Descubre los Requisitos Clave para la Preinscripción al RFC de Persona Física en México ¡No Te Lo Pierdas!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es una clave alfanumérica que identifica a las personas físicas y morales que realizan actividades económicas en México. La preinscripción al RFC es el primer paso para formalizar tu situación fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Dónde se realiza el trámite?

  • En cualquier oficina del SAT, previa cita registrada en el portal del SAT, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
  • En las oficinas de la Entidad Federativa que corresponda a tu domicilio, si optas por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal.

¿Quiénes pueden realizar este trámite?

  • Esta solicitud la presenta el propio contribuyente con mayoría de edad cumplida.

Requisitos generales para la preinscripción al RFC

Para llevar a cabo la preinscripción al RFC como persona física, es necesario cumplir con los siguientes requisitos y presentar la documentación correspondiente:

  1. Identificación oficial vigente:
    • Credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral).
    • Pasaporte.
    • Cédula profesional vigente con fotografía.
    • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores.
  2. Comprobante de domicilio fiscal: Se debe presentar alguno de los siguientes documentos con una antigüedad no mayor a 4 meses (a nombre del contribuyente o de un tercero):
    • Último recibo del impuesto predial (si es anual, debe corresponder al ejercicio en curso).
    • Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua.
    • Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.
    • Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente o un tercero, en ambos casos, el arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial. En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.
    • Prestación de servicios a nombre del contribuyente o un tercero, en el que se incluya el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
    • Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público, a nombre del contribuyente.
    • Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 3 meses.
    • Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente o un tercero, que no tenga una antigüedad mayor a 2 meses.
    • Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente expedida por los Gobiernos Estatal, Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a 4 meses.
    • Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.
    • Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente o un tercero, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en curso, no será necesario que se exhiban pagados.
  3. Documento migratorio vigente: Emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros (original o copia certificada).
  4. Poder notarial: Para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal con el que acredites la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original) o ante Fedatario público (instrumento notarial certificado).

Consideraciones especiales para menores de edad

Los menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse en el RFC cumpliendo los requisitos establecidos en la ficha 160/CFF "Solicitud de inscripción en el RFC de persona física menores de edad a partir de los 16 años", del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, siempre que dicha inscripción sea con la finalidad de realizar un servicio personal subordinado (salarios).

  • Esta solicitud la presentan los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela del menor.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículo 22.

Documentación adicional para menores de edad

  • Acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil (copia certificada) u obtenida en el Portal www.gob.mx/actas (formato único) o Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del Registro Nacional de Población (original).
  • Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela del menor, en caso de que así proceda.
  • Manifestación por escrito de conformidad de la madre y el padre para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).
  • Identificación oficial vigente de los padres o tutores que funjan como representantes del menor, como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional vigente con fotografía, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros podrá presentar: documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

Fundamento Legal

Este trámite se fundamenta en:

  • Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.
  • Artículos 22, 26 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
  • Reglas 2.4.2., 2.4.6., 2.4.15., de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Información Adicional

Es importante recordar que el "Acuse de presentación inconclusa de solicitud de inscripción o aviso de actualización en el RFC" indica que el trámite no se completó y contiene el motivo por el cual no se terminó.

Lea también: ¿Qué es el Acuse de Recibo de la Declaración?

Además, debes presentar la solicitud dentro del mes siguiente al día en que se tenga la obligación de presentar las declaraciones periódicas, de pago o informativas propias o por cuenta de terceros o cuando exista la obligación de expedir comprobantes fiscales por las actividades que se realicen.

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