¿Qué es el Compliance y por qué es vital para las empresas?
En un mundo globalizado y con una creciente complejidad normativa, las empresas enfrentan el desafío de cumplir no solo con sus metas financieras, sino también con un marco legal que se vuelve cada vez más exigente. En este contexto surge la figura del compliance, entendido como la capacidad de una organización para cumplir de manera íntegra con las disposiciones legales, regulatorias y éticas que le son aplicables.
La palabra compliance proviene del verbo inglés to comply, que significa “cumplir” o “acatar”. En términos corporativos, el compliance se refiere al conjunto de políticas, procedimientos y controles internos diseñados para garantizar que una organización actúe conforme a las leyes, regulaciones y estándares éticos aplicables. El origen del compliance moderno puede rastrearse a la segunda mitad del siglo XX, particularmente en los Estados Unidos. Tras diversos escándalos corporativos relacionados con corrupción y fraudes financieros, los gobiernos comenzaron a exigir a las empresas la creación de programas de cumplimiento normativo. Con el tiempo, el concepto se expandió hacia otros ámbitos -medioambiental, laboral, de derechos humanos, anticorrupción, fiscal- convirtiéndose en una herramienta esencial de gobernanza corporativa y gestión de riesgos.
El compliance fiscal es la aplicación del modelo de cumplimiento normativo al ámbito tributario. Implica que una organización implemente políticas, procedimientos y controles internos encaminados a garantizar que su comportamiento en materia impositiva se apegue a la legislación fiscal vigente, tanto a nivel nacional como internacional. El compliance tributario o cumplimiento tributario, tax compliance en inglés, es el conjunto de prácticas y acciones que una organización realiza para garantizar el debido cumplimiento de todas sus obligaciones fiscales de acuerdo con la normativa tributaria aplicable.
La Importancia de Implementar un Compliance Tributario
Las empresas tienen que tener bajo control el riesgo fiscal por diferentes motivos, destacando, por su importancia, el evitar que se puedan derivar responsabilidades a los administradores de la sociedad por no aplicar la diligencia debida. El compliance tributario es mucho más que una obligación administrativa: constituye una herramienta estratégica de gestión empresarial.
Entre los beneficios clave de su implementación se encuentran:
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- Evitar o minimizar el riesgo de sanciones y multas: El incumplimiento de las obligaciones fiscales puede acarrear importantes sanciones por parte de la Agencia Tributaria. El compliance tributario reduce el riesgo de tener que afrontar sanciones en materia fiscal y puede suponer que cualquier error en las obligaciones fiscales no sea interpretado con ánimo defraudatorio por parte de la Agencia Tributaria.
- Mejorar la reputación empresarial: Cumplir con las leyes fiscales demuestra responsabilidad y transparencia. Esto puede mejorar la reputación de la empresa, generando confianza entre los clientes, proveedores y socios comerciales.
- Se minimiza el riesgo de responsabilidad penal: Las organizaciones pueden incurrir en responsabilidad penal por un deficiente control de sus riesgos fiscales, de forma que pueden ser acusadas de un delito contra la Hacienda Pública si incumplen de forma grave con sus obligaciones fiscales.
- Se limita el riesgo de los administradores: Al ser un medio de prueba adicional para demostrar la diligencia debida por parte de los administradores, además de limitarse el riesgo sancionador en el ámbito tributario, también se limita el riesgo de una eventual responsabilidad subsidiaria de la deuda tributaria por parte de los administradores.
- Eficiencia administrativa.
- Acceso a mejores oportunidades de negocio.
- Prevención de delitos fiscales.
En un entorno donde el fisco federal ha endurecido la vigilancia (con revisiones electrónicas, facturación electrónica obligatoria y mayores sanciones a la evasión) el compliance fiscal se vuelve indispensable para la sostenibilidad a largo plazo de las organizaciones.
Consecuencias de No Contar con un Sistema de Compliance Tributario
Los riesgos de no contar con un programa de cumplimiento fiscal pueden comprometer la viabilidad misma de las organizaciones. Las empresas tienen que tener bajo control el riesgo fiscal. En el ámbito del riesgo tributario, las organizaciones pueden incurrir en responsabilidad penal materializándose en delito contra la Hacienda Pública. Las reformas del Código Penal, Ley 5/2010 y Ley 1/2015, y la última de 2019 establecen la responsabilidad penal para las personas jurídicas. Pero también pueden incurrir en sanciones administrativas y en el ámbito mercantil. La Ley de Sociedades de Capital establece como una de las facultades indelegables de los órganos de administración la determinación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales.
Las principales consecuencias de un incumplimiento tributario incluyen:
- Multas y recargos.
- Créditos fiscales elevados.
- Inhabilitación para contratar con el gobierno.
- Riesgo penal para socios y/o directivos.
- Daño reputacional. Por el contrario, figurar en la lista de deudores de Hacienda puede precipitar el fin de cualquier negocio.
- Pérdida de competitividad internacional.
Elementos Fundamentales del Compliance Tributario
La implementación efectiva del compliance tributario se basa en una serie de pilares esenciales que garantizan el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales:
- Comprender las leyes y regulaciones tributarias: Es fundamental comprender y saber aplicar las normas tributarias que afectan a la empresa.
- Mantener una contabilidad que represente la imagen fiel de la sociedad: La contabilidad es la base de importantes liquidaciones tributarias, como el impuesto sobre sociedades y el IVA. Por ello, es importante que esté libre de errores significativos que puedan alterar el resultado de las liquidaciones tributarias de la empresa.
- Definir un calendario de obligaciones fiscales: Es importante presentar las declaraciones tributarias en los plazos establecidos. Esto evitará que se impongan sanciones fiscales e intereses de demora.
- Contar con un tax compliance officer o un órgano de compliance tributario: Será el encargado de aprobar y publicar la política de compliance tributario y de definir los procesos de diligencia debida con empleados, proveedores y socios de negocio. En empresas más pequeñas esta figura puede ser desempeñada por un asesor fiscal externo.
- Definir una política de compliance tributario: En ella se deben definir los compromisos y objetivos en relación con el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la empresa.
- Contar con un software de gestión contable y fiscal que cumpla con la Ley antifraude y permita la automatización de los procesos contables: El software de gestión de la empresa debe impedir la alteración y anulación de facturas y la llevanza de contabilidades paralelas.
Otros aspectos cruciales incluyen:
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- Prevención y detección de riesgos fiscales.
- Diseño de controles internos.
- Ética tributaria corporativa.
- Relación con las autoridades fiscales.
- Cumplimiento en tiempo y forma de declaraciones y pagos.
- Correcta emisión y recepción de CFDI.
- Cumplimiento en materia de retenciones y pagos provisionales.
- Prevención de operaciones simuladas (art. 69-B CFF).
- Implementación de políticas internas de documentación.
- Uso de sistemas de control interno.
La Norma UNE 19602: Un Marco para la Gestión del Compliance Tributario
Hace ya un año de la publicación de la Norma UNE 19602 Sistemas de gestión de compliance tributario. Requisitos con orientación para su uso que ayuda a las organizaciones a prevenir y gestionar sus riesgos tributarios, sobre los que hay que realizar un especial control. Disponer de un sistema de gestión de compliance tributario basado en la Norma UNE 19602 ayuda a las organizaciones a prevenir y reducir las contingencias tributarias, ya que garantizar que no vayan a producirse es muy complicado porque el riesgo cero no existe.
Estructura y Gobernanza
Los elementos clave que debe tener en cuenta una organización para implementar un Sistema de Compliance Tributario según la Norma UNE 19602 son varios:
- En primer lugar, debe establecer un órgano de compliance tributario designado por el Órgano de Administración de la organización como máximo garante de supervisión, vigilancia y control del sistema de gestión de compliance tributario.
- Después, hay que aprobar una Política de Compliance Tributario por parte de los Órganos de Gobierno que establezca los compromisos de la organización en esta materia, sirviendo de base para la mejora continua.
- Asimismo, se deben definir los objetivos de la organización en términos de mejora continua, por lo que será necesaria su planificación indicando claramente cuál es la mejora que se quiere lograr, designación de responsabilidades y recursos para alcanzarlos, y plazos de consecución con independencia del órgano de compliance tributario.
- La Política de Compliance Tributario tiene que comunicarse a todos los miembros de la organización, o bien ponerse a su disposición. La Norma UNE 19602 indica que también tiene que estar a disposición del resto de partes interesadas, especialmente de aquellas con un nivel de riesgo mayor. Habitualmente, las organizaciones suelen publicar su Política de Compliance Tributario en la web externa.
- Asimismo, es necesario definir los roles y responsabilidades de aquellas funciones relacionadas con el Sistema de Gestión de Compliance Tributario, así como de las competencias para estas funciones. Hay que tener en cuenta que no solo se refiere a la Dirección Fiscal, sino también a otras áreas o direcciones involucradas en el Sistema de Gestión.
Identificación y Evaluación de Riesgos Tributarios
La identificación de los riesgos tributarios es otro aspecto fundamental. Al realizar esta identificación de riesgos hay que tener en cuenta el análisis del contexto de cada organización. Asimismo, hay que evaluar los riesgos tributarios identificados definiendo una metodología en términos objetivos. La Norma UNE 19602 no determina una concreta, pero indica que la organización deberá tener en cuenta la probabilidad de que ocurran estos riesgos y las consecuencias (que pueden ser económicas, legales o administrativas).
Además, señala como norma de referencia a la hora de realizar la evaluación de estos riesgos la UNE-ISO 31000:2018 Gestión del riesgo. Directrices. Es necesario priorizar los riesgos en función del resultado de esta evaluación. De esta forma se podrá definir cuál es el umbral del riesgo aceptable o asumible de la organización para poder tomar medidas sobre aquellos que lo superen. Se deben establecer controles sobre las sociedades controladas y no controladas por la organización. Por lo general, en aquellas sociedades sobre las que se tiene control se puede requerir la implementación de un Modelo de Compliance Tributario, o bien la adhesión al propio sistema de la organización.
La herramienta ofrecida por la Ley 27.401, es el mapa de riesgos, que en conjunto con las leyes tributarias específicas permiten determinar el grado de exposición, para tomar acciones correctivas. El presente artículo tiene como objetivo explorar la posibilidad de utilizar la metodología con la que se analizan los riesgos de compliance penal en la Resolución 27/2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para aplicarla al análisis de riesgos tributarios. Para ello, se realizó una investigación de tipo documental, de alcance descriptivo, mediante la revisión normativa de la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, la Resolución 27/2018 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como normas específicas, las Leyes 11.683 y 27.430, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, y las Ordenanzas Municipales de Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Merlo, Moreno y Morón. Se encontró que los riesgos tributarios pueden ser analizados siguiendo los lineamientos planteados en Resolución 27/2018 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conformando un mapa de riesgos.
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Es muy importante la formación y sensibilización de todo el personal de la organización respecto a la política y resto de requisitos del sistema de gestión.
Medidas de Diligencia Debida
Por otra parte, hay que establecer medidas de diligencia debida con personal de la organización y con aquellos socios de negocio, transacciones, proyectos, etc., más expuestos al riesgo tributario. Para ello, se determinarán procedimientos para poder analizar estos riesgos. Para los primeros solo será necesario entregar o comunicar la Política de Compliance Tributario, así como informarles de la necesidad de denunciar ante sospechas de incumplimientos del sistema de gestión y la inexistencia de represalias si las denuncias son de buena fe. En este sentido, la norma indica recomendaciones en el Anexo A como, por ejemplo, verificar los datos de su curriculum vitae solicitando referencias o definir la periodicidad con las que este personal va a ratificar su compromiso de cumplimiento de la Política de Compliance Tributario.
Pero no solo hay que establecer procesos de diligencia debida con el personal, sino también con los socios de negocio (proveedores, consultores, abogados, UTE, etc.), transacciones, proyectos, etc. El Anexo A de la Norma UNE 19602 ofrece recomendaciones de cómo realizar estos procesos, como recabar información sobre los posibles socios (noticias adversas en medios sobre materia tributaria) o de los proyectos (financiación del proyecto, socios, países implicados, etc.).
Canales de Denuncia y Gestión de Incumplimientos
Otro aspecto que hay que establecer son canales de denuncia que permitan tanto la denuncia anónima como la confidencial ante posibles incumplimientos de la Política de Compliance Tributario o de otros requisitos del sistema de gestión de la organización. Asimismo, hay que definir un procedimiento de funcionamiento de los canales y llevar a cabo investigaciones de las denuncias.
Relacionado con el canal y las investigaciones, la organización tiene que determinar un sistema disciplinario ante incumplimientos de la Política de Compliance Tributario o del resto de requisitos del sistema de gestión, teniendo en cuenta siempre que prevalece la legislación laboral. Sobre los reportes, la norma indica que el órgano de compliance tributario, la alta dirección y los Órganos de Gobierno deben estar informados sobre el desempeño del sistema de gestión. Por su parte, la alta dirección realizará una revisión del sistema, analizando toda la información que le reporten, tomando decisiones respecto a la eficacia del sistema, adecuación de los recursos y definiendo acciones de mejora, cambios en la documentación del sistema de gestión, etc.
La Cultura de Cumplimiento y la Relación Cooperativa
La certificación AENOR de Sistemas de Gestión de Compliance, y concretamente del tributario, vienen a demostrar una cultura de cumplimiento de las organizaciones a través de todos los aspectos explicados anteriormente. El objetivo es que sean conscientes de la importancia de este sistema y de que su responsabilidad recae en toda la organización, no sólo de la Función Fiscal o del órgano de compliance fiscal.
Es importante tener en cuenta el concepto de relación cooperativa con la Administración tributaria y las buenas prácticas tributarias. Todos estos aspectos pueden demostrar un cambio en la relación de la empresa española con la Administración tributaria similar a la que mantienen otros países como Australia, Holanda o Reino Unido, donde se clasifica a los contribuyentes teniendo en cuenta si la organización dispone de un sistema de compliance fiscal que ayude a gestionar o no sus riesgos en este ámbito.
Asimismo, Luis Cazorla González-Serrano, Socio-Director, encargado de clausurar la jornada, destacó que la cultura del cumplimiento no debe solo poner el foco en la preocupación de la comisión de un delito o infracción tributaria, sino en que la empresa tenga un valor añadido superior, que es querer hacer las cosas bien. En este sentido, afirmó que las actuaciones en el ámbito de la certificación de compliance tienen una perspectiva clara: la diligencia del gestor y del administrador. Por su parte, Juan Valderas, Managing Director de Álvarez & Marsal, destacó que las organizaciones dan cada vez más relevancia a la función de compliance.
El riesgo fiscal es uno de los que toda organización ha de tener cada vez más en cuenta en su actividad diaria. La implantación del sistema de cumplimiento tributario debidamente certificado por una entidad que pueda hacerlo, junto a lo señalado, tiene la ventaja de acreditar la buena fe y la diligencia de quien haya obtenido la certificación frente a las actuaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La gestión de las contingencias tributarias es una necesidad estratégica que busca mitigar las consecuencias no deseadas del incumplimiento, trabajando para ello, con una adaptación de las herramientas que provee el compliance penal, para hacer frente a un sistema tributario de por sí complejo.
El Rol de la OCDE en el Compliance Fiscal
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha sido un actor clave en la promoción del compliance fiscal a nivel global. A través de su Foro de Administración Tributaria, la OCDE ha impulsado el modelo de cumplimiento cooperativo, que busca establecer una relación de confianza entre las autoridades fiscales y los contribuyentes.
Los principios fundamentales de este modelo son:
- Transparencia mutua.
- Prevención más que sanción.
- Gestión de riesgos.
- Uso de tecnología.
La postura de la OCDE reafirma que el compliance fiscal es una tendencia internacional orientada a construir sistemas tributarios más transparentes, equitativos y sostenibles. Su correcta implementación se vuelve esencial frente a un sistema tributario complejo y una autoridad fiscal con crecientes facultades de fiscalización.
