Si manejas con Uber, entregas con Uber Eats o generas ingresos a través de plataformas digitales similares, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) considera que tienes una actividad empresarial bajo el Régimen de Plataformas Tecnológicas. Aunque Uber retiene impuestos automáticamente, estar al corriente requiere un poco más que solo dejar que la aplicación haga el trabajo.
Calcular los impuestos correspondientes a nuestras actividades económicas, como personas físicas, puede llegar a ser un desafío si eres principiante en los temas fiscales. Uno de estos deberes tributarios con los que se debe cumplir es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), que se basa en un porcentaje proporcional de los ingresos.
Si trabajas por tu cuenta o recién empiezas a ejercer tu profesión, inscrito en el régimen de personas físicas con actividad empresarial o profesional, esta guía te explicará todo lo que necesitas saber sobre el ISR y el IVA, cómo puedes calcularlos, e incluso cómo puedes reducir el monto a pagar.
¿Qué es el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?
El Impuesto sobre la Renta (ISR) es una forma de contribuir al erario público por las ganancias obtenidas, a partir de las actividades económicas (venta de bienes, mercancías o servicios), realizadas por personas físicas o morales durante un periodo correspondiente, conocido como ejercicio fiscal.
De esta manera, se trata de una de las obligaciones fiscales de las empresas y los trabajadores asalariados o personas que laboran de forma independiente. En el caso de las personas morales y físicas con actividad empresarial o profesional, deben informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre sus ingresos y los impuestos correspondientes.
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Según lo que estipula la legislación, esto también aplica a las personas físicas o morales que obtienen ganancias por negocios establecidos en territorio nacional, es decir, que su fuente de riqueza se ubica en México, aunque ellos no residan en el país, también tienen esa obligación fiscal.
El Régimen Fiscal de Plataformas Tecnológicas
El “Régimen de Actividades Empresariales con ingreso a través de las Plataformas Tecnológicas” es el esquema con el que tributan las personas físicas que prestan servicios, venden productos o permiten el uso de bienes a través de aplicaciones o plataformas como Uber, Didi, Rappi, Airbnb o Mercado Libre. Este régimen fue introducido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir del 1 de junio de 2020, con base en el Capítulo XII del Título IV de la Ley del ISR y en el artículo 18-J de la Ley del IVA.
Su objetivo es garantizar que las personas físicas que obtienen ingresos mediante plataformas cumplan con sus obligaciones fiscales de manera sencilla y sin necesidad de declarar manualmente cada operación. En lugar de que tú calcules y enteres todo, la plataforma retiene una parte de tu ISR y de tu IVA en cada operación y los paga directamente al SAT.
Requisitos Fiscales y Registro
Para simplificar el proceso de registro, puedes ingresar tus datos fiscales mediante un formulario a través de la app Uber Driver. Para completar tu registro, deberás completar tu perfil de impuestos, ingresando la siguiente información:
- Empresa/Nombre Legal
- RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
- Régimen Tributario (Persona Moral o Física y tus actividades económicas)
En caso de que todavía no cuentes con tu RFC y/o credenciales fiscales, agenda tu cita en el SAT para tramitarlas. Si eres Persona Física y no recuerdas tu contraseña para el portal del SAT, puedes restablecerla en línea para tener acceso a los servicios en línea. No es necesario acudir a una cita presencial.
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Para que tú o los socios conductores de tu flotilla puedan comenzar a conducir no es necesario que cargues tus credenciales fiscales (e.firma y CSD) de inmediato, pero deberás subirlas durante los primeros 30 días a partir de la fecha en que tú o tus vehículos realizan su primer viaje para poder permanecer activo.
Las credenciales fiscales son instrumentos que te permiten emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (“CFDIs”). El sistema del SAT los valida cada vez que se intenta generar un CFDI a tu nombre para confirmar y proteger tus datos. Las credenciales consisten en una e.Firma y un Certificado de Sellos Digitales (“CSD”), y ambos, la primera vez que los requieras, deben ser tramitados en persona directamente en las oficinas del SAT. La e.Firma y el CSD están conformados por 4 archivos y 2 contraseñas.
Actualización de Actividad Económica
Si ya estás inscrito en el RFC y deseas cambiar tu régimen fiscal para tributar correctamente como socio conductor de Uber o Didi, debes presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT.
- Accede al portal del SAT y entra a la sección de "Actualización en el RFC" para iniciar el trámite.
- Llena el Cuestionario de Actividades Económicas, donde deberás seleccionar la opción: "Actividades empresariales con ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de plataformas digitales".
- Elige la actividad económica que realizas: Transporte de pasajeros, Entrega de bienes o alimentos, Venta de productos, Servicios contratados en línea u Hospedaje.
- Declara si tus ingresos anuales superarán los $300,000 pesos (incluyendo salarios e intereses).
- Indica si recibirás pagos directos de los usuarios y qué porcentaje de ingresos proviene de cada actividad económica.
- Ten a la mano el RFC de las plataformas tecnológicas con las que operas, ya que te lo solicitarán.
- Completa la información restante, revisa los datos y confirma la solicitud.
- Descarga e imprime el Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, este documento es la confirmación oficial de que el cambio fue realizado con éxito.
Retenciones de ISR e IVA por Plataformas
Uber, en cumplimiento con la legislación aplicable vigente, debe retener y enterar, en tu nombre y por tu cuenta, un porcentaje sobre las ganancias que generes por concepto de servicios independientes de transporte de pasajeros y por las personas que invites a conducir a la plataforma (Referidos).
La retención depende de tu actividad: transporte y entrega, hospedaje, o venta de bienes y servicios. Si ya registraste tu RFC en la plataforma, las tasas de retención son fijas sobre tus ingresos brutos (el total antes de la comisión de Uber).
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Retención de ISR
De conformidad con la regulación aplicable vigente, Uber tiene la obligación de retener el Impuesto Sobre la Renta (“ISR”) sobre tus ganancias generadas. El porcentaje de retención correspondiente para el ISR se aplica sobre el total de los ingresos que cobras a través de la plataforma, según el tipo de actividad.
| Tipo de actividad | Tasa de retención de ISR |
|---|---|
| Transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes | 2.1% |
| Servicios de hospedaje | 4.0% |
| Enajenación de bienes y prestación de servicios | 2.5% |
A partir de 2026, la Ley de Ingresos incrementó la retención por enajenación de bienes y prestación de servicios del 1% al 2.5%; las tasas de transporte y entrega (2.1%) y de hospedaje (4%) se mantienen sin cambio. Es decir, sin importar el nivel de ingresos que generes por la prestación de servicios independientes a través de una plataforma tecnológica, se retendrá una tasa fija.
¡Cuidado! Si no proporcionas tu RFC a la plataforma, la retención de ISR sube al 20%. Las retenciones se disparan: en lugar de las tasas reducidas, la plataforma te retiene el 20% de ISR y el 100% del IVA. Por eso conviene inscribirte en el RFC y registrar tu clave en cada aplicación cuanto antes.
Retención de IVA
Respecto al IVA, las plataformas digitales deben retenerte una parte del IVA generado por tus ingresos. El IVA general en México es del 16%.
| Situación | Retención de IVA |
|---|---|
| Proporcionas tu RFC a la plataforma | 50% del IVA (8% del precio) |
| No proporcionas tu RFC | 100% del IVA (16%) |
El IVA que la plataforma retiene se acredita o se considera definitivo según el esquema que elijas. La plataforma está obligada a retener el 8% del IVA. Esto significa que el socio conductor solo deberá pagar el 8% restante, si es que no tiene derecho a acreditar impuestos pagados en sus gastos relacionados con la actividad.
Comprobante Fiscal de Retenciones (CFDI de Retenciones)
La cantidad retenida será entregada directamente al Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) para pagar este impuesto y dentro de los primeros días del mes siguiente se te emitirá el comprobante fiscal de retención respectivo. Este comprobante fiscal se te enviará al correo que tienes registrado en la app.
Este comprobante fiscal es emitido por Uber desde el extranjero, por lo que únicamente se puede generar un PDF y no un XML. No obstante, este comprobante fiscal tiene plena validez fiscal para su deducibilidad y acreditamiento y puede ser declarado como factura extranjera.
Pagos Definitivos vs. Pagos Provisionales: ¿Cuál conviene más?
El régimen de plataformas digitales permite elegir entre dos formas de tributar: pagos definitivos o pagos provisionales. Cada opción tiene implicaciones distintas en cuanto a declaraciones, deducciones e ingresos permitidos.
Pagos Definitivos
Si tus ingresos por plataformas no superan los $300,000 pesos al año, puedes optar por que esas retenciones sean tu pago definitivo y olvidarte de la declaración anual por esos ingresos. Lo que te retiene la plataforma es lo que pagas de ISR y no presentas declaración anual. No puedes aplicar deducciones y debes contar con los CFDI de retenciones emitidos por la plataforma.
Existe la opción de presentar el: “Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”. Al optar por presentar este aviso, los impuestos correspondientes que deberás de pagar por los ingresos que obtienes a través de la aplicación (solo ingresos por viajes pagados a través de pagos electrónicos como tarjetas bancarias, no por pagos en efectivo) son retenidos y pagados mensualmente al SAT, por lo que ya no deberás pagar ningún impuesto adicional al monto que se indica en el CFDI mensual de retenciones que recibes mensualmente respecto de estos ingresos.
De conformidad con la regulación fiscal aplicable, dicho Aviso deberá ser presentado dentro de los 30 días siguientes a aquel en que percibas tu primer ingreso por el servicio independiente de transporte que realizas a través de la plataforma tecnológica. Uber considera, al menos que le sea informado y probado lo contrario, que todos los socios conductores optaron por presentar el Aviso antes referido en tiempo y forma, y por tanto desean que las retenciones de ISR sean pagadas al SAT de manera definitiva, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Una vez elegida, la opción de pagos definitivos no se puede cambiar durante 5 años. Si obtienes ingresos adicionales en efectivo o por actividades distintas al servicio independiente de transporte privado de pasajeros, deberás de calcular y pagar los impuestos correspondientes por dichos ingresos.
Pagos Provisionales
Si tus ingresos por plataformas superan los $300,000 pesos al año, o si tienes otros ingresos adicionales, o si simplemente deseas una mejor planeación fiscal, las retenciones se consideran como un adelanto del impuesto anual. La plataforma retiene una parte, pero tú haces el cálculo completo de ISR e IVA, y sí presentas declaración anual (en abril). No hay límite de ingresos anuales y puedes aplicar deducciones autorizadas (automóvil, gasolina, mantenimiento, equipo, etc.).
Muchos conductores combinan plataformas con otras actividades; conviene revisar el efecto conjunto antes de elegir el esquema.
Comparativa
A continuación, te mostramos una comparativa para que identifiques cuál se ajusta mejor a tus necesidades:
| Característica | Pagos Definitivos | Pagos Provisionales |
|---|---|---|
| Retención plataforma | Pago total de ISR | Anticipo de ISR e IVA |
| Declaración Anual | No (por estos ingresos) | Sí |
| Límite de Ingresos Anuales | Hasta $300,000 | Sin límite |
| Deducciones | No aplicables | Sí, puedes deducir gastos |
| Simplificación | Alta | Menor, mayor planeación |
| Control fiscal | Básico | Más completo |
Cómo Calcular ISR e IVA a Pagar
Ya sea que trabajes como conductor o repartidor a través de plataformas digitales como Uber o Didi, estas empresas tienen la obligación de retenerte impuestos, sin importar si elegiste tributar con pagos provisionales o definitivos dentro del Régimen de Plataformas Digitales.
Cálculo de ISR
Si trabajas con plataformas digitales como Uber o Didi, tienes dos opciones para cumplir con tus obligaciones fiscales en materia de ISR:
- Pagos definitivos: Lo que te retiene la plataforma (2.1% de ISR para transporte) se considera el pago total de tus impuestos. No necesitas hacer ningún pago adicional ni presentar declaraciones mensuales, aunque sí debes presentar tu declaración anual.
- Pagos provisionales: La plataforma retiene el mismo porcentaje, pero tú debes hacer tu propio cálculo de ISR cada mes, considerando ingresos, gastos y deducciones. Las retenciones se aplican como pagos provisionales, es decir, puedes restarlas de tu cálculo total.
Ejemplo de Cálculo de ISR (Conductor de Uber)
Consideremos el caso de Marcos Campos, conductor de Uber, con los siguientes datos mensuales:
- Ingresos del mes (antes de IVA): $14,350
- Gastos deducibles (todos antes de IVA):
- Gasolina: $4,300
- Accesorios para el automóvil: $600
- Total de gastos deducibles: $4,900
| Concepto | Pagos Definitivos | Pagos Provisionales |
|---|---|---|
| Ingresos | $14,350 | $14,350 |
| (-) Deducciones | $0 | $4,900 |
| Base Gravable | $14,350 | $9,450 |
| Retención ISR 2.1% | $301.35 | $301.35 |
| ISR a Pagar | $301.35 | $560 - $301.35 = $258.65 |
En el caso del cálculo como pagos provisionales, Marcos tiene que hacer su cálculo de ISR con las tasas generales. Lo que le dio un ISR a pagar de $560, pero como la plataforma ya le retuvo $301.35 lo puede descontar. Esto sumado a que su base gravable fue menor gracias a las deducciones que puede realizar.
Cálculo de IVA
En el caso del IVA, tal como vimos en el caso del ISR, como pagos provisionales podrás acreditar las deducciones del periodo. En el caso del IVA, sucede exactamente lo mismo. Sin importar el régimen, la plataforma (Uber o Didi) te retiene el 50% del IVA causado, es decir, el 8% sobre tus ingresos. La diferencia está en si puedes acreditar el IVA de tus gastos o no.
Ejemplo de Cálculo de IVA (Conductor de Uber)
Consideremos el caso de Marcos Campos, conductor de Uber, con los siguientes datos mensuales:
- Ingresos del mes: $14,350
- IVA causado: $2,296
- Gastos deducibles con IVA (todos antes de IVA):
- IVA Gasolina: $688
- IVA Accesorios para el automóvil: $96
- Total IVA Acreditable: $784
| Concepto | Pagos Definitivos | Pagos Provisionales |
|---|---|---|
| IVA Ingresos | $2,296 | $2,296 |
| Retención IVA 8% | $1,148 | $1,148 |
| (-) IVA Retenido Plataforma | $1,148 | $1,148 |
| (-) IVA Acreditable | $0 | $784 |
| IVA a Pagar | $1,148 | $364 |
Aquí sucede algo similar que con el ISR. Gracias a la posibilidad de aplicar deducciones en los pagos provisionales, los $784 de IVA que tuvo en sus gastos le ayudó a Marcos a disminuir su IVA a pagar. Mientras que de la forma de pagos definitivos, únicamente le quedaría pagar el 50% restante de IVA.
Deducciones Autorizadas
Una forma de reducir la carga fiscal respecto al ISR, es decir, de disminuir la cantidad de impuestos a pagar, es a través de las deducciones: algunos conceptos o gastos que es posible disminuir de los ingresos generados, o la cantidad usada como base para calcular el pago correspondiente. ¿Qué gastos pueden deducirse? Esto depende de cada régimen fiscal, así como de las actividades económicas que realiza cada persona. Solo si NO optas por el pago definitivo puedes deducir la gasolina, el celular o las comisiones de la app.
Para las personas físicas con actividades empresariales o profesionales, además de las deducciones personales en la declaración anual, pueden deducir gastos mensuales, relacionados con el ejercicio de su profesión u operación de su negocio, hasta ciertos límites establecidos en las normativas fiscales:
- Vehículo: Gasolina (pagada con tarjeta/transferencia), seguro, llantas y servicios de mantenimiento.
- Tecnología: Tu celular y el plan de datos.
- Gastos de Uber Eats: Mochilas térmicas y equipo de seguridad.
- Pago de sueldos y salarios.
- Cuotas patronales al IMSS.
- Arrendamiento del local utilizado para el negocio.
- Luz y teléfono del local para tus actividades.
- Papelería y artículos de escritorio.
- Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte.
Si eliges el pago definitivo, renuncias a deducir a cambio de la simplicidad. Cuando declaras acumulando tus ingresos, puedes acreditar las retenciones y, según el régimen en que tributes, deducir gastos estrictamente indispensables.
Obligaciones de Declaración
Aunque la aplicación te quite el impuesto automáticamente, tienes la obligación de informar al SAT cada mes. ¡Es vital aclarar un mito: las retenciones no sustituyen tus declaraciones! Todos los socios de Uber deben declarar antes del día 17 de cada mes.
- Declaración de IVA: Debes informar el 16% total que cobraste. Como Uber solo retuvo la mitad (8%), tú debes pagar la otra mitad al SAT, o restarla con el IVA de tus gastos si estás en pagos provisionales.
- Declaración de ISR: Si optaste por Pagos Provisionales, declaras tus ingresos, restas tus gastos (gasolina, seguro, etc.) y descuentas lo que Uber ya retuvo. Si optaste por Pagos Definitivos (ingresos <$300k anuales), la retención del 2.1% es tu pago final de ISR, pero debes presentar la declaración mensual. Es la forma de decirle al SAT: "Aquí está el reporte de lo que gané y mis impuestos ya fueron retenidos."
Uber envía reportes mensuales al SAT con el detalle de tus ganancias. Si tú no presentas tus declaraciones informativas o de pago, el SAT notará la falta de coincidencia y tu opinión de cumplimiento será negativa. Guarda siempre tus constancias de retención: son la prueba de lo que la plataforma ya pagó por ti.
Facturación a Usuarios
Es importante que emitas facturas a los usuarios que lo soliciten por los servicios que prestes a través de la app de Uber. No es necesario facturar cada viaje individualmente. Uber emite facturas globales por tus servicios. Sin embargo, si un pasajero te pide factura, la app la genera automáticamente con tus datos si tienes tu Certificado de Sello Digital (CSD) activo.
Deberás emitir mensualmente un CFDI de operaciones con el público en general, por cada uno de los viajes que generen un monto superior a cien pesos, por los cuales no se solicite CFDI o no se cuente con el RFC del solicitante.
Durante las primeras 24 horas de cada mes, se determina el monto de tus ingresos que no fueron facturados a los usuarios, y se facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales a través de un proveedor de facturación independiente, apoyándote en la emisión de la Factura Global al Público en General (FPG) correspondiente. Debido a que tu RFC es el emisor de la FPG, la emisión está sujeta a que hayas cargado tus credenciales fiscales. Tú recibirás una copia de la FPG en el correo electrónico que tienes registrado en la app.
Recuerda que todos los contribuyentes tienen la obligación de expedir CFDI por: Actos o actividades que realicen, Ingresos que perciban y Retenciones de contribuciones que efectúen.
Asesoría Fiscal
Uber ha hecho alianzas comerciales con compañías independientes especializadas en contabilidad, que te ofrecen precios preferenciales y te apoyan antes, durante y después de tu proceso como socio conductor en caso que los elijas. Si quieres obtener más detalles de los servicios generales, puedes visitar el sitio web de cada uno de los despachos.
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