En México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es la institución encargada de la recaudación de impuestos y la administración fiscal. Si eres un asalariado, es decir, una persona que recibe ingresos por sueldos y salarios, es importante que estés dado de alta en el SAT para cumplir con tus obligaciones fiscales.
Para poder cobrar como trabajador independiente o para tener ingresos extra, lo primero es dar aviso al SAT para darse de alta en el régimen de servicios profesionales, conocido por honorarios.
¿Quiénes deben darse de alta?
Este trámite es necesario para:
- Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
- Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
- Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
- Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
- Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
- Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos M.N.)
Si eres una persona física con actividad profesional, por ejemplo, abogacía, contaduría y medicina, entre otras, y obtienes tus ingresos de manera independiente por prestar tus servicios a empresas, dependencias de gobierno o personas físicas, entonces te corresponde tributar en este régimen.
¿Cómo realizar el trámite?
Primero hay que inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT como persona física con servicios profesionales o por honorarios.
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Para realizar este trámite, sigue estos pasos:
- Ingresa a la sección Trámites y de la barra superior elige la opción RFC.
- Selecciona sucesivamente las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes: Solicitud.
- Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, eligiendo el trámite: INSC_ASALARIADO.
- Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
Requisitos y documentos necesarios
Se requiere tener a la mano la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una identificación oficial vigente, comprobante de domicilio y una memoria USB.
- Comprobante de envío de la solicitud con número de folio.
Dónde realizar el trámite
Hay que acudir a cualquiera de las oficinas del SAT, de preferencia con previa cita, que se puede concertar en el portal del órgano recaudador de impuestos.
También se puede iniciar la inscripción en la página de internet www.sat.gob.mx, en el link de trámites del RFC, y concluirlo en las oficinas del SAT. Se debe terminar el trámite iniciado en el portal dentro de los 10 días siguientes al envío de la solicitud o, si no, se tendrá que volver a hacer.
Fundamento Legal
- Artículos 27, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación; 23 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.4.6., 2.4.9., 2.4.15.
- Personas físicas y morales en su carácter de empleador o patrón que realice la inscripción de 2 o más trabajadores.
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