Reformas Tributarias en Ecuador: Descubre las Novedades que Cambian Todopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En la presente investigación se realiza un estudio sobre las reformas tributarias en el Ecuador desde el año 2020 hasta el 2023, con el fin de conocer la evolución que ha existido en dichas reformas año tras año y su impacto en la recaudación tributaria pese a los acontecimientos que han aparecido. El entorno fiscal ecuatoriano ha experimentado transformaciones significativas desde diciembre de 2023, con la aprobación de nuevas disposiciones legales que buscan estimular la inversión y dinamizar sectores clave como energía, industria, comercio exterior y zonas francas. Estas reformas marcan una nueva etapa en la política tributaria del país, generando oportunidades y desafíos para los contribuyentes. Las modificaciones fiscales que comenzarán a aplicarse el 1 de enero de 2025 son de importancia tanto para las personas naturales como para las empresas y sectores específicos.

Actualmente, los impuestos representan el 41% de sus ingresos anuales, lo que significa que más de 4 de cada 10 dólares ganados se destinan al pago de impuestos al Gobierno Central. Por ello, es crucial estar informado sobre los cambios fiscales que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2025, para estar preparado y ajustar las finanzas personales o empresariales a las nuevas regulaciones.

Reformas Tributarias Clave y Nuevas Leyes

En el Ecuador las reformas tributarias han tenido cambios significativos, así como las vigencias de nuevas leyes tales como: la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario y la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19. Desde diciembre de 2023, Ecuador ha implementado reformas fiscales orientadas a atraer inversión y fortalecer sectores estratégicos. La Ley de eficiencia económica y generación de empleo se publicó en el registro oficial el 20 de diciembre de 2023. Además, se ha remplazado el Régimen de Microempresas (RIM) y Régimen Simplificado (RISE) con el Régimen de Microempresas y Negocios Populares (RIMPE) para el beneficio de los pequeños y grandes emprendedores.

Ejes Centrales de las Reformas Recientes

Las reformas fiscales implementadas destacan tres ejes centrales:

  • Nuevos regímenes especiales: Se han creado mecanismos diferenciados de tributación para sectores productivos específicos, con condiciones preferenciales que buscan fomentar la formalización y el crecimiento económico.
  • Incentivos para energías renovables: Se incorporan beneficios tributarios y facilidades de inversión para proyectos enfocados en transición energética, sostenibilidad y eficiencia, fortaleciendo la apuesta del país por una economía más verde.
  • Modernización del régimen de zonas francas: El nuevo enfoque normativo mejora las condiciones para operar bajo este esquema, haciendo más atractivo el uso de zonas francas para exportación, manufactura y servicios logísticos. Se crea la figura de zonas francas. Las zonas francas se podrán crear para actividades como: actividades industriales de bienes, servicios, actividades comerciales y de logística. Las ZEDE constituidas antes de 2021 tienen un beneficio de 0% en el Impuesto a la Renta los 10 primeros años y 10 puntos menos los 10 siguientes.

Modificaciones Específicas de Impuestos y Beneficios

Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)

Desde el 1 de enero de 2025, los consumos y retiros realizados desde el exterior hasta un monto anual de $5.188,26 estarán exentos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), según la resolución emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Este beneficio será válido hasta el 31 de diciembre de 2027, y se aplica a los pagos efectuados con tarjetas de crédito o débito. Cabe destacar que el ISD tiene una tarifa del 5% desde abril de 2024, tras un aumento del 3.5% anterior.

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Impuesto a la Renta (IR)

Para el ejercicio fiscal de 2025, el SRI ha actualizado las tablas del Impuesto a la Renta (IR) para personas naturales, con base en la variación de la inflación a noviembre de 2024. Ahora, las personas naturales con ingresos anuales superiores a $12.081 estarán obligadas a declarar el impuesto. El rango exento se ha incrementado en $179 respecto al año anterior. Las nuevas tarifas varían desde un 5% hasta un 37%, dependiendo de los ingresos anuales, lo que representa un ajuste significativo en la tributación para las personas naturales. Las personas y empresas tendrán que pagar el impuesto a la renta cuando vendan inmuebles, debido a que, el expresidente Guillermo Lasso dispuso el cobro de este impuesto por la venta de inmuebles en la Ley de Desarrollo Económico, que entró en vigencia en 2021.

Adicionalmente, se han establecido deducciones para la generación de empleo:

  • El contribuyente que genere incremento neto de plazas de trabajo para jóvenes de entre los 18 y 29 años, así como para las personas obligadas a pagar pensiones alimenticias, tendrá una deducción adicional de 50% respecto del gasto de salarios sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
  • El contribuyente que reporte un incremento neto de plazas de trabajo para el sector de la construcción y la agricultura tendrá una deducción adicional de 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.
  • La empresa que genere incremento neto de plazas de trabajo para personas que hayan cumplido con una pena privativa de la libertad superior a un año tendrán una deducción adicional del 75% respecto del gasto de sueldos sobre los que se haya aportado a la seguridad social.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Las personas naturales y las sociedades que pagaron el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios, tienen derecho a su devolución del impuesto, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días. La devolución será a través de la emisión de una nota de crédito. Para los establecimientos de alojamiento en el sector turístico se propone que estos puedan cobrar tarifa de 0% de IVA cuando las ventas sean a turistas extranjeros.

Impuesto Único para Operadores de Pronósticos Deportivos

Desde el 1 de julio de 2024, los operadores de pronósticos deportivos comenzaron a pagar un impuesto único sobre sus ingresos con una tarifa del 15%. Un cambio relevante que entrará en vigor en 2025 es que los operadores, tanto residentes como no residentes, ya no necesitan tener el Registro Único de Contribuyentes (RUC) del SRI, sino que deben obtener una licencia emitida por el Ministerio del Deporte. Esta licencia, con una vigencia de cinco años, tendrá un costo de 655 salarios básicos unificados (aproximadamente $307.850 en 2025). El Decreto Ejecutivo 487 establece que los operadores deben pagar la licencia para operar dentro de los primeros 20 días del ejercicio fiscal, bajo pena de sanciones y bloqueos. Además, se precisa que las entidades operadoras de pronósticos, aunque se constituyan como entidades sin fines de lucro, estarán sujetas al Impuesto a la Renta.

Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)

Desde enero rige nuevo ICE para cervezas y planes móviles, lo cual fue efectivo a partir de diciembre de 2019.

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Medidas de Alivio y Remisión Tributaria

Una de esas medidas es la remisión tributaria incluida en la Ley de Integridad, que consistía en una condonación de intereses, multas, costas y recargos en el pago parcial o total de obligaciones tributarias, que se hayan generado hasta el 31 de diciembre de 2024. Los contribuyentes que paguen la totalidad de las deudas vencidas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) hasta la fecha en que entre en vigencia la ley, recibirán la condonación del 100% de los intereses, multas y recargos. Para acceder a la remisión, el capital de la obligación tributaria debía ser pagado hasta el 31 de diciembre de 2025. El SRI aclaró este 29 de septiembre que los pagos realizados desde el 26 de junio hasta la publicación de la sentencia de la Corte Constitucional en el Registro Oficial mantendrán el beneficio. La sentencia aún no ha sido publicada en el Registro.

La propuesta aprobada por la Asamblea plantea que los gobiernos locales, como municipios, prefecturas y juntas parroquiales, también realicen condonación de intereses, multas y recargos de deudas correspondientes a tasas o impuestos. Para esto, el gobierno local deberá emitir una ordenanza en máximo 45 días desde que la ley esté publicada en el Registro Oficial.

Otra medida importante es la extinción de deudas tributarias por montos que no superen los $460. Esto se enmarca dentro de la Ley de Alivio Financiero, la cual entró en vigencia el 9 de diciembre de 2024. Esta medida afectará aproximadamente a 120.000 contribuyentes, lo que implica un costo de alrededor de $8 millones para el fisco.

Otras Disposiciones Relevantes

Los 499 grandes contribuyentes, que son las empresas que más impuestos pagan, tendrán que pagar cada mes un porcentaje de sus ingresos al SRI. Los negocios que no entreguen comprobantes de venta paguen una multa de uno a 30 salarios básicos unificados. Si las empresas no cumplen lo que dispone la ley, se bloquerá la dirección IP del sitio web a través del cual opera la empresa. El Ministerio de Finanzas tendrá la oportunidad de canjear las millonarias deudas que tiene con el Banco Central de Ecuador (BCE) y que hoy tienen un plazo de pago hasta 2035 por una nueva deuda, con plazo a 20 años. Con esto, el BCE tendría que esperar hasta 2040 para que el Ministerio pague los USD 5.302 millones que le debe. También se incluyó el detalle de las condiciones del canje de la deuda: tasa de interés de 1,3% anual, sistema de amortización francés y pagos de vencimientos semestrales. Además, se detalla qué tipo de deudas serían las que se tomarían en cuenta para el canje: Bonos del Estado y Certificados de depósito e inversión.

La delegación de servicios públicos a través de Alianzas Público Privadas se hará de manera excepcional. Adicional, se crea un Comité Interinstitucional de Alianzas Público Privadas.

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Reformas Derogadas por la Corte Constitucional

De evaluaciones a servidores a cambios en cooperativas; estas son las reformas que tumbó la Corte. Adicionalmente, la Ley de Solidaridad establecía un beneficio tributario por donaciones realizadas a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, que ahora queda derogado y con efecto retroactivo, según la sentencia de la Corte Constitucional. El beneficio permitía aplicar hasta un 30% de rebaja en el pago del Impuesto a la Renta.

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