerá, de forma automática, el formulario de medios de contacto en el cual deberás capturar la(s) dirección(es) de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar.
- Llena el formulario de medios de contacto.
Confirmación de los medios de contacto
Para confirmar el correo electrónico, sigue estos pasos:
- Recibirás un aviso electrónico a cada una de las direcciones de correo registradas.
- Para confirmarlo, recibes un aviso en tu correo electrónico; da clic en la liga que dice "aquí" para confirmarlo.
- Da clic en la liga que se envía en el aviso de confirmación que llega a tu bandeja de entrada.
- b) El sistema preguntará “¿Deseas continuar con el registro de medios de contacto?”, oprime "Aceptar".
- El sistema te indicará que tu(s) correo(s) electrónico(s) y el número de teléfono celular han sido registrados.
- El sistema te indicará que el correo electrónico ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
Para confirmar el número de teléfono celular, sigue estos pasos:
- B) Para confirmar el número de teléfono celular recibirás un mensaje SMS con un código de activación, ingresa al Buzón Tributario apartado "configuración".
- Ubica el campo de captura a la izquierda del icono de la llave, introduce el código de activación recibido en el SMS.
- Oprime el icono de la llave para confirmar el número de teléfono que registraste.
- El sistema preguntará “¿Deseas proseguir con el registro de medios de contacto?”, oprime en Aceptar.
- El sistema te indicará que tu número de teléfono celular ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
Nota: Si capturas tres veces el código de activación de manera incorrecta, este se bloqueará por 30 minutos y no podrás confirmar el medio de contacto, mientras tanto, el icono de la llave dejará de estar visible durante ese lapso de tiempo.
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¿Cómo agregar un correo electrónico adicional?
- Si requieres agregar un correo, oprime el ícono "Agregar correo".
- Recibirás un aviso electrónico para confirmar cada uno de los medios de contacto actualizados.
Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.
¿Qué hacer si no recibes los avisos de confirmación?
- Si pasadas 72 horas no te llega el aviso de confirmación, vuelve a realizar el procedimiento de registro y confirmación.
- Si pasadas 72 horas no te llega el código de activación vía mensaje de texto SMS, vuelve a realizar el procedimiento de registro y confirmación.
Para más información, consulta la sección de videotutoriales del minisitio de Buzón Tributario, da clic aquí.
Avisos Electrónicos
Son los mensajes que la autoridad envía al contribuyente a través de sus medios de contacto registrados, en los cuales le da a conocer que tiene información pendiente en su Buzón Tributario. El SAT te envía un aviso electrónico al correo electrónico y/o un mensaje de texto SMS al número teléfono móvil (celular) que hayas registrado y confirmado, en el cual menciona que tienes un nuevo mensaje en tu Buzón Tributario.
De acuerdo con la ficha de trámite 245/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, debes ingresar a tu Buzón Tributario, para ello selecciona "Mis expedientes", opción “Mis comunicados”, en donde se encuentran los mensajes recibidos vigentes y los acuses generados por el registro, confirmación o actualización de los medios de contacto, en este apartado también se almacenan los acuses donde “No procede el alta” que se generan en caso de que se haya confirmado solo uno de los dos medios de contacto (número de teléfono móvil [celular] o correo electrónico).
- Da clic en la carpeta “Pendientes” o “Notificados” según sea el caso, y posteriormente en el botón “Ver / Acto administrativo”.
Excepciones
Las siguientes personas están exentas de habilitar el Buzón Tributario:
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- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidos.
- Personas morales que cuenten ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados.
Fundamento legal: Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación, artículo transitorio Cuadragésimo Segundo de la RMF 2021, publicada en el DOF con fecha 29 de diciembre de 2020 y artículo Cuadragésimo Octavo de la 1a. Conforme al artículo transitorio Quinto de la 1a.
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