A partir del 1 de abril, las personas físicas deberán presentar su declaración anual. En este contexto, es fundamental saber que quienes hacen su declaración anual tienen derecho a recibir la devolución de impuestos en caso de tener saldo a favor. Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT informó que la fecha límite para que las personas físicas obligadas presenten su declaración anual es el 30 de abril.
Requisitos para el uso de la firma electrónica
Para presentar su declaración anual, los contribuyentes sólo requerirán la contraseña. Sin embargo, existen casos específicos donde si tienen a favor mayor a 150 mil pesos o van a modificar la cuenta CLABE sí necesitarán la firma electrónica. Es decir, únicamente en caso de que obtengan saldo a favor mayor a 150 mil pesos necesitarán la firma electrónica (e.firma) para completar el proceso de forma exitosa.
A continuación se presenta un resumen de los criterios de autenticación según el monto del saldo a favor:
- Saldo menor a 10,000 pesos: Se puede presentar con contraseña.
- Saldo entre 10,000 y 50,000 pesos: Se puede usar contraseña si se selecciona una cuenta CLABE de 18 dígitos ya precargada.
- Saldo mayor a 150,000 pesos: Es obligatorio contar con e.firma.
- Modificación de cuenta CLABE: Requiere forzosamente el uso de la firma electrónica.
¿Qué es el Formato Electrónico de Devolución (FED)?
Si el SAT no te devuelve tu saldo a favor de manera automática, debes presentar el Formato Electrónico de Devolución (FED). Vamos al grano: el Formato FED del SAT es la forma en que puedes solicitar tu devolución de impuestos cuando el sistema automático no procesó tu solicitud. Se usa para pedir devoluciones de ISR, IVA o IEPS y es como decirle al SAT: “Ey, revísalo bien, aquí está todo en orden”.
Deberás presentar tu solicitud a través del FED cuando te encuentres en alguna de las siguientes situaciones:
Lea también: IVA 21% Excel
- Si tu saldo a favor es de más de $150,000 pesos.
- Si estás pidiendo devolución de años pasados (antes de 2025).
- Si cometiste algún error en la declaración original y el sistema automático te rechazó.
- Si tu cuenta CLABE está mal o no validaste tu Buzón Tributario.
Pasos para realizar la devolución por medio de la e.firma
¿Y cómo se presenta esta maravilla? Para realizar el trámite de forma manual utilizando tu firma electrónica, sigue este paso a pasito:
- Métete a www.sat.gob.mx y haz clic en «Más trámites y servicios».
- Entra a «Constancias, devoluciones y notificaciones» y luego a «Devoluciones y compensaciones».
- Haz clic en «Solicita tu devolución de ISR».
- Accede a Devolución de ISR a través del Buzón Tributario.
- Ingresa con tu firma electrónica (e.firma).
- Introduce todos tus datos: escribe tu nombre, RFC, dirección y teléfono. Revisa que todo esté bien.
- Señala de qué trata tu solicitud y de qué año es el dinero que te deben.
- Escribe los datos exactos de la declaración que te generó saldo a favor.
- Elige la cuenta bancaria: sube el estado de cuenta desde tu carpeta ZIP y confirma que es tuya.
- Adjunta la documentación de la solicitud de devolución; sube todos los archivos desde tu carpeta zip (cada archivo debe pesar menos de 4 MB).
- Verifica que todo esté correcto y procede a firmar la solicitud con tu e.firma.
Seguimiento y plazos de respuesta
Una vez enviado el trámite, el SAT puede tardar hasta 40 días hábiles en responder, plazo previsto en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Ten presente que las notificaciones relacionadas con la devolución de impuestos llegan al buzón tributario.
Para saber si el SAT ya aceptó tu devolución, regresa al portal oficial e ingresa a la sección "Devolución manual". Ahí captura tus datos y podrás revisar el estatus de tu solicitud del FED en cualquier momento para confirmar si tu trámite fue aceptado o sigue en proceso.
Herramientas de apoyo al contribuyente
La autoridad fiscal indicó que si las personas físicas tienen dudas, pueden resolverlas a través de las siguientes herramientas:
- Oficina virtual: Sirve para recibir asesoría y orientación en línea sin salir de casa. Los contribuyentes únicamente necesitan su firma electrónica o contraseña.
- OrientaSAT: Esta herramienta ayuda a resolver dudas y está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
Lea también: Guía IVA reducido
Lea también: ¿Cómo localizar tus XML del SAT?
