La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa, constituye uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa. Este texto establece los principios de la sociedad que servirían de base a la nueva legitimidad, marcando el fin de las instituciones y prácticas del Antiguo Régimen.
Entre los diversos principios fundamentales que este documento consagra, destaca el artículo 16, el cual define la esencia misma de un Estado de derecho moderno. El artículo 16 establece específicamente que: "Toda la sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada ni la separación de poderes establecida, no tiene Constitución".
Significado y alcance del artículo 16
Esta disposición es crucial para comprender la estructura del sistema político propuesto por los revolucionarios. El artículo subraya dos condiciones indispensables para la existencia de una Constitución legítima:
- La garantía de los derechos: La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, tales como la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
- La separación de poderes: La organización del sistema político y la fuente de los poderes públicos deben estar claramente delimitadas para evitar la arbitrariedad, recordando que el origen de toda soberanía reside esencialmente en la Nación.
Como señalan los principios de la Declaración, la ley es la expresión de la voluntad general y debe ser la misma para todos. Por ello, la garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita una fuerza pública instituida para beneficio de todos y no para la utilidad particular de aquellos que la tienen a su cargo. En este sentido, la sociedad tiene el derecho de pedir cuentas a todo agente público sobre su administración, reafirmando que la seguridad de derechos necesita de una Constitución sólida.
Contexto histórico y filosófico
Los miembros de la Asamblea Constituyente manejaban ideas generales y conceptos teóricos influidos por la filosofía del Siglo de las Luces. Los Constituyentes enumeraron lo que no son derechos creados por los revolucionarios, sino derechos constatados, aplicables en cualquier lugar y época. El artículo 16 actúa como una salvaguarda contra el absolutismo, exigiendo que cualquier gobierno que pretenda ser legítimo debe asegurar la protección de las libertades individuales mediante un marco jurídico donde los poderes estén divididos y controlados.
Lea también: conoce la historia de los derechos humanos
Lea también: ¿Qué es el Acuse de Recibo de la Declaración?
Lea también: Aprende a declarar el IVA correctamente
