La Declaración Anual de Impuestos sobre la Renta (ISR) es un trámite fiscal que se realiza en muchos países del mundo, y su objetivo es reportar todos los ingresos y gastos del contribuyente durante el año fiscal. La finalidad de este proceso es calcular el impuesto que se debe pagar al Estado y verificar que el contribuyente ha cumplido con todas sus obligaciones fiscales. Declarar no es significado de pagar, existen declaraciones con pago, declaraciones en ceros, declaraciones con saldo a favor, declaraciones informativas. Gracias a esta información de ingresos proporcionada a la autoridad tributaria, es posible establecer los impuestos correspondientes por éstos. Como ya mencionamos, para la ante el se toman en consideración los ingresos y egresos que se generaron en el ejercicio fiscal declarado.
¿Quiénes Están Obligados a Presentar Declaraciones?
Además de las empresas, están obligados a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta todas las personas físicas que hayan recibido ingresos durante el año fiscal. De acuerdo con el Art. Para las personas físicas, el porcentaje del ISR es acorde a lo que ganan mensualmente. Artículo 90. Están obligadas al pago del impuesto establecido en este Título, las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, devengado cuando en los términos de este Título señale, en crédito, en servicios en los casos que señale esta Ley, o de cualquier otro tipo. También están obligadas al pago del impuesto, las personas físicas residentes en el extranjero que realicen actividades empresariales o presten servicios personales independientes, en el país, a través de un establecimiento permanente, por los ingresos atribuibles a éste.
Obligaciones Informativas Específicas para Personas Físicas
Es importante que las personas físicas manifiesten en su declaración del ejercicio ciertos conceptos que, aunque son exentos en ciertos casos, se está obligado a declarar. Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00. En el artículo 90 de la ley de ISR se obliga a las personas físicas a informar sobre los préstamos, donativos y premios que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000.00.
Por otro lado, en el artículo 150 de la ley de ISR, establece la obligación de declarar los ingresos superiores a $500,000.00 correspondientes a viáticos, enajenación de casa habitación y herencia o legado. En la declaración a que se refiere el primer párrafo de este artículo, los contribuyentes que en el ejercicio que se declara hayan obtenido ingresos totales, incluyendo aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto y por los que se pagó el impuesto definitivo, superiores a $500,000.00 deberán declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos aquéllos por los que no se esté obligado al pago de este impuesto en los términos de las fracciones XVII, XIX, inciso a) y XXII del artículo 93 de esta Ley y por los que se haya pagado impuesto definitivo en los términos del artículo 138 de la misma.
Existen casos en los que la declaración únicamente se llena con las cantidades de datos informativos, por ejemplo: cuando una ama de casa enajena su casa habitación, la cual es exenta, pero supera la cantidad de $500,000.00, está obligada a presentar declaración anual y manifestar como dato informativo el monto del ingreso. Actualmente el aplicativo para presentar la declaración ya contempla la opción de declarar “solo datos informativos”.
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Ingresos Exentos Sujetos a Declaración Informativa
Artículo 93. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
- XVII. Los viáticos, cuando sean efectivamente erogados en servicio del patrón y se compruebe esta circunstancia con los comprobantes fiscales correspondientes.
- XIX. Los derivados de la enajenación de:a) La casa habitación del contribuyente, siempre que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de setecientas mil unidades de inversión y la transmisión se formalice ante fedatario público. Por el excedente se determinará la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pago provisional en los términos del Capítulo IV de este Título, considerando las deducciones en la proporción que resulte de dividir el excedente entre el monto de la contraprestación obtenida. El cálculo y entero del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público conforme a dicho Capítulo.La exención prevista en este inciso será aplicable siempre que durante los tres años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dichas circunstancias ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación.El fedatario público deberá consultar al Servicio de Administración Tributaria a través de la página de Internet de dicho órgano desconcentrado y de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita este último, si previamente el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación durante los cinco años anteriores a la fecha de la enajenación de que se trate, por la que hubiera obtenido la exención prevista en este inciso y dará aviso al citado órgano desconcentrado de dicha enajenación, indicando el monto de la contraprestación y, en su caso, del impuesto retenido.
- XXII. Los que se reciban por herencia o legado.
Las exenciones previstas en las fracciones XVII, XIX inciso a) y XXII de este artículo, no serán aplicables cuando los ingresos correspondientes no sean declarados en los términos del tercer párrafo del artículo 150 de esta Ley, estando obligado a ello.
Plazos y Excepciones para la Declaración Anual
En México, la fecha límite para presentar la Declaración Anual es el 30 de abril de cada año. Artículo 150. Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquéllos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.
Podrán optar por no presentar la declaración a que se refiere el párrafo anterior, las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables en el ejercicio por los conceptos señalados en los Capítulos I y VI de este Título, cuya suma no exceda de $400,000.00, siempre que los ingresos por concepto de intereses reales no excedan de $100,000.00 y sobre dichos ingresos se haya aplicado la retención a que se refiere el primer párrafo del artículo 135 de esta Ley. Los contribuyentes que obtengan ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, estarán a lo dispuesto en el artículo 98 de esta Ley.
Declaraciones Informativas Obligatorias
Existen diversas declaraciones informativas con plazos y requisitos específicos, dirigidas a distintos tipos de contribuyentes y operaciones. A continuación, se presenta un resumen de algunas de ellas:
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| Fecha Límite | Anexo | Información a Declarar | Personas que Deben Presentarla | Fundamento Legal |
|---|---|---|---|---|
| 15-Feb | 4 | Operaciones de financiamiento del extranjero | Personas morales del régimen general, del régimen simplificado de confianza (RESICO) y del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras; así como las personas físicas con actividades empresariales y profesionales que hayan recibido préstamos o financiamientos otorgados por residentes en el extranjero. | Artículos 76 fracción VI y 110 fracción VII de la Ley del ISR |
| 15-Feb | 10 | Operaciones efectuadas a través de fideicomisos que realicen actividades empresariales | Contribuyentes que intervienen en operaciones efectuadas a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales. | Artículos 76 fracción XIII, de la Ley del ISR y Regla 3.9.3 de la RMF para 2025. |
| 15-May | N/A | Operaciones con partes relacionadas | Personas morales y personas físicas con actividades empresariales y profesionales, que realizaron operaciones con partes relacionadas durante el año de calendario inmediato anterior. Cuando hayan sido capturadoshasta 40,000 registros, el archivo con la información se presentará a través del Portal del SAT utilizando la Contraseña. En las declaraciones complementarias se debe indicar el número de operación o folio asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. | N/A |
| N/A | N/A | Información sobre la determinación del remanente distribuible, y la proporción que de dicho remanente corresponda a cada integrante. | N/A | Fundamento: Art. |
Tipos de Ingresos a Declarar para Personas Físicas
Estos ingresos pueden provenir de varias fuentes, como:
- Sueldos, salarios y asimilados (Título IV.
- Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios) (Título IV. Capítulo II.
- Simplificado de Confianza (Título IV. Capítulo II.
- Arrendamiento (Título IV.
- Enajenación de bienes (Título IV. Capítulo IV.
- Enajenación de acciones en bolsa de valores (Título IV. Capítulo IV.
- Adquisición de bienes (Título IV.
- Intereses (Título IV.
- Premios (Título IV.
- Dividendos (Título IV.
- Demás ingresos (Título IV.
- ISR REFIPRES (Título VI.
- RIF con Coeficiente de Utilidad (Título VI. Capítulo II.
- Empleo
- Servicios Profesionales particulares
- Actividades empresariales
- Rentas por algún inmueble
- Ventas de bienes raíces
- Inversiones
- Indemnización o jubilación
- Entre otros.
Proceso y Consecuencias de la Declaración
Pasos para Realizar la Declaración Anual ante el SAT
Pasos generales para realizar la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT):
- Recopilar la información necesaria: Como se mencionó anteriormente, antes de iniciar el proceso de declaración, es importante reunir toda la información necesaria. Además, se debe conocer el monto total de los ingresos y gastos del año fiscal que se está reportando. Los contribuyentes deben reunir y organizar todos los documentos relevantes, como recibos de honorarios, comprobantes de pago y estados de cuenta bancarios, para poder completar la declaración con precisión.
- Acceder al portal del SAT: Ingresar al portal utilizando la Clave de Identificación Electrónica (CIEC), la e.firma o la contraseña.
- Elegir el formulario correspondiente: Se debe seleccionar el formulario acorde a la declaración anual que varía según la actividad económica del contribuyente.
- Llenar el formulario: Se debe llenar todos los campos requeridos, incluyendo la información personal del contribuyente, los ingresos y gastos del año fiscal, las deducciones y los créditos fiscales.
- Revisar la información: Es importante revisar cuidadosamente toda la información ingresada en el formulario antes de enviar la declaración.
Presentación de Declaraciones Informativas
Después de ingresar con el RFC y la contraseña, se elegirá la opción Servicios por internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.
Importancia y Consecuencias del Incumplimiento
Hacer la declaración anual con precisión y puntualidad puede evitar problemas con la autoridad fiscal y permitir al contribuyente aprovechar al máximo los incentivos fiscales disponibles. Por lo tanto, es importante asegurarse de cumplir con este trámite dentro de los plazos establecidos por la ley. El incumplimiento de la presentación de la declaración anual puede resultar en sanciones y multas de hasta 36 mil pesos.
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