¿Te transferiste dinero a un familiar o recibiste una transferencia entre familiares y te preocupa el tema de los impuestos? Las reglas fiscales para los donativos y préstamos familiares son más sencillas de lo que parecen. Es importante entender las implicaciones fiscales de las donaciones y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en España.
Donativos entre Familiares y el SAT
Un donativo es básicamente un regalo de una persona (física o jurídica) a una causa benéfica o humanitaria. El SAT distingue entre ambos, y los donativos entre familiares directos (papás, hijos, abuelos) suelen estar exentos de impuestos. Sin embargo, los préstamos o los donativos entre hermanos o primos tienen sus reglas, y ahí es donde hay que saber la diferencia.
Aquí no hay escapatoria: si el monto de los donativos, préstamos o premios que recibes en un año rebasa los $600,000, tienes que avisarle al SAT. Además, entre cónyuges y familiares directos (como tus papás o hijos), el SAT dice: «todo bien, no hay problema». Pero si la transferencia es entre hermanos, solo está exenta si no pasa de tres veces la UMA (Unidad de Medida y Actualización). Si te pasas, ese extra sí paga impuestos.
Hermanos: Esta relación ya es más estricta. ¿Y si decides no declarar? Bueno, ponte cómodo, porque el SAT tiene varias maneras de complicarte la vida. ¿Y lo peor? Podrías terminar pagando más de lo que recibiste en el donativo.
Consejos Importantes:
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- Etiqueta tus transferencias: No le pongas «domingo» si estás recibiendo $50,000.
- Consulta a un experto: Si las reglas fiscales te suenan como chino básico, busca ayuda profesional.
Recuerda, más vale prevenir que andar pidiendo prestado para pagar multas. ¡Tú puedes!
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en España
En España, uno de los impuestos más importantes es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que se aplica a los productos y servicios, independientemente de que se ofrezcan en España o en el extranjero. El IVA se clasifica como un impuesto indirecto y es similar al impuesto sobre las ventas en otros países.
A diferencia de la mayoría de los impuestos directos, el IVA no depende de los ingresos de una persona, sino de factores relacionados con la transacción en sí, como el tipo de producto o servicio adquirido, que determinan las tasas de IVA aplicables. Cada país puede diseñar su propia normativa sobre el IVA, y existen mecanismos para facilitar la declaración de impuestos en toda Europa.
¿Qué son las tasas del IVA?
Las tasas del IVA son las tasas impositivas que se agregan al valor total de un producto o servicio.
¿Cuáles son las diferentes tasas de IVA en España?
El 28 de diciembre de 1992, España aprobó la Ley del IVA, en la que se detallaban las distintas tasas de IVA aplicables en el país según lo especificado por el Gobierno. Si bien las tres categorías definidas por la Ley del IVA (IVA estándar, reducido y superreducido) se mantuvieron sin cambios, el porcentaje asociado a cada tasa ha fluctuado con el tiempo. Por ejemplo, en 2012 se produjo un aumento significativo de las tasas de IVA en España. A pesar de las variaciones en los porcentajes de impuestos y los productos y servicios específicos asociados con cada tasa de IVA a lo largo del tiempo, las tres categorías de tasas de IVA que se enumeran a continuación se han mantenido constantes durante más de 30 años.
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Tipos de IVA en España
Existen tres tipos principales de IVA en España:
- IVA estándar: Se aplica a la mayoría de los bienes y servicios (21%).
- IVA reducido: Se aplica a productos y servicios específicos (10%).
- IVA superreducido: Se aplica a bienes de primera necesidad (4%).
IVA Estándar (21%)
De los tres tipos de IVA en España, el tipo de IVA estándar es el que se aplica con mayor frecuencia. Este impuesto se aplica a todos los bienes y servicios que no cumplen los requisitos para acogerse a las tasas de IVA reducido. La tasa general de IVA en España es del 21%.
La lista de productos y servicios a los que se aplica la tasa estándar del IVA en 2024 es muy extensa, por lo que hemos recopilado algunos de los más comunes:
- Vehículos (ya sean comprados nuevos de fábrica o en el mercado de vehículos usados)
- Productos de bricolaje, como taladros y clavos
- Artículos para el hogar (muebles, decoración, electrodomésticos, etc.)
- Bebidas (jugos de frutas, refrescos y todo tipo de bebidas alcohólicas)
- Artículos de moda, como zapatillas y camisetas
- Gasolina y otros combustibles
- Bienes intermedios utilizados en el proceso de fabricación de cualquier tipo de artículo vendido al consumidor final (como las materias primas). Hay que tener en cuenta que incluso los bienes intermedios utilizados en la producción de cualquier tipo de material para el sector sanitario tributan al tipo general del IVA.
- Servicios prestados por una empresa del sector funerario
- Eventos deportivos
- Servicios de estética o belleza (salones de tatuajes, peluquerías, centros de depilación, etc.)
- Dispositivos electrónicos (como teléfonos celulares, televisores y consolas de videojuegos)
IVA Reducido (10%)
Este tipo de IVA se aplica a una tasa inferior a la tasa general: se reduce del 21 % al 10 %. El tipo reducido de IVA solo podrá aplicarse a los servicios y productos que se detallan a continuación:
- Actividades culturales (visitar un museo, asistir a un concierto, utilizar una biblioteca, etc.)
- Agua utilizada para riego o alimento para humanos o animales
- Servicios de hostelería (hoteles, bares, etc.)
- Cualquier producto utilizado en la producción de alimentos para humanos o animales (alimentos para animales, etc.)
- Servicios públicos como electricidad, gas natural y cualquier combustible orgánico
- Transporte (vuelos internacionales, billetes de tren y metro, etc.)
- Productos farmacéuticos (curitas, vendas, gasas, etc.)
- Artículos de corrección de la visión (marcos y lentes de anteojos, lentes de contacto, solución para lentes de contacto, etc.)
- Obras de remodelación de casas o apartamentos (aunque el tipo reducido de IVA solo se aplica en determinados casos, según lo indicado por la OCU)
- Bienes raíces (incluyendo casas, apartamentos, depósitos y garajes)
- Productos del sector ganadero o agrícola (fertilizantes, piensos, insecticidas, etc.)
- Cualquier servicio de limpieza de una carretera, un jardín o un parque público
IVA Superreducido (4%)
El tercer y último tipo de IVA en España se conoce como IVA superreducido, en el que la tasa se reduce al 4 %. La legislación actual permite esta carga impositiva muy baja solo sobre los bienes que se consideran de primera necesidad. La lista de elementos es bastante corta:
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- Medicamentos de uso humano
- Medios físicos como revistas, libros y periódicos. Para poder acogerse al tipo de IVA del 4 %, al menos el 10 % de las ganancias deben proceder de la venta de la publicación en cuestión. Los ingresos procedentes de otras fuentes relacionadas, como la publicidad, no pueden superar el 90 % de los ingresos totales. Las publicaciones que consisten en publicidad en su totalidad no califican para esta tasa de IVA.
- Vehículos para personas con movilidad reducida (PMR) o con discapacidad
- Implantes, prótesis y sillas de ruedas
- Preservativos y productos de higiene femenina (protectores diarios, toalla femenina, etc.)
- Viviendas de protección oficial (VPO). El tipo de IVA superreducido se aplica tanto a la compra de un inmueble subvencionado como a los alquileres en los que el documento contractual incluye una opción de compra del inmueble en una fecha posterior.
- Servicios solicitados por personas dependientes (también conocidos como "teleasistencia")
Hay que tener en cuenta que, si bien los tres tipos de IVA (general, reducido y superreducido) se han mantenido sin cambios en los últimos años, los porcentajes asociados a cada tipo pueden fluctuar en función de las circunstancias políticas y sociales, y de la situación económica actual. Por lo tanto, debes consultar los tipos de IVA vigentes con una fuente confiable como la Agencia Tributaria, que también describe excepciones específicas sujetas a una tasa de IVA del 0 % o del 5 %.
Tasas del IVA en Melilla, Ceuta y las Islas Canarias
Los tres tipos de IVA descritos anteriormente se aplican a la mayor parte de España (todo el territorio español en la Península Ibérica y las Islas Baleares), pero en determinadas zonas no hay IVA. Esto no significa que los productos y servicios estén exentos de impuestos en estas áreas, sino que hay una diferencia en el nombre (IPSI e IGIC), la tasa y otros aspectos relevantes.
IPSI
En Melilla y Ceuta no hay IVA. En cambio, se aplica el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI). Todos los servicios están sujetos a este impuesto. Sin embargo, en el caso de los productos, el impuesto solo se aplica si la entrega se realiza directamente por los propios productores o fabricantes.
A diferencia del IVA, estas dos ciudades autónomas tienen seis tasas del IPSI diferentes. La tasa mínima es del 0.5 %, mientras que la tasa máxima es del 10 %. Estas tasas han ido cambiando desde la entrada en vigencia de la ley que regula el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y las Importaciones en 1991.
IGIC
Las Islas Canarias no utilizan el IVA, sino que aplican su propio impuesto indirecto: el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). La tasa general es del 7 %, y hay otras cinco tasas diferentes que van desde el 0 % hasta el 20 %.
IVA para autónomos y empresas
Toda factura que emitas a un particular o empresa en España debe incluir el IVA. Para cobrarlo, el cliente final paga a la empresa el importe adecuado de IVA, y luego es responsabilidad de la empresa remitir el IVA recibido a Hacienda de manera trimestral. Este proceso no se aplica a los profesionales de determinados sectores, como la educación, el arte, las finanzas, los seguros y los servicios postales o de mensajería.
Para reclamar una devolución, debes liquidar este impuesto completando varios formularios:
- Formulario 303: En este documento se registra el importe del IVA soportado y repercutido durante el trimestre anterior.
- Formulario 349: Al igual que el Formulario 303, este documento trimestral registra el IVA de las operaciones intracomunitarias.
- Formulario 390: Este documento es un resumen anual del IVA total recaudado durante el año.
IVA repercutido e IVA soportado
El IVA repercutido se refiere al IVA pagado por los clientes en cada factura emitida tras la venta de un producto o la prestación de un servicio. El IVA soportado, por su parte, se refiere al IVA que pagan los autónomos y las empresas por la adquisición de bienes o servicios imprescindibles para el desarrollo de su actividad profesional. Al presentar la declaración trimestral, el IVA soportado se resta del IVA repercutido para determinar el importe final adeudado.
¿Qué transacciones están exentas de IVA?
La Agencia Tributaria define los casos específicos que califican para la exención del IVA. En el caso de las primeras, a pesar de no tener que pagar ningún IVA, deberían incluirse en tu declaración trimestral de IVA (mediante el formulario 303) porque sí representan un hecho imponible. Si bien, en papel, deberían tener aplicada una tasa impositiva, la legislación actual las clasifica como excepciones en las que no se exige el pago. Por otro lado, las transacciones sin IVA no están relacionadas con un hecho imponible, lo que significa que no se incluyen en la declaración de IVA (aunque sí es necesario incluirlas en el formulario 347 para operaciones con terceros). Estos son algunos ejemplos de transacciones sin IVA:
- Muestras, folletos y otros artículos promocionales gratuitos
- Servicios prestados gratuitamente por una empresa con fines promocionales para demostrar sus actividades y resultados a clientes potenciales
- Compensación no monetaria para los empleados, como un automóvil de la empresa o vales de restaurante
- Beneficios proporcionados gratuitamente a uno o más empleados en virtud de los términos de un acuerdo de negociación colectiva
Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es aquel que grava la transmisión de bienes y/o derechos entre personas físicas. La Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, define como sucesión la “adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio“. Estaríamos ante una donación si ese bien se transmite intervivos (en vida).
Plazo para pagarlo
El contribuyente dispone de un plazo de 6 meses para pagar este tributo. El período empieza a contar desde el fallecimiento. Aunque existe la posibilidad de solicitar una prórroga del impuesto de sucesiones de otro medio año más, pero siempre que se soliciten durante los 5 primeros meses. Aunque se conceda esta prórroga, el usuario tendrá que pagar el interés de demora correspondiente.
Para pagar este tributo, deberás rellenar el Modelo 650, en el que cada heredero va a tener que cumplimentar una hoja.
¿Quién debe hacer frente a este impuesto?
Este impuesto de sucesiones tendrá que ser liquidado por todos los herederos. Es un tipo de impuesto personal, así que será el propio heredero quien pague este tributo en el plazo señalado. Eso sí, cuando el heredero renuncia a la herencia, a través de un documento público, no debe liquidar este impuesto, puesto que no recibe bienes.
Son tres las características que definen al impuesto de sucesiones:
- Es progresivo: cuanto mayor es el valor de lo heredado, mayor será el importe del tributo, aunque siempre dentro de la escala 7,65-34%.
- Directo: esto es así porque los impuestos indirectos en España se aplican sobre los beneficios y las posesiones.
- Transferido a las Comunidades Autónomas: en la práctica, esto supone una enorme disparidad entre lo que se paga por este tributo en cada autonomía.
¿Dónde se paga el Impuesto de Sucesiones?
Debe liquidarse en la comunidad autónoma en la que el fallecido tuviera su residencia habitual, que no necesariamente se corresponde con el último domicilio. Es decir, se trata de la residencia en la que se hubiera habitado en los últimos cinco años. En el caso del País Vasco y Navarra, basta con que sea un año.
En el caso que no fuera determinar la residencia habitual, se entenderá por esta el lugar en el que el fallecido tuviera su principal centro de intereses. Se considera como tal el territorio donde obtenía la mayor parte de la base imponible del IRPF, incluyéndose los ingresos por trabajo y/o actividades profesionales, empresariales o económicas, y los bienes inmuebles.
Coeficiente multiplicadores y cuota tributaria
La cuota tributaria por este impuesto se va a obtener aplicando a la cuota íntegra, el coeficiente multiplicador en función de la cuantía de los tramos patrimoniales preexistentes, conforme a lo previsto en la Ley 21/2001, de 27 de diciembre. En ella, se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, hayan sido aprobados por la Comunidad Autónoma y del grupo, según el grado de parentesco, tal y como señala el artículo 20.
