La Constancia de Situación Fiscal (CSF) funge como identificación fiscal para personas físicas y morales, de manera similar a la CIF. Desde la entrada en vigor del CFDI versión 4.0, a partir de 2022, se volvió obligatorio incluir información exacta del emisor y receptor de la factura.
Por esta razón, muchas empresas comenzaron a pedirle a sus empleados y clientes la Constancia de Situación Fiscal.
¿Cómo obtener la Constancia de Situación Fiscal?
Existen tres formas principales de descargar la CSF:
- Solo tienes que entrar a la página del SAT, ir al menú de “Otros trámites y servicios” y seleccionar “Genera tu Constancia de Situación Fiscal”.
- Si no tienes a la mano tu contraseña o e.firma, puedes hacerlo desde el sitio SAT ID. El proceso es sencillo: registras tus datos, subes tu identificación, grabas un pequeño video para verificar tu identidad y firmas digitalmente la solicitud.
- Si prefieres hacerlo en persona, también puedes acudir a una oficina del SAT con tu identificación oficial vigente.
Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales
Por otro lado, la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales es otro documento emitido por el SAT que reporta la situación fiscal del contribuyente con observaciones de la autoridad.
Cualquier empresa o que desee embarcarse en una operación comercial, ser beneficiario de algún subsidio o realizar cierto tipo de trámites, puede solicitar la emisión de la Opinión.
Lea también: RFC: Guía completa
Facturama: Simplificando tus trámites fiscales
En Facturama, te ayudamos a simplificar este tipo de trámites y a cumplir fácilmente con tus obligaciones fiscales. Si aún no usas Facturama, te invitamos a probar nuestras herramientas de facturación electrónica. Facturama, la plataforma de facturación online de mayor aceptación, puedes generar las facturas que necesites rápidamente.
Ahorro Voluntario y sus Beneficios Fiscales
El ahorro voluntario, como cualquier otro tema relacionado con dinero, está sujeto a ciertas condiciones fiscales que debes conocer. Sobre aviso no hay engaño, y entender las reglas de cada tipo de aportación es clave para aprovechar al máximo sus beneficios.
No solo estás construyendo un futuro más seguro, uno de los principales beneficios del ahorro voluntario es que, dependiendo del tipo de aportación que hayas realizado, puedes deducir hasta el 10% de tu ingreso acumulable en la declaración anual que presentarás en abril. Sin embargo tiene un tope de hasta $152,000 por cada ejercicio fiscal. Para aprovecharlo, tus aportaciones deben permanecer invertidas al menos por 5 años. Este beneficio consiste en restar el importe de las aportaciones voluntarias que hayas realizado a la tarifa del ISR (Impuesto Sobre la Renta) que aplique en tu declaración anual. Esta retención se aplica cuando retiras tu ahorro en una sola exhibición.
Estas aportaciones están pensadas para aquellos que necesitan disponer de su dinero a corto plazo, es decir, puedes disponer de este recurso cuando lo requieras. Son aportaciones adicionales a tu Cuenta Individual Afore que te permiten incrementar tu ahorro para el retiro.
Son una excelente opción para quienes quieren mejorar su pensión, por lo que este dinero permanecerá invertido hasta que tengas derecho a disponer de tus aportaciones obligatorias. ¡Aquí hay una buena noticia! Si realizas aportaciones con esta finalidad, deberán permanecer invertidas hasta que tengas derecho a disponer de una pensión o hasta cumplir 65 años de edad. Las aportaciones de este tipo de ahorro deben permanecer en tu Cuenta Individual Afore al menos 5 años para que puedas deducirlas en tu declaración anual.
Lea también: Obtener RFC sin e.firma
También puedes obtenerla en línea a través de la sección Accede a Tu Cuenta en nuestro portal comercial www.pensionissste.gob.mx/comercial.html. Únete a nuestra comunidad de #AhorradoresInteligentes.
Los recursos en tu cuenta individual son tuyos.
Obligaciones Fiscales y Declaraciones
- Declaración del ejercicio. Personas morales.
- Declaración del ejercicio. ISR diferido en consolidación fiscal.
- Declaración del ejercicio. Personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades.
- Empresas integradoras.
- Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
- Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.
- Solicitud de autorización para disminuir el monto de pagos provisionales.
- Constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo.
- Constancia de pagos y retenciones a residentes en el extranjero.
- Declaración de operaciones con clientes y proveedores de bienes y servicios.
- Operaciones con clientes.
- Declaración informativa anual de sociedades de inversión de capitales.
- Empresas promovidas.
- Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo.
- Aviso para dejar de tributar en el régimen opcional para grupos de sociedades.
- Aviso del régimen opcional para grupos de sociedades. Incorporación/Desincorporación.
- Constancia del ISR sobre dividendos o utilidades enterados por la sociedad controlada. (Artículo Noveno, Fracc. XV, DTLISR 2014).
- Aviso de colocación de títulos de crédito en el extranjero y de pago de intereses derivados de dichas colocaciones (opción de retención del ISR).
- Declaración informativa del fomento al primer empleo.
- Cuestionario para solicitar la autorización de consolidación fiscal. Sociedades controladoras.
- Cuestionario para solicitar la autorización de consolidación fiscal. Sociedades controladas.
- Cuestionario para solicitar la autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades. Sociedades Integradoras.
- Cuestionario para solicitar la autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades. Sociedades Integradas.
- Declaración del ejercicio. Personas físicas.
- Aviso de inicio o término.
- Pago en especie.
- Declaración anual ISR, IETU e IVA. Archivo con funcionalidad de captura.
- Declaración anual de depósitos en efectivo.
- Declaración mensual de depósitos en efectivo.
- Información de intereses, cuentas de afore, enajenación de acciones, sociedades de inversión en instrumentos de deuda y de renta variable y créditos hipotecarios.
Lea también: Cómo Imprimir tus Impuestos
tags: #imprimir #constancia #de #retenciones #isr #requisitos
