El discurso mediático de las instituciones del estado federal, respecto a la situación económica del país, intenta ser alentador; sin embargo, las personas que nos rodean opinan lo contrario. Dependiendo del papel que se tiene en el engranaje económico social y la perspectiva de cada persona, se atribuye a diversas causas, principalmente la situación económica que se vive hoy en día en lo individual y en lo colectivo. Sin embargo, si en algo coinciden todos es en que una de las causas de la mala situación económica del país radica en las obligaciones de carácter fiscal que el Estado impone a la sociedad y que se reflejan en pagos cada vez mayores y en formas complejas de cumplirlas.
Analizando la naturaleza jurídica del fisco en el plano normativo, vemos que desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 31 fracción iv, se establece que es obligación de los mexicanos contribuir al gasto público de la Federación, del Distrito Federal o del estado o municipio en que residan, de manera proporcional y equitativa como lo dispongan las leyes vigentes para tal efecto.
La Ley orgánica de la Administración Pública Federal establece, en su artículo 31, que le corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público regir en materia financiera a nivel federal.
Crédito Fiscal para ISR en Polos de Desarrollo
El beneficio para efectos del ISR, consiste en otorgar un crédito fiscal del 100% del impuesto causado durante tres ejercicios fiscales contados a partir de aquel en el que los contribuyentes obtengan la constancia que acredite el cumplimiento de los requisitos para obtener los beneficios y del 50% en los 3 ejercicios subsecuentes.
Es decir, los contribuyentes podrán deducir el 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los Polos de Desarrollo para el Bienestar para realizar sus actividades económicas productivas, en lugar de aplicar los por cientos máximos establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
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Requisitos para el Crédito Fiscal
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
- Contar con título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo para el Bienestar.
- Presentar el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión en mención.
Sectores Beneficiados
- Eléctrica y electrónica.
- Semiconductores.
- Automotriz (electromovilidad).
- Autopartes y equipo de transporte.
- Dispositivos médicos.
- Farmacéutica.
- Agroindustria.
- Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
- Maquinaria y equipo.
- Tecnologías de la información y la comunicaciónMetales y petroquímica.
Facturación Electrónica en El Salvador
El Salvador continúa desarrollando la puesta en marcha de la Factura Electrónica. Un proyecto calificado por el Ministerio de Hacienda como de “alto impacto”, clave dentro del Plan de Agenda Digital, desarrollado por el gobierno salvadoreño en el plazo de 2020-2030, desde la secretaría de Innovación.
El 30 de agosto de 2022, la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó el “Decreto” con la actualización de 14 artículos e introduciendo nuevos artículos al Código Tributario, con el principal objetivo de establecer una regulación en la emisión, transmisión, recepción e invalidación de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) e impulsar el proyecto de factura electrónica en El Salvador.
Facultades de la Administración Tributaria sobre la Factura Electrónica
Algunas de las normas destacadas dentro de dicho Decreto indican que la Administración Tributaria sobre la factura electrónica en El Salvador tendrá facultades de establecer:
- Los requisitos formales que deben cumplir los distintos tipos de DTE: Comprobante de Crédito Fiscal Electrónico, Factura Electrónica, Factura de Exportación Electrónica, Nota de Remisión Electrónica, Notas de Crédito y Débito Electrónicas, Comprobantes de Liquidación Electrónica, Comprobante de Retención Electrónica, Documento Contable de Liquidación Electrónica, Factura de Sujeto Excluido Electrónica y Comprobante de Donación Electrónico.
- Las reglas, forma, plazos y condiciones para el cumplimiento de la obligación de emitir documentos.
- Las instrucciones y especificaciones tecnológicas para la generación y entrega al receptor de los Documentos Tributarios Electrónicos.
- La estructura de datos, y formato electrónico de los DTE, así como la forma, plazos y condiciones para su transmisión.
Conservación de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE)
También se establecen las pautas para la conservación de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE):
- Los Documentos Tributarios Electrónicos deberán conservarse por los contribuyentes por un plazo de diez años contados a partir de la fecha de su generación.
- De igual manera, las representaciones gráficas de los DTE deberán conservarse en el mismo formato y medio que fueron emitidas.
Actualizaciones en la Factura Electrónica de El Salvador
La División de Facturación Electrónica del Ministerio de Hacienda de El Salvador ha anunciado importantes actualizaciones en los documentos clave del Sistema de Facturación Electrónica.
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1. Actualización de los Catálogos del Sistema de Facturación v1.1
Se han actualizado un total de once catálogos, que abarcan áreas fundamentales del proceso de facturación electrónica. Los catálogos revisados son: CAT-009: Tipo de establecimiento, CAT-012: Departamento, CAT-013: Municipio, CAT-014: Unidad de Medida, CAT-017: Forma de Pago, CAT-019: Actividad Económica, CAT-020: País, CAT-027: Recinto Fiscal, CAT-028: Régimen, CAT-030: Transporte y CAT-031: INCOTERMS
Los Emisores de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que utilizan la plataforma del Sistema de Facturación ya pueden implementar estos cambios. Para aquellos que usan la plataforma del Sistema de Transmisión, ambas versiones de catálogo estarán operativas hasta el 31 de octubre de 2024, por lo que se recomienda adaptar los catálogos internos antes de esa fecha para evitar inconvenientes.
2. Manual de Usuario del Sistema de Facturación v1.2
El Manual de Usuario también ha sido actualizado a la versión 1.2, específicamente en cuanto a la información que debe proporcionarse sobre el receptor cuando se emite una factura. Esta modificación responde al Decreto Legislativo N° 960, aprobado el 29 de febrero de 2024, que establece nuevas condiciones para completar los datos del receptor en las facturas electrónicas, en consonancia con la reforma del Código Tributario.
3. Guía Rápida para Emitir una Factura v1.1
Por último, la Guía Rápida para Emitir una Factura en la plataforma del Sistema de Facturación también ha sido revisada. Las instrucciones han sido actualizadas para reflejar los cambios introducidos por el Decreto Legislativo N° 960, garantizando que los emisores de facturas electrónicas puedan cumplir con las nuevas exigencias de forma ágil y precisa.
Reforma del Código Tributario - Campos obligatorios en Facturas
El 29 de febrero de 2024, la Asamblea Legislativa aprobó reformas a los artículos 114 y 119-G del Código Tributario. Estas reformas se encuentran en el Decreto Legislativo N°960 publicado en el Diario Oficial Número 42, Tomo N° 442 de fecha 29 de febrero de 2024. Según lo establecido en esta reforma, a partir del 16 de marzo de 2024, se requiere incluir información adicional en la sección "Receptor" de las facturas electrónicas tipo Factura Electrónica.
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Específicamente, los siguientes datos deben ser completados:
- Campo "Nombre, denominación o razón social del contribuyente".
- Campos "Tipo de documento de identificación" y "Número de documento de identificación" cuando el monto de la operación sea igual o superior a $25,000.00. Para montos inferiores, estos campos son opcionales.
Los demás campos de la sección "Receptor" permanecen como opcionales.
Novedades de la versión 1.4
- Se agregan Reglas de Redondeo y Holgura.
- Se agregan Estructuras de Factura de Sujeto Excluido y Comprobante de Donación.
- Se adiciona catálogo CAT-026 y CAT-032
- Se agregan Anexos 10, 11 y 12
Cabe destacar que los contribuyentes que a la fecha de entrada del Decreto tengan en existencia documentos relativos al control del IVA podrán seguir usarlos hasta su agotamiento o hasta que la Administración Tributaria emita una resolución que informe la obligación de emitir DTE.
El objetivo de la reforma es modernizar la Administración Tributaria para hacer más eficiente el traslado de la información y mejorar los controles para que sean efectivos y transparentes.
Portal "Conozca Fecha para ser Emisor"
El Ministerio de Hacienda de El Salvador ha creado un portal para que todos los contribuyentes puedan confirmar si están obligados a ser emisores de factura electrónica y la fecha correspondiente. Para conocer esa información únicamente sería necesario introducir en el portal su NIT (Número de Identificación Tributaria).
EDICOM ya emite facturas electrónicas en El Salvador
El Ministerio de Hacienda se encuentra en pleno plan piloto con 50 grandes empresas de diferentes sectores, en el que participa EDICOM emitiendo ya facturas para uno de sus clientes.
El Salvador sigue la senda de otros países de América Latina como México, Brasil o Chile, líderes en el desarrollo de la administración electrónica.
La factura electrónica es una herramienta imprescindible para evitar la fuga tributaria y optimizar el proceso de recaudación.
De cara a la entrada del nuevo modelo digital, se está formando al personal de la División de Atención Tributaria de la Dirección General de Impuestos Internos, con la finalidad de dar a conocer aspectos fundamentales sobre la implementación de la Factura Electrónica.
El Gobierno ha trazado un Programa de Fortalecimiento de la Administración Tributaria en el que se contempla la puesta en marcha de la factura electrónica e instaurar en su totalidad un Gobierno electrónico cercano al usuario y que a su vez camine de la mano con el Plan Despegue Económico.
Beneficios de la Factura Electrónica en El Salvador
Entre los beneficios esgrimidos por El Salvador sobre la factura electrónica se encuentran el ahorro de costes económicos y medioambientales por la eliminación del papel, pero sobre todo hace hincapié en las nuevas oportunidades económicas:
- Se abren nuevos canales de comercio.
- Fomenta el uso del comercio electrónico y nuevas tecnologías.
- Surgen nuevas oportunidades de negocios y empleos en la prestación de servicios relacionados con la facturación electrónica.
A ello hay que añadirle la mejora de la recaudación fiscal que proporciona el sistema, principalmente derivado por el mayor control y la menor evasión de impuestos. Según el Ministerio de Hacienda salvadoreño, con la implementación de la factura electrónica se espera aumentar la recaudación en 1 % del PIB, al finalizar el actual quinquenio.
Características de la Factura Electrónica en El Salvador
La factura electrónica en El Salvador recibe el nombre de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), actualmente se encuentra en la fase "Plan Piloto". Una vez finalice esta fase inicial está previsto que el gobierno anuncie las fases de masificación de la factura electrónica obligatoria.
- Se aprobó por parte de la Asamblea Legislativa el "Decreto" para establecer las bases en el Código Tributario sobre la emisión, transmisión, recepción e invalidación de DTE.
- Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda (DGII)
- El emisor firma el DTE con ayuda del certificado de firma electrónica. Esto permite garantizar la autoría e integridad de los documentos electrónicos.
- El contribuyente debe solicitar su Incorporación para Ser Emisor de Documentos Tributarios Electrónicos y contar con el certificado de firma electrónica otorgado por Ministerio de Hacienda.
- 10 años de almacenamiento (5 años para el Ministerio de Hacienda y 10 años para otras Instituciones)
- Si el documento tributario electrónico cumple con los esquemas y firma electrónica, la DGII autorizará el DTE otorgándole el Sello de Recepción. Este es un código o UUID que acredita la correcta transmisión y recepción de los documentos.
- El documento tributario electrónico (DTE) es una estructura de datos en formato JSON. Este debe ser firmado y transmitido electrónicamente a la Administración Tributaria para que cuente con el Sello de Recepción.
- Se indicarán las fechas respectivas para la incorporación escalonada de los contribuyentes que serán obligados a emitir DTE. Asimismo, los contribuyentes pueden incorporarse antes de dichas fechas de manera voluntaria.
Preguntas Frecuentes
¿El modelo para el Salvador considera todos los tipos de documentos definidos por DGII?
En el modelo de factura electrónica se encuentran contemplados los siguientes DTEs:
- Factura Electrónica (FE)
- Comprobante de Crédito Fiscal Electrónico (CCFE)
- Nota de Remisión Electrónica (NRE)
- Nota de Crédito Electrónica (NCE)
- Nota de Débito Electrónica (NDE)
- Comprobante de Retención IVA Electrónico (CRE)
- Comprobante de Liquidación Electrónico (CLE)
- Documento Contable de Liquidación Electrónico (DCLE)
- Factura de Exportación Electrónica (FEXE)
- Factura de Sujeto Excluido Electrónica (FSEE)
- Comprobante de Donación Electrónico (CDE)
¿En El Salvador el sistema de facturación electrónica permite el ingreso de caracteres especiales en los campos de nombre?
Actualmente el sistema de facturación electrónica de El Salvador permite el envío de archivos JSON con caracteres especiales.
