¿Puede un Acreedor Abrir un Juicio Sucesorio? Requisitos Clave y Procedimiento Paso a Pasopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cuando una persona fallece dejando deudas pendientes, surge la incertidumbre sobre cómo deben proceder aquellos a quienes se les adeuda dinero. Es fundamental comprender que, mientras no se tramite la sucesión, el terreno o los bienes siguen a nombre del difunto; no se pueden vender ni gravar válidamente, no se regulariza la titularidad y puede complicarse el uso, el pago de contribuciones y la defensa frente a terceros.

La legitimación en el proceso sucesorio

En cuanto a los legitimados para iniciar el proceso sucesorio, el Código Civil y Comercial establece las pautas claras. Es necesario diferenciar entre los dos tipos de acreedores que pueden estar presentes en una sucesión: los acreedores del causante y los acreedores del heredero. El reconocimiento que otorga el juicio sucesorio permite que los herederos hagan actos de dominio o de administración sobre los bienes, tal como la venta de la propiedad, donaciones o adjudicaciones.

Etapas del procedimiento sucesorio

Para comprender cómo se gestiona el patrimonio del causante, el proceso se divide en etapas fundamentales:

  • Sucesión: En esta etapa inicial, se presenta la solicitud ante un juez de lo familiar para que se reconozca la sucesión.
  • Administración: Aquí se designa un albacea para gestionar los bienes durante el proceso.
  • Inventario: En esta etapa se dan a conocer todos los bienes y propiedades que tenía la persona fallecida, así como su valor.
  • Partición y adjudicación: Finalmente, se divide el patrimonio entre los herederos conforme a las reglas del Código Civil.

Responsabilidad del heredero frente a los acreedores

Existen normas específicas que regulan la responsabilidad del heredero frente a las deudas dejadas por el causante. El Código Civil y Comercial establece la limitación de la responsabilidad del heredero, pero existen excepciones importantes:

Tabla: Supuestos de responsabilidad ilimitada del heredero

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Causa Descripción
Ocultación de bienes Cuando el heredero esconde bienes de la herencia.
Disminución dolosa Cuando disminuye dolosamente los bienes del inventario.
Incumplimiento de plazos No realizar el inventario en el plazo de tres meses tras ser intimado.
Disposición indebida Disponer de bienes sin que el precio ingrese en la herencia o sea un valor justo.

Orden de prelación en la herencia

Si la persona fallecida no hizo testamento, se debe seguir el orden de prelación legal para determinar quiénes son los herederos legítimos:

  1. Descendientes: Los hijos del fallecido tienen la primera prioridad.
  2. Cónyuge sobreviviente: Si no hay hijos ni descendientes, el cónyuge tiene derecho a heredar.
  3. Ascendientes: Si no hay descendientes ni cónyuge, los padres del fallecido heredan en partes iguales.
  4. Colaterales: En ausencia de los anteriores, heredan los hermanos del fallecido.

En caso de que un heredero sea notificado y no comparezca, se le tiene por precluido su derecho a intervenir en esa etapa, y el juicio sigue adelante con los herederos que sí comparecieron. Si el heredero no es localizado, el juez ordenará notificarle por edictos, reservándose la parte correspondiente hasta que reclame su derecho o se declare su renuncia tácita.

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