Durante el mes de abril, los contribuyentes en México deben presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Además de ser una obligación fiscal, representa la posibilidad de obtener una devolución de impuestos si se genera un saldo a favor.
Los contribuyentes pueden encontrarse en la situación de tener un saldo a favor cuando pagan más impuestos de lo que realmente están obligados a pagar, según lo indicado por el SAT. Esta situación se verifica al realizar la declaración anual, momento en el cual se calculan los impuestos adeudados. Si resulta que se ha pagado un monto excesivo, se tiene la opción de solicitar la devolución del saldo a favor al SAT.
Ya que, a lo largo de los doce meses del año, los contribuyentes pueden realizar ciertos gastos que son considerados deducciones personales al momento de presentar su Declaración Anual. Estas deducciones permiten reducir la cantidad de impuestos a pagar, lo que puede llevar a obtener un reembolso o un saldo a favor al final del ejercicio fiscal. Una vez realizado el cálculo de impuestos y si resulta que el contribuyente tiene un saldo a favor, es posible solicitar al SAT la devolución de ese dinero.
¿Cómo Saber Si Tienes Saldo a Favor?
Para saber si se tiene saldo a favor, se debe acceder al micrositio del simulador de declaración anual en el portal del SAT, donde se visualiza una vista preliminar con los datos del año. Después de ingresar los gastos deducibles, el sistema informa si existe saldo a favor.
Existen tres maneras de obtener esta información: la forma personal o manual, mediante el portal del SAT y a través de la plataforma TaxDown. En app.taxdown.com.mx puedes conocer si cuentas con saldo a favor. Al registrarte la plataforma carga automáticamente la información fiscal y, mediante preguntas sencillas, se obtiene rápidamente el resultado. Además, cuenta con el apoyo de expertos fiscales, brindando seguridad y confianza en el proceso.
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Con solo utilizar la App de TaxDown o acceder a su página web www.taxdown.com.mx y registrarse con el RFC y contraseña, el proceso se vuelve sumamente ágil y eficiente. Además, TaxDown ofrece la valiosa ventaja de contar con el apoyo de expertos fiscales, lo que brinda seguridad y confianza en cada paso del proceso.
¿Cómo Solicitar la Devolución del Saldo a Favor?
El proceso para solicitar la devolución de impuestos ante el SAT se puede realizar a través del simulador previo al período de declaraciones o durante la presentación de la declaración anual. Ambos métodos requieren ingresar al portal del SAT con RFC y contraseña. Si se tienes saldo a favor, se puede solicitar la devolución, mientras que si se tienes saldo a pagar, se descarga la línea de captura para realizar el pago.
Solicitar la devolución automática del saldo a favor en tus declaraciones anuales es un proceso sencillo y rápido. Solo necesitas proporcionar tu CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración antes del 31 de julio. Al terminar el envío de tu declaración, recibes un acuse de recibo con un folio.
Para solicitar la devolución se añade la CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración. Para que proceda la devolución automática, asegúrate de cumplir con ciertos requisitos, como presentar la declaración a tiempo y utilizar la contraseña o e.firma adecuada según el monto a devolver. Si cumples con los criterios, podrás recibir automáticamente el saldo a favor en tu cuenta.
Requisitos para la devolución automática:
- Presentar la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso.
- Presentar la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando*:
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- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña.
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
No podrás aplicar la devolución automática en ciertos casos particulares, pero aún puedes solicitar la devolución a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
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Sin embargo, antes de pedir tu devolución, revisa bien todos los requisitos para devolver el saldo, que son:
- Contar con tu firma electrónica vigente.
- Preparar la información anexa a la solicitud de devolución.
- Haber presentado la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
- Preparar el archivo generado con el software del SAT y llenar los anexos.
- Proporcionar el estado de cuenta expedido por la institución financiera que no exceda de 2 meses de antigüedad y contenga el RFC del contribuyente que hace la solicitud, además de la CLABE.
¿Cómo Consultar el Estatus de la Devolución?
Una vez enviada la declaración anual a través del portal del SAT, el sistema genera un acuse de recibo que confirma que fue procesada. En caso de tener un saldo a favor, el contribuyente recibirá una notificación. Esta notificación puede incluir el monto autorizado para devolución o una negativa, ya sea parcial o total.
Una vez que hayan presentado su declaración anual, los contribuyentes pueden mantenerse pendientes del proceso de la devolución de su saldo a favor a través de la página oficial del SAT, realizando los siguientes pasos:
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- Ingresa a la página del SAT: www.sat.gob.mx
- Da clic en el botón Continuar al Sitio
- En la sección Trámites y Servicios da clic en Más Trámites y Servicios
- Pulsa en la opción Constancias, devoluciones y notificaciones
- Selecciona Devoluciones y compensaciones
- Da clic en Estado de Devolución
- Ingresa al Buzón Tributario con tu e.firma o RFC y contraseña
Una vez dentro, en Consulta de Trámites elige la opción de "Devolución Automática de ISR", del "Ejercicio 2024", y en mostrar solicitudes aparecerá el estatus de devolución del saldo a favor por parte del SAT, para obtener más información deberás dar clic en la opción.
Posteriormente, los contribuyentes obtendrán el estatus de su devolución de impuestos por parte del SAT, las cuales pueden ser alguna de las siguientes opciones:
- En proceso de validación: Significa que la devolución sigue en revisión.
- Rechazada: Ahí podrás visualizar el motivo por el cual la devolución no fue exitosa.
- Proceso de pago: Ya fue autorizada y el depósito se verá reflejado en los próximos días.
Pasos para el seguimiento del estado de la devolución:
- Acceder al sitio web oficial: www.sat.gob.mx
- Ingresar al portal mediante el botón “Continuar al Sitio”
- Ir a la sección “Más Trámites y Servicios”
- Elegir la opción “Constancias, devoluciones y notificaciones”
- Seleccionar “Devoluciones y compensaciones”
- Dar clic en “Estado de Devolución”
- Acceder con buzón tributario con RFC y contraseña o mediante e.firma
- Consultar la opción “Devolución Automática de ISR del ejercicio 2024” para conocer el estatus actual del proceso.
Plazos del SAT para la Devolución
Según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, el SAT dispone de un plazo máximo de 40 días hábiles para emitir la resolución correspondiente.
El Código Fiscal de la Federación estipula que la fecha de devolución tiene un plazo de 40 días. Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución.
Posibles Requerimientos del SAT
Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución.
El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
¿Qué Hacer Si No Se Autoriza el Saldo a Favor?
Si no tienes saldo a favor en el SAT, significa que no tienes un excedente de impuestos pagados en tus declaraciones. La devolución del saldo a favor es sin duda el momento favorito de cualquier contribuyente. Esto sucede cuando pagaste más de lo que debías en el momento de realizar el cálculo de tus impuestos. Así, el monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.
Ahora bien, ¿qué puedes hacer si no se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente?
- Cuando hayan transcurrido 10 días, deberás realizar una solicitud normal de devolución, luego de la cual el SAT tendrá un plazo de 40 días hábiles para actuar.
Inconsistencias en la Cuenta CLABE
Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.
También verifica tus deducciones personales, es decir, los gastos que hiciste en conceptos como; honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios; gastos médicos por incapacidad o discapacidad; gastos funerales; donativos; intereses reales; o aportaciones voluntarias y complementarias y planes personales de retiro.
Situaciones Donde No Procede la Solicitud de Devolución
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como no localizado.
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la devolución de saldos a favor son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas.
