El UUID o Folio Fiscal es un componente esencial de las facturas electrónicas desde que se hicieron obligatorias en 2014. Cada CFDI emitido debe tener un UUID para tener identidad y ser válido para la comprobación fiscal.
¿Qué es el UUID y por qué es importante?
En México, el UUID es el equivalente al Folio Fiscal, que antes se entregaba directamente a los contribuyentes. Hoy en día, se solicita a los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), quienes tienen la autoridad de asignarlo al validar los documentos. El objetivo del Folio Fiscal es identificar los comprobantes fiscales para prevenir fraudes y falsificaciones. El Folio Fiscal se encuentra dentro de los datos del emisor o en la parte de los datos de identificación del Comprobante Fiscal y se puede encontrar en la cadena XML.
¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente?
De acuerdo con la normatividad vigente, todos los contribuyentes, tanto personas físicas como morales, están obligados a emitir factura electrónica en la versión 4.0 del CFDI, que es el único formato con validez fiscal actualmente. Los CFDI deben emitirse por todos los actos o actividades que se ejecuten, por los ingresos que se perciban, los pagos de salario e ingresos asimilados que se realicen, el transporte de bienes o mercancías, así como por las retenciones de contribuciones que se efectúen.
El marco regulatorio para facturación electrónica se encuentra definido en el Código Fiscal de la Federación (CFF), artículos 29 y 29-A; y en los Anexos 20 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente. A través de un PAC autorizado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se puede realizar la emisión y certificación de cualquier CFDI, validarlos, asignarles el folio fiscal e incorporarles el sello digital. Asimismo, se encargan de enviar al SAT, copia de los CFDI que les certifiquen.
Requisitos para emitir CFDI
Para emitir Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI) se requiere:
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- La e.Firma.
- El Certificado de Sello Digital (CSD).
- Tener acceso a Internet.
La e.firma, antes FIEL (Firma electrónica avanzada), es un conjunto de datos y caracteres que permite la identificación de la persona firmante. Durante el proceso para su obtención, el SAT recaba datos biométricos (de identidad) con la finalidad de garantizar el vínculo entre el certificado de e.firma y su titular.
El Certificado de Sello Digital (CSD) es un documento electrónico mediante el cual una autoridad de certificación garantiza la vinculación entre la identidad de una persona física o moral y su clave pública. Es expedido por el SAT (a cada contribuyente que lo requiera) para firmar digitalmente las facturas electrónicas o CFDI que se emitan; y tiene una vigencia de 4 años contados a partir de su fecha y hora de generación.
Tipos de CFDI
Los tipos de CFDI especificados en el esquema de factura (Anexo 20 - CFDI versión 4.0 y Retenciones 2.0) vigente publicado por el SAT son:
- Comprobantes de Ingresos (I): Se generan por prestación de servicios, arrendamiento, honorarios, donativos recibidos, enajenación de bienes y mercancías (incluyendo la enajenación que se realiza en operaciones de comercio exterior), etc.
- Comprobantes de Egreso (E): Amparan devoluciones, descuentos y bonificaciones para efectos de deducibilidad y también pueden utilizarse para corregir o restar un comprobante de ingresos en cuanto a los montos que documenta, como la aplicación de anticipos. Estos comprobantes son conocidos como notas de crédito.
- Comprobantes de Traslado (T): Para amparar el transporte, la legal tenencia y estancia de las mercancías objeto del transporte durante su trayecto en territorio nacional. También pueden usarse para documentar operaciones de transporte de mercancías al extranjero.
- Comprobantes de Nómina (N): Son CFDI´s a los que se les incorpora el complemento recibo de pago de nómina, los cuales deben emitirse por los pagos realizados por concepto de remuneraciones de sueldos, salarios y asimilados a estos, son una especie de facturas de egresos.
- Comprobantes de Pago (P): Son CFDI´s que incorporan un complemento para recepción de pagos, los cuales deben emitirse en los casos de operaciones con pago en parcialidades o cuando al momento de expedir el CFDI no se reciba el pago de la contraprestación y facilita la conciliación de las facturas contra pagos.
- CFDI de retenciones e información de pagos: Se expiden para informar de la realización de retenciones de impuestos; incluyendo el caso de pagos realizados a residentes en el extranjero para efectos fiscales y las retenciones que se les realicen.
Validación de facturas
La validación de un CFDI es un proceso importante a la hora de emitir comprobantes fiscales. Este proceso es requerido para comprobar que cierta operación fiscal se ha llevado a cabo, ya sea de una adquisición realizada o prestación de servicios. Con la llegada de la factura electrónica 4.0, se han incrementado algunos datos que deben contener los CFDI para ser considerados válidos ante el SAT.
¿Cómo saber si una factura es válida?
Para saber si una factura es válida, es esencial verificar que contenga todos los datos requeridos por el SAT y que haya sido emitida por un PAC autorizado. Verifica que el archivo XML de tu proveedor sea válido.
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¿Es obligatorio validar una factura o CFDI?
Sí, de conformidad con la regla 2.7.1.1 de la RMF vigente, los contribuyentes que emitan y reciban comprobantes fiscales (CFDI) deberán conservar copia de los mismos; almacenándolos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.
Cancelación de CFDI
Los emisores que requieran cancelar un comprobante deberán enviar la solicitud de cancelación a través del Portal del SAT o de los servicios de un Proveedor de Certificación, indicando el motivo de cancelación; independientemente de la versión en que se haya emitido el CFDI (3.3 o 4.0). Desde el 1 de noviembre de 2018, todos los CFDI que se requieran cancelar entran al esquema de aceptación del receptor para cancelarlos.
Casos en los que se puede cancelar un CFDI sin aceptación del receptor
Podrá cancelarse un CFDI sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
- Cuando amparen montos totales de hasta $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.)
- Por concepto de Nómina
- Por concepto de Egresos
- Por concepto de Traslado
- CFDI´s de ingreso expedidos a contribuyentes del RIF
- Que amparen retenciones e información de pagos
- Expedidos en operaciones con el público en general
- Emitidos a residentes en el extranjero
- Cuando la cancelación se realice dentro del día hábil siguiente a la emisión
- CFDI´s a través del adquirente y sector primario
- Son emitidos por integrantes del sistema financiero
- Emitidos por la Federación por concepto de DPA (Derechos, Productos y Aprovechamientos)
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