La inflación es un factor crucial que se considera en la fijación de los salarios mínimos en México. La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) tiene la facultad, según la fracción VI del apartado A) del artículo 123 constitucional, de fijar los salarios mínimos. El artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo establece que dichos salarios se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.
La Dirección Técnica de la CONASAMI lleva a cabo investigaciones y estudios para determinar las condiciones generales de la economía del país, los principales cambios observados en la evolución de las actividades económicas, así como las variaciones en el costo de la vida de las familias. Además, investiga las características y la evolución de las condiciones del mercado laboral y de las estructuras salariales.
El Impacto de la Inflación en la Fijación de Salarios Mínimos
El Consejo de Representantes de la CONASAMI ha considerado el comportamiento de la economía y sus expectativas, a través de los indicadores contenidos en el Informe de la Dirección Técnica, ratificando la existencia de condiciones económicas que justifican la revisión de los salarios mínimos.
El Banco de México estima que el Monto Independiente de Recuperación (MIR) otorgado al salario mínimo general puede tener un efecto sobre la inflación. En contraste, se estima que si esta Comisión Nacional no hubiera actuado para contener el efecto faro mediante el MIR y el aumento excepcional del salario mínimo en términos porcentuales se hubiera utilizado como referencia en las negociaciones salariales del resto de la distribución salarial, el impacto de dicha revisión adicional sobre la inflación al cierre de 2017 hubiera sido de aproximadamente 85 puntos base.
Se constató la dilución del "efecto-faro" del salario mínimo al observar que su incremento nominal que entró en vigor el 1o. de enero de 2017 fue de 9.58%, mientras que en los primeros nueve meses de este año los salarios contractuales en la jurisdicción federal registraron un incremento de 4.6%; así como también que en el período enero julio del año en curso, en la jurisdicción local registraron un incremento de 4.9%; y, por su parte, el salario promedio asociado a trabajadores asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social tuvo un incremento de 5.5% de enero a agosto de 2017.
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En lo que toca al desempeño del mercado laboral se observan mejorías sustantivas en cuanto al ritmo de generación de empleos formales, que ha alcanzado niveles históricos, con un crecimiento acumulado para toda la Administración de 19.2%, equivalente a la creación de más de 3 millones 100 mil puestos de trabajo asegurados al IMSS; la baja consistente en la tasa de informalidad laboral de 3.29 puntos porcentuales en la Administración; y la reducción de la tasa de desempleo a niveles previos a la crisis económica de 2008-2009.
Todo lo anterior da cuenta de que la política de recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo que se ha implementado con el consenso de los factores de la producción, no ha tenido efectos negativos sobre otras variables del mercado laboral o de la economía en su conjunto.
Consideraciones Legales y Técnicas
El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala los atributos que debe reunir el salario mínimo. El artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo establece que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
La Dirección Técnica propuso al Consejo de Representantes que para el año en curso se mantenga una área geográfica única conformada por todos los municipios del país y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para efecto de aplicación de los salarios mínimos general y profesionales.
Asimismo, la Dirección Técnica propuso que se mantenga la misma Lista de Profesiones, oficios y trabajos especiales vigente en el año anterior, ya que no recibió solicitud formal alguna para incorporar alguna nueva ocupación, o bien, suprimir o separar alguna ocupación de dicha Lista.
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El Consejo de Representantes ha llevado a cabo el proceso deliberativo para determinar una política salarial que haga posible la recuperación gradual y sostenida de los salarios mínimos generales y profesionales. A partir de la fijación salarial de diciembre, se introdujo el Monto Independiente de Recuperación (MIR) como elemento sustantivo de recuperación gradual y sostenido que deberá tener el salario mínimo general.
El objetivo del MIR es recuperar el poder adquisitivo única y exclusivamente del salario mínimo general, por lo que en la reciente revisión salarial, los salarios mínimos profesionales se incrementaron también de manera anticipada en un porcentaje, incremento que de otra manera hubieran tenido a partir del 1o. de enero del año siguiente.
En resumen, la inflación es un factor determinante en la política de salarios mínimos en México, y las decisiones de la CONASAMI buscan equilibrar la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores con la estabilidad económica del país.
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