El monotributo es el régimen para pequeños contribuyentes, que unifica el pago de IVA y Ganancias con los aportes jubilatorios y la obra social. Una de sus principales funciones es que puedas acceder a una obra social y efectuar los aportes para tu futura jubilación.
Podés ser monotributista si:
- Vendés productos (cosas muebles) o prestás servicios.
- Realizás locación de bienes muebles e inmuebles.
- Formás parte de una sucesión indivisa que continúa realizando la actividad de una persona física fallecida que fue monotributista.
- Integrás una cooperativa de trabajo.
- Formás parte de un emprendimiento productivo en calidad de trabajador independiente o como colaborador.
Definición y Parámetros de las Categorías del Monotributo
Las categorías del monotributo son escalas que define ARCA (ex AFIP) con base en el detalle de tus actividades. Son 11 y van desde la “A” hasta la “K”. El monto mensual que tenés que abonar depende de la categoría asignada, siguiendo parámetros de facturación anual, superficie afectada a la actividad (m2), energía eléctrica consumida y gastos de alquiler del local comercial, en caso de que lo hubiera.
Existe una escala de monotributo, según las actividades que desarrollás y tu facturación anual. Aquí es donde entra en juego la categoría a la que vas a pertenecer dentro de la tabla de categorías del monotributo. Estos factores definen las categorías de monotributo y su valor. La categoría se asigna según el detalle de tus actividades. En este régimen, el contribuyente debe estar asignado a una categoría conforme al tipo de actividad que realiza.
Principales Parámetros del Monotributo
Los parámetros del monotributo son los topes máximos de montos y valores que definen la categoría en la que vas a estar encuadrado. De la categoría asignada dependerá cuánto pagarás de cuota mensual.
Lea también: IVA 21% Excel
- Ingresos brutos: es el monto máximo que se puede facturar por año.
- Superficie afectada: son los metros cuadrados del establecimiento o local donde se desarrolla la actividad. Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones).
- Energía eléctrica consumida anualmente: corresponde a la cantidad de luz (en kilovatios) que se gasta anualmente para el desarrollo de la actividad. Este dato se puede consultar en la factura de la luz.
- Alquileres devengados anualmente: es el monto pagado en todo el año por el alquiler del inmueble en el que se desarrolla la actividad.
Escalas del Monotributo 2026
Las nuevas escalas del monotributo que determinó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) están vigentes desde el 1° de Febrero de 2026. La información de cada una de las escalas del monotributo sirve para evaluar cuál es la que te corresponde. En 2026, el límite de facturación para la categoría más baja (A) es de $10.277.988,13 anuales, mientras que la más alta (K) llega a $108.357.084,05. Además, el espacio físico permitido para estas categorías va de 30 m² a 200 m², el consumo eléctrico de 3.330 kW a 20.000 kW y el gasto en alquiler de $2.390.229,80 a $7.170.689,39 por año. Para completar la información de las categorías del monotributo 2026, te aconsejamos ingresar al micrositio de ARCA. Estos son los montos vigentes desde el 01/02/2026.
El Cálculo de Ingresos Brutos Anuales según AFIP para la Exclusión
El 22 de octubre de 2018 señalábamos en este espacio, que a los efectos de efectuar el cálculo de los ingresos brutos anuales que pueden determinar la exclusión en el Monotributo la AFIP tomaba 13 meses en vez de 12. Sin embargo, ahora advertimos que aquello que afirmamos oportunamente no es exactamente así, y queremos compartir con nuestros lectores la forma en la que la AFIP va calculando los Ingresos Brutos anuales para determinar la exclusión del citado régimen.
El organismo fiscal va controlando día a día la facturación "anual" de los monotributistas, teniendo en consideración siempre un período de 365 días. No se trata de comparar sumas de facturaciones mensuales, sino que la revisión para la AFIP siempre es de día contra día. Un ejemplo lo grafica con mayor claridad: para determinar los ingresos anuales al día de hoy (22/4/2019) la AFIP toma los ingresos generados o facturados a partir del día 23/4/2018.
La justificación de este procedimiento del cálculo de ingresos, el fisco la encuentra en la interpretación conjunta de dos artículos de la ley y uno del reglamento del régimen:
- El inciso a) del artículo 20 de la ley del monotributo es el que establece que la exclusión del régimen opera cuando la suma de los ingresos brutos, en los últimos doce (12) meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso bruto -incluido este último-, exceda el límite máximo establecido para la categoría H para servicios o K si se trata de venta de bienes.
- El artículo 27 de la ley establece que los plazos en meses se contarán desde la cero hora del día en que se inicien y hasta la cero hora del día en que finalicen.
- Y el artículo 39 del decreto reglamentario establece: "A los fines dispuestos en el artículo 27 (..), los plazos de mes o meses terminarán el día que los respectivos meses tengan el mismo número de días de su fecha. Así, un plazo que se inicie el día 15 de un mes terminará el día 15 del mes correspondiente, cualquiera sea el número de días que tengan los meses. Si el mes en que ha de iniciar un plazo de meses constare de más días que el mes en que ha de terminar el plazo, y si el plazo corriese desde alguno de los días en que el primero de dichos meses excede al segundo, el último día del plazo será el último día de este segundo mes."
La Complejidad de un Régimen Simplificado
El monotributo nació como un régimen simplificado para ayudar a formalizar la economía de pequeños contribuyentes que no se encuentran en condiciones de asumir una carga administrativa compleja para liquidar los impuestos. Entonces debemos reflexionar quiénes están en condiciones de llevar un control día a día de su facturación, si se pretende que la carga administrativa no sea compleja.
Lea también: Guía IVA reducido
Con motivo de la generalización de los medios electrónicos de facturación que permiten al fisco controlar en tiempo real los ingresos de los contribuyentes, nos ha parecido adecuado acercar esta información que convierte al régimen simplificado en algo realmente complejo. Este tipo de sujetos no se encuentran obligados a llevar registraciones de sus operaciones, pero como hemos visto son obligados a llevar un control diario de facturación para advertir en qué momento quedan excluidos del régimen.
El Proceso de Recategorización Semestral
Al finalizar cada semestre calendario, el monotributista debe realizar la recategorización obligatoriamente. Con estos datos vas a poder entender si te corresponde permanecer en la misma categoría o realizar un cambio. Tené en cuenta que la próxima recategorización será en enero de 2025.
Si un contribuyente no se recategoriza en el tiempo establecido (del 1 al 20 de enero y julio de cada año) o lo hace de forma incorrecta, se realiza la “Recategorización de oficio”. Además, los monotributistas también van a recibir una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE), el primer día hábil de los meses agosto y febrero de cada año. El límite para efectuar el pago mes a mes es el día 20.
Para realizar la recategorización, un camino posible es ingresar a la plataforma desde el Sistema Registral. En la página de Inicio, buscá el recuadro de Recategorización. Aquí vas a visualizar tu categoría de monotributo actual y sus datos, es decir, los topes de cada parámetro. Si la respuesta es “Sí”, va a abrirse un formulario adicional para completar información sobre el establecimiento. Si te encontrás en una provincia con Monotributo unificado, el sistema va a llevarte a la pantalla de “Componente integrado Provincial y Municipal”. De ser el caso “Sí”, el sistema te informa que debés inscribirte en el convenio multilateral. Cuando termines el trámite de la recategorización, el sistema de AFIP te acercará más información al respecto. En este punto, la plataforma informa cuál es la categoría del monotributo asignada, a partir de los datos ingresados. El sistema de ARCA te mostrará tu nueva credencial, ya que la transacción se realizó con éxito.
Las credenciales de los monotributistas encuadrados en la categoría A que realicen actividad primaria y de quienes revistieran en las categorías “A exento” y “B exento” fueron actualizadas de oficio, a fin de consignar el correspondiente Código Único de Revista (CUR).
Lea también: ¿Cómo localizar tus XML del SAT?
tags: #como #calcular #ingresos #brutos #anuales #monotributo
