Hace más de 10 años que la facturación en México evolucionó del papel a lo digital. Gracias al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México se ha facilitado y agilizado el cumplimiento de las obligaciones fiscales de todos los contribuyentes del país.
El cambio a plataformas digitales obligó a los corporativos, medianas y pequeñas empresas mexicanas a adquirir sistemas que permitan emitir y registrar las facturas en el metalenguaje XML. El Extensible Markup Language (XML) o Lenguaje Extensible de Etiquetado facilita la definición de nodos y las relaciones estructurales entre ellos, es decir, el XML es un documento con información estructurada que facilita la transferencia de información de manera segura.
La vigencia de la versión 3.3 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI 3.3) fue a partir del 1 de enero de 2017 desplazando a su versión anterior la 3.2. La versión 3.3 del anexo 20 trajo consigo muchos cambios que fueron implementados en los sistemas de facturación, nómina y contabilidad de la industria. Los nodos de un CFDI son cada etiqueta del XML que contiene información requerida para que la estructura pueda ser considerada válida y así ser timbrada de manera correcta.
Elementos Clave del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)
Para el correcto llenado del CFDI, es fundamental comprender cada uno de sus elementos:
- Versión: Esta información se añade automáticamente.
- Fecha: Fecha y hora de expedición del comprobante fiscal.
- Sello: Sello digital del comprobante fiscal.
- Forma de Pago: Se describe la forma de pago obtenida, a cada una se le asigna un código.
- Condiciones de Pago: Se aplica cuando existan condiciones específicas de pago. En este espacio se pueden utilizar de 1 a 1000 caracteres.
- Subtotal: Suma de los importes de los conceptos antes de descuentos o aplicación de impuestos.
- Descuento: Sólo aparece en caso de contar con descuentos.
- Total: La suma del subtotal menos descuentos, más contribuciones, menos impuestos retenidos.
- Tipo de Comprobante: Este debe aparecer con la clave “I” de Ingreso.
- RFC: Clave de Registro Federal del Contribuyente del emisor del comprobante.
- Régimen Fiscal: Especificar el régimen fiscal del emisor.
- RFC (Receptor): Clave de Registro Federal del Contribuyente del receptor del comprobante.
- Residencia Fiscal: Elección del país de residencia fiscal del receptor. Si se trata de un extranjero puede ubicarse en el catálogo de países.
- Registro de Identidad Tributaria: Campo existente sólo en caso de llenar la opción “Residencia Fiscal”.
- Uso CFDI: Se identifica mediante una clave el uso que se le dará al comprobante fiscal.
- Nº de Identificación: Clave de referencia otorgada por el emisor del CFDI donde se aclare el tipo de operación que se lleva a cabo.
- Cantidad: Cantidad de bienes o servicios que corresponda al concepto.
- Unidad: Unidad de medida del bien o servicio.
- Valor Unitario: El valor que representa el concepto en su cantidad básica.
- Importe: El importe total a pagar por los productos o servicios adquiridos.
Actualizaciones Recientes y Modificaciones al Anexo 20
Es fundamental conocer los cambios y apoyarse en las guías disponibles para el correcto llenado del CFDI 4.0 del SAT, con el fin de evitar multas y pérdida de tiempo al cometer errores en su elaboración. Algunas de las actualizaciones y modificaciones importantes incluyen:
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- Ajuste de la redacción del antepenúltimo párrafo del Apéndice 3 «Clasificación de Productos y Servicios».
- Actualización del Apéndice 4 «Catálogos del Comprobante».
- Modificación del Apéndice 5 «Emisión de CFDI de Egresos», usualmente conocido como Nota de crédito. Se debe de emitir un CFDI de egresos.
- Actualización de la «Nota» del numeral 3 de los Apéndices 8 «Caso de Uso Facturación de Anticipos» y 9 «Caso de Uso Facturación por contratos de obra pública».
- Precisión, en el Apéndice 10, del contenido del campo «Descripción» de la representación impresa de los CFDI por donativos en especie; así como de los donativos globales en numerario y globales en especie. Se agrega la especificación de que, en estos CFDI, no deben registrarse cantidades en negativo por ningún motivo. No se deben registrar los campos TasaOCuota e Importe, conforme al Fundamento Legal: Anexo 20 versión 4.0 vigente.
Consideraciones Específicas y Fundamento Legal
La correcta emisión de CFDI y la especificación de la forma de pago son obligatorias, ya que son requisitos fiscales. Esto tiene como fundamento legal el Artículo 29-A, fracción VII del Código Fiscal de la Federación.
En ciertos casos, el pago se realizará con la retención aplicada; es decir, el monto de la contraprestación menos la retención correspondiente.
La información relacionada con el traslado y el transporte de los hidrocarburos y petrolíferos deberá registrarse en el complemento “Carta Porte” que incorpora al CFDI que acompañe el transporte de mercancías de conformidad con la regla 2.7.1.9. Fundamento Legal: Artículo 29-A, fracción IV del CFF, regla 2.7.1.29.
Para la cancelación de facturas, puede consultar todas las particularidades en el “Manual de usuario del servicio de cancelación de facturas”, publicado recientemente en el portal del SAT.
Manejo de Decimales en el CFDI
Para evitar un rechazo en la factura con respecto al tema de decimales, es crucial considerar lo siguiente: se deben de reportar seis decimales como máximo en los campos relacionados con TasaOCuota. Adicionalmente, en los campos de Descuento, Base, Importe a nivel de impuestos, y en el importe del punto anterior, se deben respetar los decimales que soporta la moneda. Los decimales en la parte de totales, aplicarán en el campo Descuento del comprobante y por impuesto, TipoFactor y TasaOCuota.
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