Descubre la Fascinante Evolución de las Fiscalías y el Ministerio Público: Historia y Transformación Clavepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Sistema de Procuración de Justicia avanza en un proceso de transformación profunda en un contexto de pluralidad, con la convicción de que sólo con acuerdos es posible impulsar cambios en beneficio de la gente. El ánimo de las reformas constitucionales, tanto federal como estatal, para transformar las procuradurías, dependientes de los poderes ejecutivos, en fiscalías autónomas, reside en la intensión de combatir la impunidad a través de la despolitización de la procuración de justicia.

Evolución histórica en Europa

Más tarde, en el Derecho Romano, surge la acción popular, según la cual cualquier ciudadano podía acusar de los delitos de los cuales tuviera conocimiento. La acción popular fracasó, toda vez que en Roma se abusó de ella, y muchos ciudadanos la utilizaban para perjudicar a otras personas y obtener diversos beneficios. Fue así como la sociedad vio la necesidad de tener un medio para defenderse, y como consecuencia nació el procedimiento de oficio.

El procedimiento inquisitivo inaugura este paso decisivo en la historia del procedimiento penal: la persecución de los delitos es misión exclusiva del Estado. A Francia le pertenece el mérito de la implantación de esta Institución, que se extendió a casi todos los países de Europa. El Rey Felipe el Hermoso, en el siglo XIV, transformó los cargos y los instituye en una magistratura. La Revolución Francesa fue el suceso histórico que introdujo cambios en la Institución, dividiéndola en Commissaires du Roi encargados de promover la acción penal y de la ejecución, y accusateurs publics, que sostenían la acusación en el debate. En España, las Leyes de Recopilación, expedidas por Felipe II en 1576, reglamentaban las funciones de los Procuradores Fiscales que acusaban cuando no lo hacía un acusador privado.

Antecedentes del Ministerio Público en México

Cuando en la antigua y Nueva España se estableció el régimen constitucional, la Constitución ordenó que a las Cortes correspondía fijar número de Magistrados que habrían de componer el Tribunal Supremo (hoy Suprema Corte), y las Audiencias de la Península y de Ultramar; lo que realizó el Decreto de 9 de Octubre de 1812, que ordenaba que en la Audiencia de México hubiera dos fiscales. La Constitución de 1824 estableció al Ministerio Público Fiscal en la Suprema Corte, y su jerarquía se equiparaba a la de los Ministros y dándoles el carácter de inamovibles.

En la Ley para el Arreglo de la Administración de Justicia (llamada también Ley Lares), dictada el 6 de Diciembre de 1853 se introduce la primera organización sistematizada del Ministerio Fiscal en el México independiente. El 30 de Junio de 1891, se publicó un reglamento del Ministerio Público, pero fue hasta el año de 1903 en que Porfirio Díaz expide la primera ley orgánica del Ministerio Público.

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Consolidación constitucional de 1917

Al término de la Revolución, se reúne en Querétaro el Congreso Constituyente que expide la Constitución de 1917, y se discutieron los artículos 21 y 102 constitucionales que se refieren al Ministerio Público. Los Constituyentes de 1917, inspirados en las ideas de don Venustiano Carranza, marcan el momento más trascendente para el Ministerio Público, al delimitar las funciones de la autoridad judicial, del Ministerio Público y de la autoridad administrativa. Es cuando el Ministerio Público adquiere caracteres precisos que le dan el contenido profundamente humano de protector de la libertad del hombre y guardián de la legalidad.

La transición hacia las fiscalías autónomas

La autonomía funciona como una herramienta compuesta de diversos elementos para lograr justamente la eliminación de la interferencia política en la conducción de las investigaciones, en la solidez de los casos que son presentados ante los tribunales, así como en la fuerza operativa necesaria para lograr sentencias condenatorias. En el contexto actual de nuestra entidad, en fecha 22 de marzo de 2017, fue publicado en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado, la reforma constitucional, mediante la cual se crea la Fiscalía General de Justicia del Estado. El día 1 de enero de 2018 entró en vigor la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia.

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