Para realizar trámites relacionados con las fotomultas, el pago de infracciones o la solicitud de condonación de las mismas, es indispensable cumplir con la presentación de la documentación que acredite la identidad y representación legal del interesado. A continuación, se detallan los requisitos y canales disponibles para llevar a cabo estos procesos.
Documentos requeridos para acreditar la personalidad
Dependiendo del tipo de persona que realice el trámite, se deberá presentar la siguiente documentación para acreditar la representación legal:
- Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público (Copia Certificada y Copia(s) Simple(s)).
- Personas morales: Acta constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado (Copia Certificada y Copia(s) Simple(s)).
Por otra parte, en caso de promover a nombre de otra persona, se deberá acompañar el documento con el que se acredite la representación legal de la misma, con fundamento en el artículo 430, fracción V del referido Código Fiscal. Asimismo, en términos del numeral 430, primer párrafo del citado Código Fiscal, las promociones que se presenten ante las autoridades administrativas, deberán estar firmadas por el interesado o por su representante legal, requisito sin el cual se tendrán por no presentadas. Cuando el promovente no sepa o no pueda firmar, imprimirá su huella digital. Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común, que al efecto haya sido designado; y en su defecto, con el que figure en primer término.
Opciones para realizar el pago de infracciones
Los ciudadanos cuentan con alternativas tanto presenciales como en línea para realizar el pago de sus multas de tránsito:
Proceso para pago en línea
- Dar click en pago en línea.
- Dar click en pago de infracción.
- Ingresar folio de infracción, tipo (vialidad o parquímetros) y fecha.
- Realizar pago electrónico mediante portal.
- Imprimir comprobante de pago por internet.
Proceso de manera presencial
Si prefiere realizar el trámite de forma física y requiere recuperar su garantía infraccionada, debe acudir a las oficinas correspondientes:
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- Acudir a las oficinas de garantías e infracción con la boleta de infracción o con los requisitos en caso de extravío.
- Realizar pago en cajas correspondientes.
- Entregar recibo de pago en ventanilla de entrega de garantías.
Condonación de multas y fundamento legal
Existe información que sea útil para que el interesado realice el trámite de condonación de sanciones. Con fundamento en el artículo 53, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Ciudad de México, la Secretaría de Administración y Finanzas podrá condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales y administrativas.
Es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones legales sobre este proceso:
- La solicitud de condonación de multas en los términos del citado artículo no constituirá instancia y las resoluciones que dicte la referida Secretaría al respecto no podrán ser impugnadas por los medios de defensa que establece el mencionado Código Fiscal.
- La solicitud dará lugar a la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, si así se pide y se garantiza el interés fiscal.
- Sólo procederá la condonación de multas que hayan quedado firmes y siempre que la determinación del crédito principal no sea materia de impugnación o habiéndose impugnado el contribuyente se desista de la instancia intentada.
Para ingresar este tipo de solicitudes de forma presencial, puede dirigirse a la Oficialía de partes de la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México, ubicada en la Calle Dr. Lavista No. 144, Col. Doctores.
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