El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha solicitado a los contribuyentes actualizar sus datos de contacto en el Buzón Tributario, que es el mecanismo de contacto oficial con el fisco.
El SAT ha hecho especial énfasis en que es obligación de los contribuyentes realizar este proceso. Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad, ya que es tu obligación.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT. Sirve para que de manera directa y sin intermediarios los contribuyentes reciban avisos de forma segura y certera. Gracias a ello, tanto la información del SAT como la de los contribuyentes está protegida.
Datos Necesarios para la Actualización
Los datos que se deben tener registrados en el Buzón Tributario son correo electrónico (puedes agregar hasta cinco) y un número de teléfono celular. Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad.
¿Cómo Actualizar tus Datos en el Buzón Tributario?
Así que, si todavía no tienes tu información al día, te decimos cómo hacerlo:
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- Ingresa a sat.gob.mx.
- Haz clic en el botón del Minisitio Buzón Tributario.
- Hay dos opciones: una en caso de que no lo tengas habilitado y otra para actualizar tus medios de contacto. Para actualizar tu información debes registrar los dos mecanismos de comunicación; correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular.
- Ten a la mano tu Contraseña o e.firma, las necesitas para habilitar tu Buzón Tributario o actualizar tus medios de contacto.
- Al finalizar el proceso, te llegará un correo electrónico y/o mensaje de texto para validar la información proporcionada.
Hay dos opciones para actualizar el buzón:
- La primera es ingresar a sat.gob.mx, dar clic en el botón Buzón Tributario y acceder con su contraseña o e.firma (firma electrónica), llenar el formulario y actualizar sus medios de contacto; se les enviará un código vía telefónica y al correo electrónico para confirmar el contacto que van a dar de alta o actualizar.
- O bien, el SAT ha desarrollado el minisitio de Buzón Tributario en el que además de habilitar o actualizar sus medios de contacto, encontrarán materiales adicionales como videotutoriales e infografías, así como acceso a preguntas frecuentes.
Plazos para la Habilitación y Actualización
De acuerdo con información publicada en la página del SAT, los contribuyentes que comenzaron a tributar o migraron al Régimen Simplificado de Confianza, a partir del 1 de enero de 2022, tuvieron hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar y/o actualizar su Buzón Tributario.
Mientras que los contribuyentes personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y desde el 1 de enero de 2022 migraron al Régimen Simplificado de Confianza, y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario, o bien solamente hubieran señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, deberán registrar o actualizar sus datos, de acuerdo a la regla 2.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, la fecha límite también fue el 30 de junio.
Importancia de Mantener los Datos Actualizados
El Artículo 17-K del Código Fiscal establece lo siguiente sobre el Buzón Tributario:
Las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, a través del cual:
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- La autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido y podrá enviar mensajes de interés.
- Los contribuyentes deben habilitar el buzón tributario, y registrar y mantener actualizados los medios de contacto, de acuerdo con el procedimiento que al efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general.
Por ejemplo, en el caso de un grupo de empresas, lo más factible es que se registre el número de teléfono del contador, del representante legal, o de algún asesor o funcionario de confianza. Por eso, si alguna persona va a utilizar un mismo número telefónico para distintos RFC, se recomienda tramitar una activación a la vez, para tener así la certeza de a cuál RFC corresponde el código SMS que se está recibiendo.
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