Descubre Todo Sobre el Impuesto Sobre Nómina en Sinaloa: Requisitos Clave y Procedimiento Paso a Pasopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre Nómina (ISN) es una obligación fiscal en el estado de Sinaloa, México. A continuación, se detallan los requisitos y el procedimiento para cumplir con esta obligación, incluyendo información relevante tanto para retenedores como para prestadores de servicios, así como para el sector agrícola.

Obligaciones del Retenedor

Usted será el retenedor y quien cumpla a nombre de la prestadora de servicios con la obligación de la presentación de las declaraciones correspondientes, para lo cual se realizarán las siguientes acciones:

  1. La prestadora de Servicios le dará a conocer toda la información necesaria para la presentación de la declaración correspondiente (Total de erogaciones, erogaciones exentas y gravadas; detalle de los pagos a cada uno de los empleados que deberá capturarse en el anexo de dicha declaración; entre otros).

Documentación a Entregar por el Retenedor

Debe entregar la siguiente documentación:

  1. Formulario Único de Registro, en donde además de otra información, deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” que se trata de un “retenedor”; y en el anexo de dicho Formulario, mencionará quién (es) es (son) su(s) prestador(es) de servicios, proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente; señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
  2. Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
  3. Identificación Oficial del contribuyente o representante legal

Obligaciones del Prestador de Servicios

Documentación a Entregar por el Prestador de Servicios

Debe entregar la siguiente documentación:

  1. Formulario Único de Registro, en donde además de otra información, deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” que se trata de un “prestador de servicios”; y en el anexo de dicho Formulario, mencionará quién (es) es (son) su(s) retenedor(es), proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente; señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
  2. Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
  3. Identificación Oficial del contribuyente o representante legal
  4. Alta Patronal ante el IMSS

Clave de contribuyente: Es la clave que se le asigna al momento de registrarlo en nuestra base de datos; también aparece en sus preelaborados enseguida del RFC, son 10 dígitos que se encuentran entre paréntesis.

Lea también: Requisitos RFC asalariados

Cálculo del Impuesto para el Sector Agrícola

Para efecto de los pagos correspondientes a los periodos de 2016 y 2017, se considerará lo que establece el Convenio entre la CAADES y el Gobierno del Estado del 23 de junio de 2017, en donde se indica la siguiente opción para quienes se dediquen a la agricultura:

  1. Calcularán la base del impuesto de la siguiente manera:
    • a) Se multiplicarán los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de hectáreas y por el salario mínimo

      Ejemplo: Se sembraron 50 hectáreas de maíz

      Base del Impuesto = 9.04 x 50 x 80.04 = $ 36,178.08

    • b) La Base calculada se posiciona en la tabla del Artículo 18 de la Ley de Hacienda del estado de Sinaloa y se realiza el cálculo correspondiente

Tabla del Artículo 18 de la Ley de Hacienda del Estado de Sinaloa

Base Gravable Mensual Tarifa Límite Inferior Límite Superior Cuota Fija Por ciento a aplicar sobre el excedente del límite inferior
$ 0.01 $ 500,000.00 0.00 2.40%
$ 500,000.01 $ 700,000.00 12,000.00 2.60%
$ 700,000.01 $ 900,000.00 17,200.00 2.80%
$ 900,000.01 En adelante 22,800.00 3.00%

Impuesto a pagar = Base (-) límite inferior (x) tasa (+) cuota fija

Impuesto a pagar = $36,178.08 - 0.01 x 2.40% + 0.00

Lea también: Persona Moral en Hacienda

Impuesto a pagar = $ 868.27

Este importe se pagará en tres parcialidades: 34% en enero, 33% en marzo y 33% en mayo del año siguiente al ciclo agrícola a declarar.

Para el pago del Impuesto que se genere a partir del año 2018, las declaraciones se regirán con lo establecido en el Convenio firmado entre la CAADES y el Gobierno del Estado publicado el día 31 de mayo de 2018, como sigue:

  1. Calcularán la base del impuesto de la siguiente manera: Se multiplicarán los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de héctareas y por 1.1 UMA

    Ejemplo: Se sembraron 50 hectáreas de maíz

    Base del Impuesto = 9.04 x 50 x 98.58 = $ 44,558.00

    Lea también: ¿Cómo obtener tu RFC?

Se obtiene el factor de actualización con base en el cambio en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el cual se aplica al importe omitido.

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