Además de las declaraciones mensuales y anuales de impuestos, el SAT exige ciertos reportes informativos que no implican pagar impuestos pero sí son obligatorios. Son documentos que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y complementan tus declaraciones fiscales regulares. No implican necesariamente un pago, pero sí el reporte obligatorio de ciertos movimientos, por ejemplo, operaciones específicas realizadas durante el año o el mes. Cumplir correctamente con estas declaraciones no solo evita multas, sino que también garantiza el buen estado fiscal de tu empresa.
¿Qué son las declaraciones informativas?
Son reportes que envías al SAT para informarle sobre operaciones con proveedores, pagos de sueldos o relaciones comerciales. Su función principal es el cruce de información: el SAT verifica que lo que tú reportas como un gasto coincida con lo que la otra persona reporta como un ingreso. Las fechas y requisitos pueden cambiar cada año fiscal.
Principales declaraciones informativas en México
- DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros): Informa al SAT sobre las operaciones de IVA que realizaste con cada uno de tus proveedores durante el mes. Periodicidad: mensual. Fecha límite: día 17 del mes siguiente. Importante: Según la RMF, las personas físicas con ingresos menores a $4 millones de pesos anuales y los contribuyentes en RESICO están exentos de presentar la DIOT, siempre que envíen sus declaraciones mensuales de forma correcta.
- Declaración informativa de retenciones: Si eres persona moral o física con empleados, informas sobre el ISR que les retuviste. Importante: La información ya no se envía en un formato por separado, sino que el SAT la toma directamente de los CFDI de Nómina y de las retenciones marcadas en tus facturas de honorarios. Si timbras correctamente, esta obligación se da por cumplida automáticamente.
- Aviso de socios y accionistas: Deben presentar una declaración anual informando el total pagado a cada empleado, retenciones realizadas y otras prestaciones. Periodicidad: Cada vez que ocurra una modificación. Fecha límite: Dentro de los 30 días hábiles siguientes al cambio.
- Declaración informativa de donativos: Específica para Donatarias Autorizadas. Deben informar quiénes les dieron dinero y en qué lo gastaron para mantener su estatus legal ante el SAT.
Fechas clave y obligaciones informativas
A continuación se detallan algunas de las obligaciones más relevantes según el calendario fiscal:
| Fecha límite | Información | Personas obligadas | Anexo |
|---|---|---|---|
| 15-Feb | Operaciones de financiamiento del extranjero | Personas morales y físicas con préstamos de residentes en el extranjero | Anexo 4 |
| 15-Feb | Operaciones a través de fideicomisos | Contribuyentes que realizan actividades empresariales vía fideicomisos | Anexo 10 |
| 15-May | Operaciones con partes relacionadas | Personas morales y físicas con actividades empresariales | Anexo 9 |
Consecuencias de no presentar las declaraciones
Si tienes la obligación de presentar la declaración informativa, debes tener en cuenta que el Código Fiscal de la Federación (CFF) es severo con las omisiones:
- Por cada declaración no presentada, las multas actualizadas por UMA oscilan entre los $1,710 MXN y los $34,250 MXN.
- Tu opinión pasará a ser "Negativa", lo que te impedirá contratar con el gobierno, solicitar créditos bancarios o aplicar beneficios fiscales.
- El SAT detectará el hueco en su sistema y te enviará notificaciones para requerir la información.
¿Cómo se presentan?
La mayoría se envían a través del portal del SAT en la sección de "Otros trámites y servicios". Para la DIOT, en caso de que estés obligado por superar los $4 millones de ingresos, se utiliza el software Aportes o el formulario directamente en el portal. Después de ingresar con el RFC y la contraseña, se elegirá la opción Servicios por internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.
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