La temporada para hacer la declaración de impuestos está por finalizar. Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su obligación fiscal y, si tienen suerte, recibir una devolución por su saldo a favor.
Plazo para Solicitar el Saldo a Favor en 2025
Las personas físicas podrán presentar su declaración anual 2025 hasta el 30 de abril, fecha límite en la que pueden solicitar el saldo a favor. Posteriormente, los contribuyentes deben esperar un plazo de cuarenta días después de solicitar la devolución, de acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Por ello, si tú realizas tu declaración el último día, tendrás que esperar un tiempo máximo hasta los primeros días de junio.
Plazo que Tiene el SAT para Realizar la Devolución
El Código Fiscal de la Federación estipula que la fecha de devolución tiene un plazo de 40 días. Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución. Para verificar que proceda la devolución, el SAT puede requerir al contribuyente, en los veinte días posteriores a la presentación de la solicitud, los datos, informes o documentos adicionales que consideren necesarios y que estén relacionados con la devolución. Así, requerirá al contribuyente para que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado; de no hacerlo se considera que desistió de su solicitud de devolución. El SAT sólo pueden efectuar un nuevo requerimiento, durante los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento.
Cómo Saber Si Tienes Saldo a Favor en el SAT
Según el Artículo 2 Fracción II de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, todas las personas registradas con actividad económica ante el SAT tienen el derecho de obtener devoluciones de impuestos. El escenario de saldo a favor es cuando los contribuyentes pagan más impuestos de lo que les corresponde. Este cálculo se realiza y verifica con la declaración anual.
Al momento de presentar tu declaración, el sistema del SAT te indicará si tienes saldo a favor.
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Si resulta que las personas han pagado un monto excesivo, se tiene la opción de solicitar la devolución del saldo a favor, siguiendo los siguientes pasos:
- Verificar la información precargada en la plataforma.
- Proporcionar tu CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración.
- Para que proceda la devolución automática, asegúrate de cumplir con requisitos, como presentar la declaración a tiempo y utilizar la contraseña o e.firma adecuada según el monto a devolver.
Cómo Solicitar la Devolución del Saldo a Favor
Antes de realizar cualquier paso, presenta la declaración anual del ejercicio pendiente, si no la has presentado. O checa si tienes saldos a favor pendientes, porque para presentar tu “solicitud manual” debes presentar el acuse y número de operación del saldo a favor.
- Se desplegará un formato digital, ingresa los datos solicitados, indica qué ejercicio fiscal corresponde a la devolución que solicitas, te pedirán el acuse y el importe del saldo a favor que te salió, o si te hace falta una parte de un saldo a favor ya pagado.
- Adjunta los archivos con los documentos del trámite escaneados que deseas enviar para aclarar o complementar tu declaración anual (Infonavit, Afore, honorarios médicos…). Ten a la mano tu estado de cuenta bancario, correspondiente a la cuenta a la que quieres que te depositen tu saldo a favor, el cual no debe exceder los dos meses de antigüedad, además debe contener tu RFC y el número de clabe.
Cómo Consultar el Estatus de la Devolución
Para ver el proceso de la devolución, el contribuyente debe entrar al portal del SAT, www.sat.gob.mx/, dar clic en el menú de la parte superior Trámites y servicios, deslizar hacia abajo y seleccionar la opción Más trámites y servicios. Después debe entrar en la parte de Constancias, devoluciones y notificaciones y elegir el apartado Estado de tu devolución. El usuario debe tener a la mano su RFC y contraseña, ya que la página lo redirigirá al buzón tributario, donde se indicará el estado de la devolución.
Una vez dentro, seleccionará la pestaña que dice devolución automática del ISR del ejercicio 2024 y el sistema arrojará si se ha negado y la razón por la que se negó, si está en proceso de validación o se ha aceptado.
Motivos por los que el SAT Podría Anular tu Saldo a Favor
Si presentaste tu declaración anual y no te depositan tu saldo a favor, debes saber que existen varios motivos por los que tu devolución automática pudo haber sido rechazada. Estos son los más comunes, de acuerdo con la contadora de La Onda Fiscal:
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- Cuenta bancaria sin RFC: Que tu cuenta bancaria no tenga tu RFC registrado y en su lugar sólo haya un RFC genérico. Para consultarlo, sólo basta con abrir un estado de cuenta y si no aparece tu RFC, debes de acudir a tu institución bancaria para actualizar tus datos fiscales.
- Buzón tributario inactivo: Tener activo el Buzón Tributario es obligatorio y desde hace mucho tiempo los contribuyentes tienen esta obligación.
- Domicilio fiscal no verificado o contribuyente no localizable: Esto significa que en algún momento tus datos de domicilio se desactualizaron o te fueron a buscar y no te encontraron. Para solucionarlo necesitarás solicitar en el SAT una verificación de domicilio.
- Créditos fiscales: Significa que tienes un adeudo pendiente con el que no has cumplido y deberás cubrirlo para continuar con el trámite de la solicitud, puede ser de un impuesto federal o incluso una multa de tránsito. Para saberlo, debes hacer una búsqueda para ver de qué se trata y si procede el pago, lo tendrías que cubrir.
- RFC suspendido o sin obligaciones fiscales: Una de las obligaciones de los contribuyentes es mantener su estatus actualizado, es decir, mantener registro de la actividad que realizamos que sea nuestra fuente de ingreso y si te estás dedicando actualmente.
- Eliminar ingresos: Omitiste alguno de tus ingresos para que te saliera saldo a favor.
- Tener otros regímenes como actividad empresarial, arrendamiento o cualquier otro: Estos regímenes regularmente se encuentran con un rechazo, porque como tienen deducciones mensuales, no solamente las anuales que son las deducciones personales requieren una revisión más a detalle.
Inconsistencias en la Cuenta CLABE
Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.
Requisitos para Solicitar la Devolución Automática
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña.
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
Casos en los que se Considera No Presentada la Solicitud de Devolución
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como o localizado.
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Consideraciones Adicionales
Es importante recordar que la devolución de impuestos es un derecho que tienes como contribuyente, y solicitarla no tiene por qué ser complicado.
Para presentar la Declaración Anual con saldo a favor igual o menor a 10,000 pesos debe contar con contraseña, si es mayor a 10,000 y hasta 50,000 pesos debe hacerlo con contraseña siempre y cuando sea con la cuenta CLABE precargada en el sistema.
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Los contribuyentes que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes o de la Administración General de Hidrocarburos, que tengan saldo a favor del IVA, ISR, impuesto al activo, IETU e IDE, deben presentar su solicitud de devolución con el programa electrónico F3241, que contiene los archivos con la información de los Anexos, 2-A, 2-A Bis, 7, 7-A, 7-B, 8, 8-Bis, 8-A, 8-A Bis, 8-B, 8-C, 9, 9-Bis, 9-A, 9-B, 9-C, 10, 10-Bis, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-E, 10-F, 11, 11-A, 12, 12-A, 13, 13-A, 14 y 14-A, según corresponda.
Una vez revisada la documentación presentada, el SAT puede devolver una cantidad menor a la solicitada por los contribuyentes. En caso de que el SAT regrese la solicitud de devolución a los contribuyentes se considera que fue negada en su totalidad.
