El Ministerio Público de la Federación se organiza en una Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio. Esta autonomía es fundamental para garantizar la imparcialidad y eficacia en sus funciones. Corresponde al Ministerio Público de la Federación la persecución, ante los tribunales, de todos los delitos del orden federal; y, por lo mismo, solicitará las medidas cautelares contra los imputados; buscará y presentará las pruebas que acrediten la participación de éstos en hechos que las leyes señalen como delito; procurará que los juicios federales en materia penal se sigan con toda regularidad para que la impartición de justicia sea pronta y expedita; pedirá la aplicación de las penas, e intervendrá en todos los asuntos que la ley determine.
La Fiscalía General, en su estructura, contará al menos con las fiscalías especializadas en materia de delitos electorales y de combate a la corrupción, cuyos titulares serán nombrados y removidos por el Fiscal General de la República. El nombramiento y remoción de los fiscales especializados antes referidos podrán ser objetados por el Senado de la República por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en el plazo que fije la ley; si el Senado no se pronunciare en este plazo, se entenderá que no tiene objeción.
La ley establecerá las bases para la formación y actualización de los servidores públicos de la Fiscalía, así como para el desarrollo de la carrera profesional de los mismos, la cual se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos. El Fiscal General presentará anualmente a los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión un informe de actividades. Comparecerá ante cualquiera de las Cámaras cuando se le cite a rendir cuentas o a informar sobre su gestión. El Fiscal General de la República y sus agentes serán responsables de toda falta, omisión o violación a la ley en que incurran con motivo de sus funciones.
Requisitos y Duración del Cargo del Fiscal General
Para ser Fiscal General de la República se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciado en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito doloso. El Fiscal General durará en su encargo nueve años, y será designado y removido conforme a un proceso específico.
El Proceso de Designación del Fiscal General: El Rol Crucial del Senado
El proceso para la designación del Fiscal General es meticuloso y otorga un papel central al Senado de la República. A partir de la ausencia definitiva del Fiscal General, el Senado de la República contará con veinte días para integrar una lista de al menos diez candidatos al cargo, aprobada por las dos terceras partes de los miembros presentes, la cual enviará al Ejecutivo Federal.
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Si el Ejecutivo no recibe la lista en el plazo antes señalado, enviará libremente al Senado una terna y designará provisionalmente al Fiscal General, quien ejercerá sus funciones hasta en tanto se realice la designación definitiva conforme a lo establecido en este artículo. En este caso, el Fiscal General designado podrá formar parte de la terna. Recibida la lista a que se refiere la fracción anterior, dentro de los diez días siguientes el Ejecutivo formulará una terna y la enviará a la consideración del Senado.
El Senado, con base en la terna y previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Fiscal General con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes dentro del plazo de diez días. En caso de que el Ejecutivo no envíe la terna a que se refiere la fracción anterior, el Senado tendrá diez días para designar al Fiscal General de entre los candidatos de la lista que señala la fracción I. Si el Senado no hace la designación en los plazos que establecen los párrafos anteriores, el Ejecutivo designará al Fiscal General de entre los candidatos que integren la lista o, en su caso, la terna respectiva.
Una vez que la presidenta Sheinbaum envíe al Senado su terna, comienza la comparecencia de los aspirantes y la posterior designación del nuevo titular de la FGR, el segundo en la historia de esta institución. Es importante destacar que si el Senado no realiza la designación en tiempo, será el Ejecutivo federal quien nombre directamente al fiscal general de la República.
Remoción del Fiscal General
El Fiscal General podrá ser removido por el Ejecutivo Federal por las causas graves que establezca la ley. La remoción podrá ser objetada por el voto de la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores dentro de un plazo de diez días hábiles, en cuyo caso el Fiscal General será restituido en el ejercicio de sus funciones. Si el Senado no se pronuncia al respecto, se entenderá que no existe objeción. En los recesos del Senado, la Comisión Permanente lo convocará de inmediato a sesiones extraordinarias para la designación o formulación de objeción a la remoción del Fiscal General. Las ausencias del Fiscal General serán suplidas en los términos que determine la ley.
Modificaciones en el Formato de Comparecencias
El Senado modificará el formato de comparecencia de los aspirantes al cargo de titular de la FGR, informó el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Adán Augusto López Hernández. Con dicha modificación se propone que haya tres rondas de preguntas de dos minutos, una por cada grupo parlamentario, durante las comparecencias de los aspirantes, añadió el legislador morenista. Ello con el fin de hacer más participativas y "menos rígidas" las comparecencias; al término de las rondas de preguntas, se abrirá un espacio de 20 minutos por cada uno de las o los integrantes de la terna para responder y para exponer. Lo que se propone es una modificación al formato, hacerlo más participativo, menos rígido, buscando una mayor interacción durante este proceso crucial.
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Cada persona candidata dispondrá de un tiempo de hasta 20 minutos para exponer su proyecto de trabajo.
Novedades Recientes en el Proceso de Selección
En la sesión plenaria del pasado 27 de noviembre de 2025 se dio cuenta al pleno del Senado de la República de la renuncia del titular de la Fiscalía General de la República, el C. Alejandro Gertz Manero, quien asumió como fiscal general en enero de 2019 y estaba previsto que permaneciera en el cargo hasta enero de 2028. El relevo en la FGR se da tras el anuncio de Gertz Manero de su retiro del cargo, luego de que Sheinbaum le ofreciera la titularidad de una embajada de un «país amigo», aún sin especificar cuál.
La Junta de Coordinación Política realizó la verificación de los expedientes de las personas que presentaron sus candidaturas el martes 2 de diciembre de 2025 y seleccionó al menos a diez personas que, por conducto de la Mesa Directiva, puso a consideración del Pleno del Senado de la República. El Senado aprobó la tarde de este martes, con 88 votos a favor, 28 en contra y 5 abstenciones, la lista de 10 aspirantes al cargo, seleccionados de las 43 postulaciones al cargo recibidas entre el viernes y el domingo pasado.
La presidenta del Senado de México, Laura Itzel Castillo, confirmó este miércoles la lista final de tres candidatas para encabezar la Fiscalía General de la República (FGR), donde aparece la actual encargada de despacho de la dependencia, Ernestina Godoy. Previamente, en su conferencia de prensa diaria, Sheinbaum señaló que decidió enviar la terna final compuesta únicamente por candidatas «porque es tiempo de mujeres». De esos diez perfiles, Sheinbaum seleccionó una terna de mujeres de la que el Legislativo deberá votar para elegir a la nueva fiscal general.
A continuación, se presenta la terna de candidatas enviada al Senado:
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| Candidata | Experiencia Relevante |
|---|---|
| Ernestina Godoy | Actual encargada de despacho de la FGR, exconsejera jurídica de Sheinbaum, fiscal de la Ciudad de México (2018-2024). Ha realizado cambios en áreas estratégicas como la Agencia de Investigación Criminal (AIC) y la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO). |
| Luz María Zarza Delgado | Excandidata a ministra (magistrada) de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). |
| Maribel Bojorges Beltrán | Coordinadora general de investigación territorial en la Fiscalía de Ciudad de México. |
Entre las finalistas, destaca Godoy, exconsejera jurídica de Sheinbaum, cargo al que renunció para asumir la titularidad interina de la FGR, tras la renuncia de Alejandro Gertz Manero. Desde su primer día como encargada de despacho, Godoy comenzó a realizar cambios en áreas estratégicas de la entidad como en la Agencia de Investigación Criminal (AIC) y en la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), donde nombró al mando a Héctor Elizalde Mora y a César Oliveros Aparicio, respectivamente. Godoy también fue fiscal de la Ciudad de México, de 2018 a 2024, cuando Sheinbaum era jefa de Gobierno de la capital (2018-2023).
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