El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se posiciona como una piedra angular en el sistema tributario. La Ley del IVA es un ordenamiento jurídico que identifica los elementos esenciales de tal impuesto, así como los lineamientos para su traslado y cuantificación. Como impuesto indirecto, grava el consumo y no es percibido por el fisco directamente del tributario, sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial.
Conceptos básicos: IVA Devengado y Deducible
Para comprender su aplicación, es preciso distinguir dos conceptos clave:
- IVA Devengado: Hace referencia al impuesto que un vendedor o prestador de servicios debe ingresar a Hacienda por las operaciones realizadas. Cuando un comerciante o empresa vende un bien o presta un servicio, cobra el IVA correspondiente a esa operación.
- IVA Deducible: Es el impuesto que un empresario o profesional puede restar o deducir de sus obligaciones tributarias. Se refiere al IVA que ha sido pagado en las compras o adquisiciones de bienes y servicios necesarios para llevar a cabo la actividad económica.
La empresa o el autónomo que recibe el pago del IVA por parte de sus clientes actúa como recaudador o sujeto pasivo. Esto implica que tiene la obligación de conservar ese dinero pagado por sus clientes en concepto de IVA e ingresarlo en Hacienda de forma trimestral. Mediante el modelo 303, debemos arreglar cuentas con Hacienda trimestralmente del IVA que hemos cobrado a nuestros clientes y proveedores.
Estructura y alcance de la normativa
La estructura de la Ley del IVA permite identificar la existencia de tasas diferenciales y regímenes especiales. El Artículo 1º es el que establece la tasa aplicable, los actos o actividades gravadas y los sujetos del mismo. Históricamente, el concepto “territorio nacional” ha constituido el elemento vinculante del IVA, a efecto de que las personas físicas y morales que realicen dentro de éste los actos o actividades gravados resulten obligadas a su pago.
Actividades exentas y tasas
Existen una serie de actividades que están exentas de IVA, es decir, el prestador del servicio no debe repercutir el impuesto a quién lo recibe. Entre ellas se encuentran:
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- Los servicios de docencia, prestados por entidades de Derecho Público o privadas autorizadas por el Estado o las CC.AA.
- Las entregas de alimentos destinados al consumo humano o animal, sin incluir las bebidas alcohólicas.
- La entrega de viviendas de protección oficial realizadas por el promotor, incluidos los garajes y anexos.
- Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación.
Mecánica del acreditamiento y gestión
El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en la Ley la tasa que corresponda. El impuesto acreditable es el IVA que haya sido trasladado al contribuyente, así como el impuesto que dicho contribuyente hubiere pagado con motivo de la importación de bienes o servicios.
Resumen de la mecánica contable
| Concepto | Descripción |
|---|---|
| IVA Repercutido | Impuesto cobrado a clientes que debe ingresarse en Hacienda. |
| IVA Soportado | Impuesto pagado en compras de bienes y servicios (deducible). |
| Base Imponible | Monto sobre el cual se aplica el porcentaje establecido. |
| Resultado | Diferencia entre IVA repercutido y deducible que se liquida al fisco. |
El acreditamiento del IVA está sujeto, entre otros requisitos, a que esté vinculado con bienes y servicios estrictamente indispensables para la realización de los actos o actividades gravados. Cuando se esté obligado al pago del impuesto solo por una parte de las actividades, únicamente se permite el acreditamiento que corresponda a dicha parte.
Si eres autónomo sabes perfectamente el trabajo extra y el tiempo que supone tener todos tus impuestos al día. Los profesionales y las empresas deben estar muy al tanto de lo que indica la norma. Hoy en día las facturas se hacen a través de diferentes programas y aplicaciones que han sido diseñados para facilitar el trabajo de facturación.
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