La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es una herramienta de transparencia fiscal que simplifica trámites, pero que exige precisión para evitar sanciones. Se trata de un informe anual que agrupa varias obligaciones informativas, como el ISR, IVA, IEPS, pagos a extranjeros, fideicomisos y transacciones con partes vinculadas, siendo indispensable para mantener tu situación fiscal al día.
¿Quiénes están obligados a presentar la DIM?
Este trámite va dirigido a personas físicas y morales que realizan actividades empresariales y hacen pagos o retenciones que deben reportarse. Las personas morales están obligadas si durante el ejercicio realizaron retenciones de ISR, IVA o IEPS, pagos a residentes en el extranjero u operaciones por fideicomisos o con partes relacionadas. Por su parte, las personas físicas deben presentarla si retuvieron ISR o IVA, pagaron salarios o realizaron pagos a entidades del extranjero.
¿Cómo descargar e instalar el software DIM?
Para cumplir con esta obligación, el SAT proporciona una aplicación específica:
- Visita el portal del SAT y descarga la aplicación DIM.
- Instala el archivo .exe en tu equipo.
- Al abrirlo, ingresa tus credenciales (RFC, e.firma o contraseña).
- En la ventana de instalación, se señalará automáticamente la carpeta donde se instalarán los accesos directos; no es recomendable modificarla.
Pasos para el llenado y generación del archivo
Una vez dentro de la plataforma, el proceso sigue estos pasos:
- Selecciona el ejercicio fiscal correcto y captura tus datos fiscales.
- Elige los anexos aplicables a tu situación.
- Importa o captura la información (puedes usar carga masiva mediante archivos .txt o .xml).
- Revisa línea por línea con la herramienta de validación para evitar errores.
- Genera el archivo .dec, que constituye el cuerpo de tu declaración.
Medios de presentación según el volumen de registros
La presentación de la Declaración Informativa Múltiple debe hacerse, a más tardar, el 15 de febrero de cada año en relación con el ejercicio anterior. Los medios de envío varían según el volumen:
Lea también: Impuesto Sobre la Renta en servicios de enseñanza
- Por internet: Para capturas de hasta 40,000 registros, se envía la información a través del Portal del SAT.
- Presentación física: Si la declaración contiene más de 40,000 registros, debes presentarla físicamente en una oficina del SAT utilizando medios magnéticos (USB o CD).
Anexos obligatorios en la actualidad
Debido a la implementación de los CFDI, algunos anexos han dejado de presentarse; sin embargo, los siguientes siguen vigentes:
| Anexo | Contenido |
|---|---|
| Anexo 2 | Pagos y retenciones de ISR, IVA o IEPS. |
| Anexo 4 | Retenciones y pagos a residentes en el extranjero. |
| Anexo 9 | Operaciones con partes relacionadas (hasta el 15 de mayo). |
| Anexo 10 | Operaciones realizadas a través de fideicomisos. |
Es muy recomendable validar la información con un especialista fiscal para evitar omisiones o multas, cuya omisión total puede ascender hasta los 172,100 pesos mexicanos. Recuerda que utilizar sistemas contables facilita la captura y organización de los datos, permitiendo generar archivos compatibles que reducen significativamente los tiempos de procesamiento.
Lea también: ¿Necesitas tu RFC? Imprímelo ahora
Lea también: Tutorial RFC Homoclave
