¿Buscas información clara y actualizada sobre la factura electrónica en México? Desde su introducción en 2011, la factura electrónica ha evolucionado hasta el esquema CFDI 4.0, obligatorio desde 2022. Saber cómo usar CONTPAQi® Factura Electrónica te permitirá emitir CFDI válidos ante el SAT de forma rápida, segura y automatizada. Emitir facturas electrónicas ya no tiene por qué ser un proceso manual y propenso a errores. Ya sea que busques emitir una factura electrónica, obtener información sobre su estructura o generar comprobantes fiscales más rápidamente, CONTPAQi® es la solución.
Novedades y Vigencia en CONTPAQi® Factura Electrónica
La versión de CONTPAQi® Factura Electrónica 11.0.1 está disponible para descarga e instalación desde el día 29 de Septiembre 2023. A partir de la versión 9.3.0 de CONTPAQI Factura Electrónica podrás emitir CFDIs con la versión 4.0 vigente a partir del 1 de Enero de 2022. Durante el periodo de convivencia que comprende del 01 de enero de 2022 al 30 de abril de 2022, se tuvieron las dos versiones disponibles del Anexo 20: 3.3 y 4.0. A partir del 01 de enero de 2022 podrás elegir la versión 4.0 del Anexo 20 para el timbrado de recibos.
Visor para la Conciliación de CFDI vs. REP
Se añade el Visor para la conciliación de CFDI vs. REP con información de documentos de ingresos y la relación de abonos de clientes y sus saldos. Este visor está disponible desde el menú Ver - Visor para la conciliación de CFDI vs. REP. Este visor permitirá realizar diferentes filtrados, personalizar colores de documentos en base a condiciones personalizadas.
Configuración de la Empresa (Emisor) para CFDI 4.0
Nombre Fiscal del Emisor
Beneficio: A partir de esta versión, el Nombre del Emisor cambia de opcional a Requerido, es decir, se vuelve un dato obligatorio, mismo que se utilizará para enviar en los XML al momento de realizar proceso de timbrado.
Configuración: Al ingresar al menú Configuración \ Redefinir empresa, se incluirá la información capturada en el campo Empresa en los XMLs una vez que se realice el timbrado de facturas, ya que en base en el Anexo 20 versión 4.0 se requiere que el nombre del emisor debe corresponder con el nombre del titular del certificado de sello digital del emisor.
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- Importante: El dato Nombre del Emisor cambia de opcional a Requerido, es decir, se vuelve un dato obligatorio.
- En la versión 4.0 del Anexo 20 requiere que el nombre del Emisor debe corresponder con el nombre del titular del Certificado de Sello Digital del emisor.
- Se considerará la exactitud del dato "Nombre" de la denominación o razón social del contribuyente emisor al generar los comprobantes para cumplir con la regla de validación.
- El campo Nombre de la Empresa es el que se utilizará para generar el atributo Nombre del nodo Emisor del XML; en este campo se captura el nombre que corresponde con el titular del Certificado de Sello Digital del emisor.
- El nombre debe ser registrado tal cual se encuentra en la Cédula de Identificación Fiscal, es decir, con mayúsculas, minúsculas y símbolos, de lo contrario no será timbrado por el PAC (Proveedor Autorizado de Certificación).
Régimen Fiscal del Emisor
Beneficio: A partir de esta versión, el Régimen Fiscal del emisor, se vuelve un dato obligatorio en base a la versión 4.0 del Anexo 20.
Configuración: Al ingresar al menú Configuración \ Redefinir empresa \ seleccionar pestaña 8.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
Beneficio: A partir de esta versión, se agrega el Régimen Fiscal 626 - Régimen Simplificado de Confianza del emisor, que entra en vigor el 01 de enero de 2022.
Configuración: Si tu empresa corresponde al régimen fiscal Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), podrás asignarlo desde el catálogo de empresas. Al ingresar al menú Configuración \ Redefinir empresa, en la pestaña 8.
Configuración del Cliente (Receptor) para CFDI 4.0
Régimen Fiscal del Receptor
Configuración: Al ingresar a la configuración del Cliente en la opción Emitir/Enviar, en la ventana Emisión y Entrega de Documentos Digs. y Comprobantes Fiscales Digitales podrás asignar el Régimen Fiscal del cliente en la sección Anexo 20 versión 3.3.
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En el campo Régimen Fiscal, al consultar el botón F3 mostrará el catálogo vigente del Anexo 20 en su versión 4.0. El régimen fiscal que se registre en este campo debe corresponder con el tipo de persona del receptor, es decir, si el RFC tiene longitud de 12 posiciones, debe ser de persona moral y si tiene longitud de 13 posiciones debe de ser de persona física.
- Nota: El Régimen Fiscal es un dato requerido para incorporar la clave del régimen del contribuyente emisor al que aplicará el efecto fiscal de este comprobante. Con esto podremos conocer que tipo de impuestos y retenciones que aplican de acuerdo con cada régimen fiscal y si los comprobantes son deducibles.
- Si el atributo RFC del nodo Receptor contiene el valor XAXX010101000 o el valor XEXX010101000 en este campo se debe registrar la clave “616” (sin obligaciones fiscales).
- Cuando se tenga el RFC "XAXX010101000" o "XEXX010101000" se deberá capturar el Régimen Fiscal "616" (sin obligaciones fiscales).
- *No usar la combinación XAXX010101000 / XEXX010101000 y PUBLICO EN GENERAL porque esto hará que las validaciones la tomen como una factura global (es por esto que no les permite timbrar con ese nombre).
- *Para una factura normal, cualquier otra forma en que se escriba Publico en General lo tomará como válido y permitirá timbrar el documento.
- En caso de que se tenga o capture un régimen válido en versión 3.0 pero que no existe en versión 4.0, se mostrará el mensaje "[No válido en Anexo 20 4.0]" a la descripción del régimen.
Uso de CFDI del Receptor
Beneficio: A partir de esta versión, el Uso de CFDI del receptor, se vuelve un dato obligatorio en base a la versión 4.0 del Anexo 20.
Configuración: Al ingresar a la configuración del Cliente en la opción Emitir/Enviar, en la ventana Emisión y Entrega de Documentos Digs. y Comprobantes Fiscales Digitales podrás asignar el Uso del CFDI del cliente en la sección Anexo 20 versión 3.3. El valor que se registre en este atributo debe aplicar para el tipo de persona del receptor, es decir, si el RFC tiene longitud de 12 posiciones, debe ser de persona moral y si tiene longitud de 13 posiciones debe ser de persona física y el valor registrado en el atributo RegimenFiscalR, debe corresponder a un valor de la columna Régimen Fiscal Receptor del catálogo c_UsoCFDI.
- Importante: Al actualizar el catálogo c_UsoCFDI se incorpore una columna para el Régimen Fiscal Receptor, esto nos da la posibilidad de conocer si un comprobante es o no deducible de acuerdo al tipo de persona física o moral.
- En el campo Uso de CFDI al consultar el botón F3 mostrará el catálogo vigente del Anexo 20 en su versión 4.0.
- En caso de que se tenga o capture un uso CFDI válido en versión 3.3 pero que no existe en 4.0 se debe de mostrar el mensaje "[No válido en Anexo 20 4.0]" a la descripción.
- Además, al personalizar la vista del catálogo antes mencionado, se podrán incluir la columna Uso CFDI para configurar la vista y muestre la información de los campos disponibles de la tabla de Clientes.
Domicilio Fiscal del Receptor
Beneficio: A partir de esta versión, el Código Postal de la dirección fiscal del cliente se vuelve un dato obligatorio para el timbrado de sobre-recibos en base a la versión 4.0 del Anexo 20.
Configuración: Al ingresar a la configuración del Cliente en la opción Domicilio, en la ventana Domicilio podrás asignar el Código Postal del cliente en la sección Anexo 20 versión 4.0.
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- Nota: El Código Postal se vuelve un dato requerido, será alfanumérico y se mostrará vacío para su captura.
- No se podrán guardar cambios en la información del cliente, si no se ha capturado el Código Postal.
Configuración de Conceptos
Habilitar versión 4.0 del Anexo 20
Beneficio: A partir de esta versión, desde la configuración de los Conceptos, se agrega la opción para poder elegir la versión 4.0 del Anexo 20, además, se agregan mejoras en las etiquetas en la ventana del listado de los mismos.
Configuración: Al ingresar a la configuración de Conceptos en la pestaña 5.- Comprobante Fiscal Digital / CFDI permitirá seleccionar la versión del anexo vigente de acuerdo a la siguiente tabla:
| Versión del Anexo 20 | Vigencia |
|---|---|
| 3.3 | Fin de vigencia 31/Marzo/2022 |
| 4.0 | Inicio de vigencia 1/Enero/2022 |
Al seleccionar la versión 4.0 del Anexo 20 del SAT se deben de habilitar / deshabilitar los mismos campos que en versión 3.3:
- Certificado
- Plantilla
- Complementos: Carta porte / donatarias
- Régimen fiscal
- Forma de Pago
- Nota: Podrás cambiar la versión del Anexo 20 aun cuando el concepto ya tenga documento relacionados. Al tener ya documentos creados en el concepto, no se podrá cambiar la configuración de Carta Porte.
- Consideraciones: Al consultar conceptos previamente creados y configurados con la versión 3.3 del Anexo 20, se mostrarán de manera correcta. Al guardar un concepto CFDI sin certificado y mostrar la ventana para copiar el certificado de algún otro concepto, esta última se debe mostrar primero el nombre y después el código y estar ordenados los datos por nombre. Al guardar un concepto CFDI sin certificado y mostrar la ventana para copiar el certificado de algún otro concepto, esta última debe de mostrar conceptos con versión mayor o igual a 3.3.
Configuración de Documentos
Habilitar versión 4.0 del Anexo 20
Beneficio: A partir de esta versión, la captura de documentos se realizarán con la versión 4.0 del Anexo 20.
Configuración: En la captura de documentos CFDI en la pestaña 5 Información Adicional sección Anexo 20 se mostrará la versión que corresponda al concepto.
- Nota: Cuando se tenga el RFC "XAXX010101000" o "XEXX010101000" se deberá capturar el Régimen Fiscal "616".
Exportación temporal
A partir de ahora, al generar documentos con la versión 4.0 del Anexo 20, se incluye el check 'Exportación temporal', que se utilizará cuando exista el complemento de Comercio Exterior. Este atributo debe contener una clave vigente del catálogo c_Exportacion. Si el atributo contiene el valor “01” no debe existir el Complemento para Comercio Exterior. Si el atributo contiene el valor “02” debe existir el Complemento para Comercio Exterior.
- Nota: Tendrás la posibilidad de habilitar la opción "Exportación temporal" cuando se manejen documentos CFDI con versión igual o mayor a la 4.0.
Forma de Pago
A partir de ahora, si el valor registrado en el atributo 'TipoDeComprobante' es T, N o P, este atributo no debe de existir; en caso contrario, este atributo debe existir y contener una clave vigente del catálogo c_FormaPago. El valor de este atributo debe ser '99' cuando el atributo MetodoPago contenga el valor 'PPD'.
Método de Pago
A partir de ahora, si el valor registrado en el atributo 'TipoDeComprobante' es T o P, este atributo no debe de existir; en caso contrario, este atributo debe existir y contener una clave vigente del catálogo c_MetodoPago.
- Consideraciones: En los documentos de CFDI versión igual o mayor a 4.0 permitirá capturar el Régimen Fiscal en la pestaña 5 Información Adicional sección Anexo 20, por omisión, se tomará el Régimen Fiscal del catálogo de clientes. Al copiar un documento se conservará Régimen fiscal asignado previamente. El Uso de CFDI será acorde al régimen fiscal del documento. Al timbrar un documento sin régimen fiscal o con uso del CFDI erróneo y generarse el error correspondiente, al cerrar el diálogo de timbrado se posicionará en el control correspondiente.
- Los dos impuestos IEPS se deberán configurar en la pestaña 5.
CFDIs Relacionados
Beneficio: A partir de esta versión, los CFDI con versión igual o mayor a 4.0 del Anexo 20 permitirán asociar más de un tipo de relación y 'n' CFDI por cada tipo de relación.
Configuración: Podrás asociar documentos que manejen la versión 4.0 desde la ventana CFDIs Relacionados: Se agrega la columna Tipo relación en la que se mostrará la relación correspondiente al UUID.
- Importante: Se cambia la secuencia para que se permita agregar más de una vez este nodo, para poder relacionar en un CFDI más de un tipo de relación.
- Al tener documentos CFDI versión 3.3 del Anexo 20, se podrá tener sólo un tipo de relación y N folios relacionados.
- En documentos CFDI versión 4.0 del Anexo 20 se permitirá N tipos de relaciones y N folios relacionados por cada tipo de relación.
