En el ámbito legal y fiscal de México, el concepto de persona moral juega un papel fundamental para aquellos que buscan constituir una empresa, asociación o cualquier tipo de organización con fines económicos, sociales o culturales. El sistema tributario mexicano ha sufrido diversas y constantes modificaciones a lo largo del tiempo que han redefinido las reglas de estas organizaciones.
Evolución de las tasas e impuestos en México (1990 - 2015)
El comportamiento de las tasas de impuestos y la recaudación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México muestran cómo se ha estructurado fiscalmente la vida de las personas morales a lo largo de las últimas décadas. En teoría, se esperaría que, a mayor tasa de impuestos y a mayor crecimiento económico, la recaudación sería mayor. A partir de lo mostrado, se puede observar que, en términos generales, tanto las tasas de los impuestos como el crecimiento del PIB tienen una relación directa con la recaudación; es decir, se confirma lo esperado.
A continuación, se detalla la evolución de estas tasas impositivas aplicadas a las personas morales y el IVA:
- Período 1990-1991: Durante este periodo, la tasa de ISR, para personas morales, se mantiene en 34%. Por su parte, la tasa general del IVA era de 15%, de 6% en ciudades fronterizas y de 20% para artículos de lujo.
- Período 1992-1994: Para 1992, la tasa general del IVA se disminuye a 10%, buscando incentivar la actividad económica en un panorama que hasta 1993 era alentador.
- Período 1995-2001: En 1995, se aumenta la tasa general del IVA a 15% y la tasa en ciudades fronterizas a 10%. Dichas tasas no sufrieron cambios por un período de 15 años. Esta drástica modificación coincidió con la crisis económica de 1995.
- Período 2002-2005: Durante este período, se disminuyó la tasa de ISR, para pasar de 35% en 2002, a 30% en 2005 para personas morales.
- Período 2006-2007: El ISR sufrió nuevas disminuciones en este período, pasando la tasa, tanto para personas morales como físicas, a 29% en 2006 y a 28% en 2007.
- Período 2008-2013: En este período, se crearon dos nuevos impuestos al ingreso, el IETU y el IDE. La tasa del IETU en 2008 fue de 16.5%, para pasar a 17.0% en 2009 y a 17.5% de 2010 en adelante. Por su parte, el IDE gravaba a una tasa de 2% los depósitos bancarios en efectivo mayores a $25,000 en 2008, y, a partir de 2010, a una tasa de 3%, los depósitos mayores a $15,000. Asimismo, empezando a partir de 2010, la tasa general del IVA subió a 16% y la tasa en ciudades fronterizas a 11%.
- Período 2014-2015: En esta última Reforma Hacendaria, se incrementó la tasa de ISR, para personas físicas, a 35%, y se eliminaron el IETU y el IDE. La tasa de ISR, para personas morales, no sufrió modificaciones, por lo que se mantuvo en 30%. Además, en 2014, se homologó en 16% la tasa del IVA general y de las ciudades fronterizas.
Tabla comparativa de la evolución de tasas de ISR e IVA
Los datos históricos de las tasas aplicadas a las personas morales y el consumo en los diferentes períodos analizados se estructuran de la siguiente manera:
| Período | Tasa ISR Personas Morales | Tasa General del IVA | Impuestos Adicionales / Notas |
|---|---|---|---|
| 1990 - 1991 | 34% | 15% | IVA de 6% en fronteras y 20% en lujo. |
| 1992 - 1994 | 34% | 10% | Reducción general del IVA. |
| 1995 - 2001 | 34% | 15% | Aumento del IVA; 10% en ciudades fronterizas. |
| 2002 - 2005 | De 35% a 30% (descenso gradual) | 15% | Reducción paulatina del ISR corporativo. |
| 2006 - 2007 | 29% (2006) / 28% (2007) | 15% | Tasas mínimas históricas de ISR en el periodo. |
| 2008 - 2013 | 30% (promedio) | 16% (desde 2010) | Creación y aplicación de IETU e IDE. |
| 2014 - 2015 | 30% | 16% | Eliminación de IETU e IDE; homologación de IVA fronterizo. |
Evolución reciente y control fiscal (2020 - Presente)
Con el paso del tiempo, el control del Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre las personas morales se ha digitalizado y vuelto más riguroso.
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La regla 2.4.19., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2020 señala que las personas morales deberán presentar un aviso ante el RFC con el cual informarán el nombre y la clave del RFC de los socios o accionistas cada vez que se realice una modificación o incorporación, conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios o accionistas”, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto correspondiente ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente. Se debe anexar documento protocolizado y digitalizado en el que consten las modificaciones así como la incorporación de sus socios o accionistas.
Por su parte, el artículo Cuadragésimo Sexto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal 2020 precisa que las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC, deberán presentar el aviso antes referido, con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento. Finalmente, consideremos que a partir de 2020, los representantes legales, socios o accionistas de las personas morales con fines no lucrativos se encuentran obligados a solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
En el presente ciclo fiscal de 2026, el calendario impositivo mantiene una serie de hitos indispensables para la supervivencia de las empresas. El 31 de marzo de 2026 es la fecha límite general para que las personas morales presenten su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal 2025.
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