Imagina presentar al SAT un solo reporte que consolida retenciones, pagos al extranjero, operaciones con partes relacionadas y fideicomisos de todo el año. Eso es la Declaración Informativa Múltiple (DIM): la herramienta de transparencia fiscal que simplifica trámites, pero que exige precisión para evitar sanciones.
La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es aquella que realizan ciertos contribuyentes mexicanos, personas físicas o morales, para cumplir con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). La DIM es un informe anual que agrupa varias obligaciones informativas: ISR, IVA, IEPS, salarios, pagos a extranjeros, fideicomisos y transacciones con partes vinculadas. Su objetivo es centralizar datos para facilitar el cruce de información por parte del SAT y mejorar la fiscalización. No es una declaración de impuestos a pagar, pero sí es requisito indispensable para mantener tu situación fiscal al día y evitar multas o revisiones.
¿Qué son las Declaraciones Informativas?
Las declaraciones informativas son reportes adicionales al SAT en los que las personas morales detallan operaciones como retenciones, operaciones relevantes, transacciones con terceros, entre otras. Las personas morales en México deben presentar distintas declaraciones informativas que permiten al SAT supervisar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se ha distinguido no sólo por solicitar llevar la Contabilidad y entregar declaraciones mensuales y anuales, sino por requerir datos adicionales o informativos de manera más detallada, como complemento a las declaraciones de pagos provisionales del ejercicio anterior. Así aclara algunos puntos fiscales de los movimientos que realizamos en las empresas jurídicas, todo esto a fin de indagar posibles incongruencias o aclaraciones a las operaciones económicas que se realizan de manera adicional -del ejercicio inmediato anterior-.
¿Quiénes están Obligados a Presentar la Declaración Informativa Múltiple?
Cada año se tiene la obligación de enviar las declaraciones informativas de las empresas, coloquialmente conocidas como “personas morales”.
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Personas Morales
Las personas morales están obligadas a presentar la Declaración Informativa Múltiple si durante el ejercicio realizaron al menos alguna de las siguientes acciones:
- Retenciones de ISR, IVA o IEPS.
- Pagos de nómina o asimilados.
- Distribución de dividendos o arrendamientos.
- Pagos a residentes en el extranjero.
- Operaciones por fideicomisos o con partes relacionadas.
Los fideicomitentes y fideicomisarios aplican cuando sus operaciones bajo fideicomiso incluyan pagos o retenciones que deban reportarse mediante el anexo correspondiente.
Medio de Presentación y Plazos
La Declaración Informativa Múltiple (DIM) puede presentarse a través de distintos medios, dependiendo del volumen de registros que se deban reportar.
- Cuando la información a declarar contiene hasta 40,000 registros, la DIM puede presentarse directamente en el portal del SAT por internet.
- Si tu declaración contiene más de 40,000 registros, debes generar el archivo .dec, guardarlo en USB o CD y acudir a una oficina del SAT para su presentación presencial.
Fechas Límite para la Presentación
La fecha límite general para la presentación de la DIM es el 15 de febrero de cada año para reportar el ejercicio fiscal anterior (por ejemplo, operaciones de 2024 se informan antes del 15 de febrero de 2025).
Existen plazos específicos para algunos anexos:
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- 15 de febrero: Para operaciones de financiamiento del extranjero (Anexo 4) realizadas por personas morales del régimen general, del régimen simplificado de confianza (RESICO) y del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras; así como las personas físicas con actividades empresariales y profesionales que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero. Fundamento: Artículos 76 fracción VI y 110 fracción VII de la Ley del ISR.
- 15 de febrero: Para operaciones efectuadas a través de fideicomisos que realicen actividades empresariales (Anexo 10). Esto aplica a contribuyentes que intervengan en operaciones efectuadas a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales. Fundamento: Artículos 76 fracción XIII, de la Ley del ISR y Regla 3.9.3 de la RMF para 2025.
- 15 de mayo: Para operaciones con partes relacionadas (Anexo 9). Esto aplica a personas morales y personas físicas con actividades empresariales y profesionales que realizaron operaciones con partes relacionadas durante el año de calendario inmediato anterior. El Anexo 9 se puede presentar hasta el 15 de mayo si se cuentan con estudios de precios de transferencia.
Anexos de la Declaración Informativa Múltiple (DIM)
En la Declaración Informativa Múltiple (DIM), los anexos han tenido cambios importantes en los últimos años debido a la implementación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Sin embargo, algunos anexos continúan siendo obligatorios en la DIM debido a la complejidad de la información que manejan, especialmente en operaciones internacionales o con fideicomisos.
Actualmente, la DIM incluye los siguientes anexos:
| Anexo | Contenido |
|---|---|
| 2 | Pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS |
| 4 | Retenciones y pagos a residentes en el extranjero |
| 9 | Operaciones con partes relacionadas (requiere estudio de precios de transferencia) |
| 10 | Operaciones realizadas a través de fideicomisos |
Es importante destacar que los Anexos 1, 3, 5, 6, 7 y 8 ya no se presentan, pues la información se obtiene vía CFDI.
Descarga e Instalación del Software DIM del SAT
- Visita el portal del SAT y descarga la aplicación DIM.
- Instala el archivo .exe en tu equipo.
Proceso para Llenar y Enviar la DIM
Al abrir el software DIM, ingresa tus credenciales (RFC, e.firma o contraseña). La plataforma te mostrará los anexos disponibles; selecciona únicamente los que aplican a tu situación.
- Selecciona el ejercicio fiscal correcto.
- Captura tus datos fiscales y elige los anexos aplicables.
- Importa o captura la información:
- Opcionalmente puedes usar una carga masiva mediante archivo .txt o .xml.
- Puedes capturar manualmente si tienes pocos registros.
- Revisa línea por línea con la herramienta de validación.
- Genera el archivo .dec.
- Envía el archivo por internet (si es menor a 40,000 registros) o acude al SAT si es mayor.
- Recibirás un acuse de recibo digital por correo electrónico o directamente en la plataforma.
No es obligatoria la e.firma; puedes usar tu e.firma o contraseña para firmar y enviar la DIM vía portal del SAT. Después de ingresar con el RFC y la contraseña, se elegirá la opción Servicios por internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.
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Corrección de Errores y Presentación Extemporánea
Declaración Complementaria
Si detectas errores o faltantes tras el envío, puedes presentar una declaración complementaria mediante el mismo sistema DIM. En las declaraciones complementarias se debe indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa.
Declaración Extemporánea
Si presentas después del plazo, la declaración sigue siendo válida siempre y cuando incluyas los anexos requeridos. Las posibles sanciones deben evaluarse según el tipo de omisión.
Multas por Incumplimiento
La falta de presentación o la presentación incorrecta de la DIM puede acarrear sanciones significativas:
- Omisión total: Desde 86,050 hasta 172,100 pesos mexicanos.
- Errores o presentación tardía: Multas adicionales entre 5,500 y 36,740 pesos mexicanos por tipo de error o incumplimiento en forma y medio, según el inciso aplicable.
Beneficios del Uso de un Sistema Contable para la DIM
Un sistema contable puede optimizar significativamente el proceso de elaboración de la DIM:
- Consolida automáticamente movimientos fiscales (salarios, retenciones, pagos a terceros).
- Genera los archivos en formato compatible (.txt, .xml).
- Reduce tiempos y errores, evitando sanciones.
- Mantiene actualizado tu sistema fiscal conforme al cambio de anexos y plazos.
Conviene usar un ERP o software contable, ya que un sistema de este tipo consolida retenciones, pagos al extranjero, operaciones con partes relacionadas y fideicomisos de todo el año, siendo una herramienta de transparencia fiscal que simplifica trámites y exige precisión para evitar sanciones.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿La DIM reemplaza a la DIOT y otras declaraciones informativas?
No. La DIM es un reporte consolidado anual. La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es mensual y específica para IVA, por lo que ambas son complementarias, no sustitutas. La DIOT se realiza de forma mensual mediante un listado de los RFC e IVAs de cada proveedor que se tenga.
¿Puedo presentar sólo algunos anexos?
Sí. Si no tienes operaciones con partes relacionadas o fideicomisos, puedes presentar únicamente los anexos 2 y 4, por ejemplo. El sistema lo permite.
¿La e.firma es obligatoria?
No, puedes usar tu e.firma o contraseña para firmar y enviar la DIM vía portal del SAT.
