Todo lo que debes saber sobre exenciones fiscales y obligaciones al heredar una casa: ¡No pagues de más!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Heredar una casa en México es un proceso que genera muchas dudas legales y financieras. Es muy común escuchar decir “recibí una herencia”, pero es fundamental entender qué implica fiscalmente para evitar complicaciones con la autoridad fiscalizadora en el futuro.

¿El ISR se come parte de tu herencia?

En México, heredar bienes o dinero no genera el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Así lo establece la Ley del Impuesto sobre la Renta (artículo 93, fracción XXII), que exenta del ISR los ingresos que se reciban por herencia o legado. Esto quiere decir que, si recibes dinero, propiedades, joyas o cualquier otro tipo de bien por herencia, no tendrás que pagar ISR por simplemente recibirlo.

¿Cuándo sí se debe pagar ISR tras una herencia?

Aunque el ISR no te cobra por recibir el bien, existen situaciones posteriores donde este impuesto sí aplica:

  • Venta de bienes heredados: Si vendes una propiedad, joyas o acciones, deberás pagar ISR sobre la ganancia obtenida. La ganancia es la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición.
  • Rendimientos generados: Si heredas dinero y decides invertirlo, los intereses o rendimientos generados sí están sujetos a ISR.

Si decides vender la casa, el fisco calcula la ganancia que obtienes con la venta y sobre eso te cobra impuestos. Sin embargo, hay formas de exentar el ISR si la casa fue tu residencia principal durante al menos cinco años y no has usado esta exención en los últimos tres años.

Impuestos y gastos adicionales: El ISAI y trámites notariales

Aunque nadie te cobra ISR por heredar una casa, lo que sí te pueden cobrar es el Impuesto Sobre la Adquisición de Inmuebles (ISAI). El cálculo del ISAI puede variar según el valor y la ubicación del inmueble, pero suele rondar entre el 2% y el 4.5% del valor de la casa.

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Tabla de costos estimados en la adjudicación de herencia

Concepto Porcentaje estimado
Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) 2% - 4.5%
Gastos notariales, escrituras y trámites 4% - 7%
Total aproximado 6% - 11.5%

Pasos obligatorios para regularizar la propiedad

No basta con decir “es mía” y ya; debes hacer el papeleo oficial para que la casa quede a tu nombre:

  1. Ir con un notario público, quien es el encargado de hacer todo el proceso legal.
  2. Reunir documentos: tu INE, el acta de defunción del fallecido, el testamento (si lo hay) y los papeles de la casa.
  3. Pagar los impuestos y derechos correspondientes (ISAI y demás cargos).
  4. Registrar la propiedad en el Registro Público para que oficialmente sea tuya.

Si te encuentras por recibir una herencia, es crucial asesorarte con un profesional que te auxilie a entender tus obligaciones fiscales. Hacer todo el papeleo con notario y registro ayuda a evitar multas y permite aprovechar tu saldo a favor.

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