Las personas físicas son aquellos contribuyentes que desarrollan una actividad económica de manera particular, como vendedores, comerciantes, profesionistas o empleados. En este artículo, nos enfocaremos en el régimen de Asalariados y el de Actividades Empresariales de las personas físicas.
ISR para Asalariados
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal.
Para calcular el ISR para pagos mensuales, se debe recurrir a la tabla que emite el SAT en el artículo 96 de la LISR. Dentro de la tabla se ubica el porcentaje correspondiente al sueldo mensual.
Es importante recordar que el Impuesto Sobre la Renta (ISR) grava la utilidad o ganancia obtenida por la realización de una actividad. Es decir, en un sentido muy amplio se le llama renta al ingreso que recibe un empleado (persona física) y a la diferencia de ingresos y deducciones autorizadas para una empresa (persona moral).
Si partimos del supuesto de que se requiere calcular el ISR para pagos mensuales, se debe recurrir a la siguiente tabla que emite el SAT en el artículo 96 de la LISR.
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Con el procedimiento anterior, es posible calcular el ISR para los salarios semanales o quincenales, solo que hay que recurrir a las tablas que el SAT establece para esos períodos, las cuales publica en su página por internet.
Ejemplo de cálculo del ISR
Se considera el importe Gravable Total de la Nómina, el cálculo es como sigue:
- Se ubica el monto total dentro del rango correspondiente en la tabla.
- Se resta el monto total menos el límite inferior.
- Al resultado, se aplica el porcentaje correspondiente.
- Al resultado, se suma la cuota fija correspondiente.
Ejemplo:
- Sueldo: $25,000 mensual
- En la tabla: $25,000 - $24,222.32 = $777.68
- $777.68 X 23.52% = $182.910336
ISR para Actividades Empresariales
Las tiendas de abarrotes, los talleres mecánicos, fondas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, escuelas, farmacias, ferreterías, cantinas, bares, refaccionarias y artesanos son ejemplos de actividad empresarial.
Se trata de un pago provisional, ya que el contribuyente también debe presentar su declaración anual. Partiendo del supuesto de que los ingresos del Sr. Fortino Luna Juárez, dueño del negocio “Mueblería la Jalapeña”, en el período del 1º. de Enero al 31 de Enero fueron de $ 66,900.00.
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El siguiente paso consistió en restarle a los $ 66,900.00 el monto del límite inferior. Una vez obtenido el impuesto marginal, a este se le suma la cuota fija para determinar el monto de ISR a pagar.
El SAT lo describe como un régimen que permite gozar de los beneficios de ser formal, emitir facturas e informar bimestralmente las ventas y gastos que realiza la persona física por su actividad comercial.
Venta de bienes, como es el caso de la tienda de abarrotes, papelería, carnicería, frutería, dulcería, tianguista, locatario de mercado, entre otros.
Se refiere aquellas personas físicas que obtienen ingresos por renta de bienes inmuebles como casas, departamentos, edificios, locales o bodegas.
Consideraciones Adicionales
- ¿Cuándo se paga el ISR? En trabajadores, se retiene mensualmente.
- ¿Cuál es la tasa del ISR? El Impuesto Sobre la Renta (ISR) en 2025 aplica una tasa fija del 30% para empresas y tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos.
- ¿Quiénes están obligados a pagar el ISR? Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.
- ¿Se puede deducir gastos? Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).
- ¿Se paga ISR si se tienen ingresos bajos? No. En 2025, no se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $7,382.34 MXN (límite superior del subsidio al empleo).
Tabla Resumen de Retenciones Salariales
| Salario | ISR (Impuestos sobre la renta) | Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) | Impuestos totales | Pago neto | Tipo impositivo marginal | Tipo impositivo medio |
|---|---|---|---|---|---|---|
| $ 10,000 | -$ 834 | -$ 242 | -$ 1,076 | $ 8,924 | 18.8% | 10.8% |
NOTA: Las retenciones se calculan en función de las tablas de datos de impuestos de Mexico en MX. Para simplificar, algunas de las variables (como el estado civil y otras) se han dado por sentadas.
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