El PTU, o Participación de los Trabajadores en las Utilidades, es un derecho laboral en México que permite a los empleados recibir una parte de las ganancias netas que genera la empresa donde trabajan.
El PTU, o Participación de los Trabajadores en las Utilidades, es básicamente una tajada del pastel que tienen derecho a recibir todos los empleados cuando la empresa tiene buenos resultados. En pocas palabras, si tu empresa gana, tú ganas.
El PTU (o como dirían en la oficina: «tu bonus de fin de año si nos fue bien») no es más que un derecho que tienen los empleados en México para recibir parte de las ganancias que generó su empresa durante el año. Es como decir: “Gracias por tu esfuerzo, aquí tienes una probadita de las utilidades”.
Fundamento Legal del PTU
La obligación de pagar la PTU está respaldada por la ley. Lo establecen el artículo 123 de la Constitución Mexicana y el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) es una de las prestaciones laborales más antiguas de México, prácticamente está previsto en la Constitución desde su promulgación en 1917. Es un derecho laboral, que tiene un componente fiscal, ya que la obligación se genera con las ganancias reportadas por las compañías en su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Quiénes deben repartir utilidades?
Todas las empresas que se dedican a producir o vender bienes y servicios, y que tienen empleados, deben repartir utilidades. Esto incluye tanto a personas físicas como a empresas grandes o chicas, sin importar si pagan impuesto sobre la renta.
¿Cómo se calcula el PTU?
El cálculo de la PTU parte de las utilidades netas que recibe una empresa al final del año fiscal. De esa utilidad, la ley obliga a repartir el 10% entre los trabajadores.
El reparto de utilidades no es tan fácil como decir “a todos parejo”. Aquí el contador de la empresa saca la calculadora y se pone a trabajar. En resumen, mientras más días chambeaste y más ganabas, más te toca. ¿Justo, no?
Del 10% de las ganancias, las empresas separan dos cantidades por igual, la primera parte se reparte por igual entre los trabajadores considerando el número de días laborados; la otra parte, se divide proporcionalmente con base en el salario percibido.
Con la reforma de subcontratación (outsourcing) se incorporó un tope de tres meses o el promedio de los últimos tres PTU recibidos, se paga la cantidad más alta. Cabe destacar que se trata de un límite, no un mínimo; es decir, no existe una obligación de otorgar un reparto de utilidades equivalente a tres meses, sino que en caso de que el monto exceda ese umbral, puede toparse.
La LFT establece tres criterios para individualizarlo: días trabajados, salario percibido y tope de tres meses o el promedio de los últimos tres pagos recibidos.
¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?
Tienen derecho a recibir PTU todos los trabajadores que hayan prestado un servicio personal subordinado, en otras palabras, personas que laboren bajo las órdenes de un patrón y reciban un salario a cambio.
Extrabajadores, es decir, personas que ya no laboran en la empresa, pero que trabajaron al menos 60 días en el ejercicio fiscal anterior.
Si trabajaste al menos 60 días durante el año en que la empresa generó utilidades, puedes recibir PTU, aunque ya no trabajes ahí cuando se pague.
A diferencia del aguinaldo, el reparto de utilidades contempla excepciones. No participan en él directores, administradores y gerentes generales de las empresas, fuera de esos roles, todos los trabajadores tienen derecho a recibirlo, incluso las trabajadoras con licencia de maternidad o empleados con incapacidad temporal por riesgo de trabajo, los días que están ausentes del centro de trabajo se considera como tiempo activo para el cálculo de la prestación.
En el caso de empleados de confianza, el monto que reciben dependerá si su remuneración es superior al salario más alto de un trabajador sindicalizado o de planta, si este es el caso, se considerará este sueldo aumentado al 20% como salario máximo para calcular el PTU. El personal eventual participa en las ganancias de la empresa sólo cuando haya laborado sesenta días durante el año.
¿En qué casos no se reparte el PTU?
Hay varias situaciones donde no te va a tocar PTU, y no es porque la empresa sea tacaña:
- Empresas que llevan menos de un año en funcionamiento.
- Instituciones de asistencia privada.
- Empresas con menos de 10 trabajadores.
Y si eres director, administrador o tienes un contrato por honorarios, sorry, no te toca nada.
También hay empresas exceptuadas de pagar PTU, la legislación laboral contempla los siguientes casos:
- Empresas de nueva creación y en su primer año de operaciones
- Empresas de nueva creación y que se encuentran en la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento
- Empresas de la industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración
- Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
Fechas importantes del PTU
La fecha límite para recibir el pago de PTU es el 31 de mayo, esto es así ya que la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual regula la prestación, otorga un plazo de 60 días a las empresas a partir del 31 de marzo, fecha límite para presentar la declaración anual, para cumplir con la obligación.
El reparto de utilidades se debe hacer dentro del año siguiente a cuando se generaron las ganancias.
Lo bonito del PTU es que tiene una fecha de caducidad: el 30 de mayo si trabajas en una empresa, o el 29 de junio si trabajas con una persona física con actividades empresariales.
¿Qué hacer si no recibes el PTU?
Si ya pasó mayo (o junio) y el dinero no ha llegado a tu cuenta, no te quedes esperando a que «milagrosamente» aparezca. Lo más sensato es ir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) y presentar una queja. Ellos te pueden ayudar a recuperar lo que te corresponde por ley.
Si la empresa no realiza el pago de PTU, incurre en una falta legal con una multa de 250 a 5,000 UMA, como lo establece el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.
La Ley Federal del Trabajo también contempla incumplimientos en las reglas del PTU, las sanciones van de los 22,628 a los 565,700 pesos, la multa puede fijarse por cada trabajador afectado.
El PTU y los Impuestos
¡Ah, pero cuidado! Ahora, hablemos del tema que siempre asusta: los impuestos. Dependiendo de cuánto te toque, es posible que se apliquen retenciones de impuestos. No te asustes si ves que no recibes todo lo que esperabas; parte de eso se va directo al gobierno. Pero, ¿qué se le va a hacer?
El PTU en el trabajo de plataformas digitales
El diciembre del año pasado se promulgó la reforma para regular el trabajo en plataformas digitales, un nuevo capítulo en la LFT para reconocer derechos y obligaciones de las personas que laboran a través de aplicaciones. Además de las reglas para el acceso a la seguridad social, la reforma reconoce el derecho al PTU y establece disposiciones específicas para el pago de la prestación en esta modalidad de trabajo.
La participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) será aplicable a repartidores y conductores cuando superan las 288 horas anuales de servicio, contabilizadas con tiempo efectivo de trabajo.
De acuerdo con el STPS, el promedio de 288 horas es resultado de un factor de 0.75 de actividad efectivamente laborada; es decir, 45 minutos efectivos de trabajo por cada hora de conexión (los 15 minutos restantes equivalen tiempos de espera). Si esto se equipara a una jornada laboral tradicional de ocho horas, el tiempo efectivo laborado es de seis horas por día, 36 horas por semana y 144 por mes. En este caso, se mantiene el criterio de un trabajador eventual, el cual recibe PTU cuando haya prestado servicios por sesenta días (dos meses), eso se equipara a 288 horas anuales para repartidores y conductores.
Beneficios adicionales del PTU
Además del beneficio más obvio (¡dinero, dinero!), el PTU refuerza la sensación de que tu esfuerzo vale. ¿A poco no se siente bien saber que lo que haces tiene un impacto real en los resultados de la empresa? Es una recompensa que va más allá del cheque quincenal.
Más allá del cumplimiento legal, Salvador de Antuñano, director de Recursos Humanos de Adecco México, considera que el PTU es una muestra de una buena salud en las finanzas de la empresa y una oportunidad para que las compañías fortalezcan los lazos con sus colaboradores. “Es una gran oportunidad para reconocer el esfuerzo y compromiso de los equipos de trabajo, y que nuestros colaboradores se sienten motivados y comprometidos con el crecimiento de la empresa. Ayuda a solidificar la cultura organizacional de la empresa al mismo tiempo que vela por el bienestar del equipo que trabaja para ella”, señala.
El directivo asegura que el contexto actual posiciona el cuidado del talento como una necesidad de negocio, y en ese sentido, el reparto de utilidades es una oportunidad para que las personas se sientan valoradas.
Salvador de Antuñano recomienda acompañar el pago de una estrategia de fidelización de talento que “incluya una comunicación clara, educación financiera o incluso retroalimentación respecto a los objetivos comunes de las áreas de trabajo”.
Datos de OCC muestran que el PTU es una prestación que juega un papel clave para la permanencia de las personas en una empresa, principalmente en puestos operativos, dada su relevancia que tiene en las finanzas personales, tres de cada 10 trabajadores planean ahorrar o invertir ese recurso. “Para el 33% de quienes ocupan puestos operativos y el 31% de analistas, asistentes y auxiliares sí es determinante para seguir en su trabajo.
Ya lo sabes, el PTU no es un favor, es tu derecho. Si tu empresa está en la lista de las que deben repartir utilidades, no dudes en reclamar lo que es tuyo.
