Descubre Todo sobre la Constancia DC-3 y el Registro de Agentes Capacitadores STPS: Guía Definitivapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Constancia DC-3, conocida oficialmente como Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales, es el formato oficial establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para acreditar que un trabajador del centro de trabajo recibió y aprobó una capacitación específica. Es importante aclarar que el DC3 no es realmente un certificado, ya que la STPS no certifica los programas o cursos de capacitación; es un documento formal que acredita a una persona en el cumplimiento de capacitación y adquisición de nuevas habilidades para ejercerlas en una ocupación laboral dentro de las empresas.

La obligación de capacitación al personal proviene de los artículos 153-A al 153-X de la Ley Federal del Trabajo, que establecen que todo trabajador tiene derecho a recibir formación que mejore sus aptitudes para el puesto y que el patrón tiene el deber de proporcionarla. Por cada curso obligatorio y por cada trabajador, se debe generar una constancia.

Elementos y validez de la Constancia DC-3

La DC-3 contiene datos del trabajador, del centro de trabajo, del agente capacitador, del curso impartido (denominación, duración, fechas), y la firma del responsable del agente capacitador. El proceso de obtención consta de varias etapas:

  1. Realizar una capacitación en la temática específica requerida.
  2. Evaluar al participante para comprobar que ha comprendido los conceptos y procedimientos.
  3. Emitir la constancia por el Agente Capacitador Externo (ACE) registrado o por la propia empresa.

Si la autoridad laboral solicita el expediente de capacitación, las DC-3 firmadas por un ACE registrado tienen el peso documental que la STPS exige. Solo los ACE que realizan el proceso de registro mediante el DC5, y logran ser autorizados por la STPS, pueden emitir DC3.

Registro de Agentes Capacitadores Externos (ACE)

Los Agentes Capacitadores Externos son las instituciones, escuelas u organismos especializados de capacitación que brindan servicios a las empresas, así como los instructores independientes. Para registrarse como ACE, se debe utilizar el formato DC-5. Este formato es la puerta de entrada al registro ante la STPS y permite a personas físicas o morales ofrecer servicios de capacitación laboral con validez oficial.

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Requisitos para el registro mediante el formato DC-5:

  • Formato DC-5 debidamente llenado.
  • Identificación oficial con fotografía.
  • Acta constitutiva (en caso de personas morales).
  • Constancia de situación fiscal.
  • Documentación que acredite la escolaridad y el conocimiento del curso a registrar.
  • En caso de instructores empíricos, acreditar haber impartido al menos 5 cursos.
  • Carta de laicidad manifestando no estar ligado a credos religiosos.

Relación de formatos STPS

El marco regulatorio de la capacitación en México se compone de varios formatos definidos por la STPS:

Formato Descripción
DC-1 Informe sobre la constitución de la Comisión Mixta de Capacitación.
DC-2 Elaboración del plan y programas de capacitación y adiestramiento.
DC-3 Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales.
DC-4 Lista de constancias de competencias o de habilidades laborales.
DC-5 Solicitud de registro de agente capacitador externo.

Estos formatos están relacionados, ya que desde la planificación hasta la emisión de constancias, facilitan la organización y registro de la capacitación necesaria para el cumplimiento de las normativas de seguridad y prevención de accidentes en los centros de trabajo.

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