Si eres patrón o tienes un negocio y realizas pagos a trabajadores o prestadores de servicio dentro del territorio del estado de San Luis Potosí, estás obligado a pagar el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, también conocido como Impuesto Sobre Nómina.
Documentación y Formulario Único de Registro
Para darte de baja o realizar trámites relacionados con este impuesto, es crucial presentar la documentación correcta y completar el Formulario Único de Registro adecuadamente. A continuación, se detallan los requisitos y procedimientos necesarios:
Requisitos Generales
- Formulario Único de Registro: Deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” que se trata de un “retenedor” o “prestador de servicios”, según corresponda. En el anexo de dicho Formulario, mencionará quién(es) es(son) su(s) retenedor(es) o prestador(es) de servicios, proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente; señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
- Identificación Oficial: Identificación oficial del contribuyente o representante legal.
Documentación Adicional Específica
Además de los requisitos generales, dependiendo de la situación específica, se puede requerir documentación adicional:
- Alta Patronal ante el IMSS
- Constancia de Situación Fiscal: Expedida por el SAT, con los datos fiscales que correspondan a la MATRIZ.
- Acuse de Movimientos de Actualización de Situación Fiscal: Con sello digital de la apertura de Establecimiento o sucursal expedida por el SAT.
- Copia de Acta Constitutiva y Poder Notarial: Donde acredite el carácter de representante legal y/o apoderado legal.
- Comprobante de domicilio fiscal: A nombre de la empresa.
- Croquis: De la ubicación del domicilio fiscal.
- Escrito libre: Para notificar a la oficina recaudadora que la contratación de empleados será mediante empresa administradora externa.
- Copia del contrato: Para la prestación del servicio con la empresa administradora externa.
- Comprobante del nuevo domicilio fiscal: A nombre de la empresa.
- Croquis del nuevo domicilio fiscal
- Constancia o Acuse de Actualización de Situación Fiscal: Con sello digital expedida por el SAT, Conteniendo los datos de la Reanudación de Actividades o la suspensión de actividades.
- Documento notariado: o expedido por Autoridad o Dependencia competente, donde conste el Acreditamiento de la personalidad del representante legal quien promueve la solicitud.
La representación de las personas físicas o morales ante las autoridades fiscales se hará mediante escritura pública o mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, acompañando copia de la identificación del contribuyente o representante legal, previo cotejo con su original.
Los requisitos señalados anteriormente son los establecidos para la gestión del presente trámite. El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
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Procedimiento para Retenedores
Si usted será el retenedor y quien cumpla a nombre de la prestadora de servicios con la obligación de la presentación de las declaraciones correspondientes, se realizarán las siguientes acciones:
- La prestadora de Servicios le dará a conocer toda la información necesaria para la presentación de la declaración correspondiente (Total de erogaciones, erogaciones exentas y gravadas; detalle de los pagos a cada uno de los empleados que deberá capturarse en el anexo de dicha declaración; entre otros)
- Debe entregar la siguiente documentación:
- Formulario Único de Registro, en donde además de otra información, deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” que se trata de un “retenedor”; y en el anexo de dicho Formulario, mencionará quién (es) es (son) su(s) prestador(es) de servicios, proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente; señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
- Identificación Oficial del contribuyente o representante legal
Procedimiento para Prestadores de Servicios
Si usted es el prestador de servicios, debe entregar la siguiente documentación:
- Formulario Único de Registro, en donde además de otra información, deberá manifestar en el campo “tipo de declarante” que se trata de un “prestador de servicios”; y en el anexo de dicho Formulario, mencionará quién (es) es (son) su(s) retenedor(es), proporcionando su RFC, Nombre y Clave de Contribuyente; señalando la(s) fecha(s) en que lo(s) está dando de alta.
- Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
- Identificación Oficial del contribuyente o representante legal
- Alta Patronal ante el IMSS
Consideraciones Especiales para el Sector Agrícola (Convenio CAADES)
Para efecto de los pagos correspondientes a los periodos de 2016 y 2017, se considerará lo que establece el Convenio entre la CAADES y el Gobierno del Estado del 23 de junio de 2017, en donde se indica la siguiente opción para quienes se dediquen a la agricultura:
- Calcularán la base del impuesto de la siguiente manera:
- Se multiplicarán los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de hectáreas y por el salario mínimo.
Para el pago del Impuesto que se genere a partir del año 2018, las declaraciones se regirán con lo establecido en el Convenio firmado entre la CAADES y el Gobierno del Estado publicado el día 31 de mayo de 2018, como sigue:
- Calcularán la base del impuesto de la siguiente manera: Se multiplicarán los jornales por hectárea de acuerdo al cultivo, por el número de héctareas y por 1.1 UMA.
Ejemplo de Cálculo (Agricultura)
Se sembraron 50 hectáreas de maíz. Para los periodos de 2016 y 2017:
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Base del Impuesto = 9.04 x 50 x 80.04 = $ 36,178.08
La Base calculada se posiciona en la tabla del Artículo 18 de la Ley de Hacienda del estado de Sinaloa y se realiza el cálculo correspondiente:
Impuesto a pagar = Base (-) límite inferior (x) tasa (+) cuota fija
Impuesto a pagar = $36,178.08 - 0.01 x 2.40% + 0.00
Impuesto a pagar = $ 868.27
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Este importe se pagará en tres parcialidades: 34% en enero, 33% en marzo y 33% en mayo del año siguiente al ciclo agrícola a declarar.
Información Adicional
Se obtiene el factor de actualización con base en el cambio en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), el cual se aplica al importe omitido.
Oficinas y Horarios de Atención
Si no estás inscrito en el padrón de contribuyentes y te encuentras en supuesto de obligación, integra los requisitos y acude a cualquiera de las oficinas recaudadoras.
- Horario: De Lunes a Viernes 9:00 a 16:00 hrs.
- Horario: De Lunes a Viernes 8:00 a 19:00 hrs.
Contacto
- Teléfono: (999) 927 9372 ext.
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs. a 15:00 hrs.
- Teléfono: (999) 930 3800 ext.
- Dirección: Edificio Administrativo Siglo XXI, Calle 20-A Núm. 284-B Por 3-C y 49 Diagonal, Colonia Xcumpich, C.P.
- Horario de atención: Lunes a Viernes de 8:00 hrs.
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Reciba acuse AAFY-02 del formato sellado y firmado por el asesor. Dentro del mes siguiente al día en que ocurra. Permanente.
Sí, en caso de no cumplir con los requisitos solicitados en tiempo y forma se podrá rechazar la solicitud.
