Guía Definitiva para Calcular el ISR sobre Vacaciones en México: ¡Ahorra y Cumple con la Ley!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es la máxima norma aplicable en materia de derechos laborales. Lo primero que establece esta ley en el artículo 76 es que “las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas”. Asimismo, en el artículo 79 de la LFT se aclara que las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración. Es decir, que debe ser un tiempo de descanso efectivo. Lo mismo aplica cuando se rescinde el contrato laboral y el empleado no gozó de sus vacaciones anuales.

Una de las dudas frecuentes en torno al pago de vacaciones laborales en México es acerca del monto: ¿cuánto debe cobrar un trabajador por su descanso anual remunerado?

Cálculo del Pago de Vacaciones

El cálculo del pago de vacaciones es bastante simple, dado que este se integra al resto del salario. A tener en cuenta que, las vacaciones por sí mismas no dan lugar a pago adicional, el trabajador recibe su salario normal y descansa durante ese período. Claro está, ese ingreso tiene igual tratamiento que recibe normalmente, es decir, se considera ingreso gravado y se le calcula el impuesto sobre la renta al acumularse con los demás ingresos que reciba en ese mes.

Debido a que las vacaciones se pagan como cualquier otro día laboral, la base del cálculo de este pago es el salario diario del trabajador.

Así, por ejemplo, si un trabajador tiene un salario diario de $350 MXN, se multiplicará ese monto por la cantidad de días de vacaciones, supongamos 12 días, dando un total de $4.200 MXN. Además, a ese total se deberá agregar un 25% correspondiente a la prima vacacional. En este ejemplo, la prestación sería de $1.050 MXN.

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Ejemplo práctico

Ahora imaginemos que el empleado tiene 2 años de antigüedad en la empresa. Entonces, le corresponden 14 días de vacaciones. Su salario mensual es de $10.000 MXN. Con esta información, podemos hacer el cálculo del pago de vacaciones. De manera que en la nómina de ese trabajador se establecerán los $10.000 MXN correspondientes a su salario íntegro.

Siguiendo con los mismos montos que en el ejemplo anterior, calcular la prima vacacional es muy sencillo.

Prima Vacacional: ¿Qué es y cómo se Calcula?

La prima vacacional es una prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo. Consiste en un pago adicional equivalente al 25% del salario que te corresponde durante el periodo de vacaciones.

En términos sencillos, cuando tomas vacaciones pagadas, además de tu sueldo normal por esos días, tu empleador debe pagarte un cuarto más (25% extra) de ese monto. Este beneficio existe para que los trabajadores puedan disfrutar sus vacaciones con un apoyo económico adicional.

El cálculo de la prima vacacional es directo. Primero, necesitas conocer tu salario diario. Si ganas un sueldo mensual, puedes estimar tu salario diario dividiéndolo entre 30. Luego, determina cuántos días de vacaciones te corresponden (según tu antigüedad o las políticas de tu empresa si ofrecen más que el mínimo legal). Finalmente, aplica la fórmula:

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Prima vacacional = Salario diario × Días de vacaciones × 0.25

Por ejemplo, supongamos que tu salario mensual es de $12,000 MXN, lo que equivale aproximadamente a un salario diario de $400 MXN. Si cuentas con 12 días de vacaciones al año, tu prima vacacional se calcula así:

  • Salario diario: $12,000 / 30 ≈ $400 MXN
  • Prima vacacional: $400 × 12 días × 0.25 = $400 × 3 = $1,200 MXN

En este ejemplo, recibirías $1,200 MXN adicionales como prima vacacional por tus 12 días de vacaciones. Estos $1,200 se suman a los $4,800 MXN que equivalen a tu sueldo normal de esos 12 días ($400 × 12), de modo que en total durante tus vacaciones recibirías $6,000 MXN, aunque no estés trabajando esos días.

ISR sobre Vacaciones y Prima Vacacional

Los ingresos que recibe el trabajador, lamentablemente, están alcanzados por el ISR, con algunas limitaciones para no afectar a su integridad pero siempre se encuentra la vuelta para quitarnos algo de dinero. En este sentido, las vacaciones y la prima vacacional forman parte de los ingresos de un trabajador, lo cual no los hace estar por afuera del objeto del gravamen. El tema ocurre y da confusión cuando debemos calcular el ISR sobre las vacaciones y a la vez por separado, los días trabajados.

Para poder definir el monto que se debe pagar a cada trabajador por sus vacaciones, es importante considerar los impuestos que se aplican sobre esta remuneración. Esto ocurre porque de acuerdo con la Ley del ISR, cuando una empresa paga salarios a sus trabajadores está obligada a retener y pagar el ISR correspondiente.

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Asimismo, los que hayan realizado pagos a trabajadores tienen la obligación de retener el impuesto sobre la renta que corresponda. Un punto importante aquí es que al estar gravada la prima vacacional se debe determinar el impuesto y retenerlo, el cálculo se efectúa de acuerdo al artículo 96 de la Ley del ISR, para posteriormente restar el subsidio acreditable y el crédito al salario, este es el mismo procedimiento que se utiliza para calcular el impuesto normalmente, sólo que se agregará a la percepción mensual el monto de la prima vacacional gravada.

No obstante, encontrará totalmente gravado para el impuesto sobre la renta (ISR) los días de descanso.

Exención de ISR en la Prima Vacacional

Ahora bien, en el caso de la prima vacacional, mientras sea menor o igual a 15 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) no paga ISR. Sin embargo, si la cantidad se supera, el monto excedente será gravable.

De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) en su Artículo 93, fracción XIV, la prima vacacional cuenta con una exención de hasta el equivalente a 15 veces la UMA. Se debe de tomar en cuenta que, al momento de pagarse la prima vacacional, se debe calcular con base en la UMA vigente, sin importar si el periodo vacacional corresponde al año anterior.

Asimismo, es importante considerar que si la prima vacacional a favor del colaborador es mayor al monto exento, es decir mayor a los $1,638.55, entonces únicamente el excedente será gravable de ISR.

Ejemplo: Si el colaborador recibe una prima vacacional de $1,500 por los 12 días de vacaciones, entonces estaría exento totalmente de ISR, ya que es menor a la cantidad predispuesta por la LISR, que es de $1,638.55.

ISR en 2025

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2025 aplica una tasa fija del 30% para empresas y tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos.

  • No se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $7,382.34 MXN (límite superior del subsidio al empleo).
  • Freelancers (Régimen de Actividades Profesionales): Pagan ISR sobre sus honorarios brutos, aplicando tasas del 1.92% al 35%.

Obligaciones y Consideraciones Adicionales

  • Declaración de Ingresos: Los residentes en México deben declarar todos sus ingresos globales.
  • Acumulación de Ingresos: Todas las percepciones adicionales (comisiones, bonos, horas extras) se consideran ingresos acumulables.
  • Declaraciones Complementarias: Tienes hasta 5 años para presentar una declaración complementaria mediante el sistema SAT IDC.

Tabla de Días de Vacaciones Según Antigüedad

Años de Servicio Días de Vacaciones
1 año 12 días
2 años 14 días
3 años 16 días
4 años 18 días
5 años 20 días
A partir del 6° año (cada 5 años) +2 días

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