El Impuesto Sobre la Nómina (ISN), también conocido como Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, es un impuesto estatal que aplica para personas físicas, morales o autónomas que generen ingresos en México y paguen un salario a sus colaboradores. Mejor conocido como el impuesto sobre nómina, el objeto de este impuesto es la realización de pago de sueldos por parte de un patrón, con ciertas excepciones como lo son las actividades de exportación de bienes o servicios y operaciones de maquila con algunas salvedades.
¿Cómo se Calcula el Impuesto Sobre Nómina?
Para calcular dicho impuesto, se toma como base el monto total de los pagos que se deriven de la prestación de servicios subordinados mensualmente, siempre y cuando cuenten con mas de 25 empleados; para los patrones que cuenten con 25 y menos empleados presentarán su declaración de manera trimestral. A la cantidad obtenida se multiplicará por el 1.80% de conformidad con la Ley de Ingresos del Estado.
Por ejemplo, si las percepciones de un empleado que trabaja en una empresa de la CDMX son: salario $15,750.00 y bono de $1,500.00, el resultado al sumar es de $17,250 pesos mensuales. Sobre esta base se aplicará la tasa correspondiente al ISN, que en este caso es del 3%.
La nómina total por mes de una empresa es de $256,847.00 incluyendo los sueldos de las personas que trabajan en la empresa, aguinaldo, prima vacacional y las comisiones por venta.
En algunos estados existen subsidios al ISN e incentivos fiscales para empresas. En ciertos casos y en algunos estados de la república existen subsidios al ISN y la exoneración puede ser completa.
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Obligaciones y Pagos
Para cumplir con el pago de Impuesto Sobre Nómina, debes declararlo cada mes en la Secretaría de Finanzas del estado en el que esté constituida tu empresa. Quienes presten los servicios antes mencionados deberán enterarlo mensualmente, a más tardar el día 25 del mes siguiente a aquel que corresponda el impuesto causado.
Otros Impuestos Estatales en Baja California
Adicionalmente al Impuesto sobre Nómina, existen otros impuestos estatales en Baja California, entre ellos:
- Impuesto sobre servicio de hospedaje: Se causan sobre cualquier servicio de hospedaje que se reciban en el territorio del Estado y en cualquier otro establecimiento destinado a dar hospedaje turístico, incluyendo los que se presten bajo la modalidad de tiempo compartido. El impuesto sobre servicio de hospedaje se causa con una tasa del 3.0%.
- Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior: Son objeto del Impuesto Adicional para la Educación Media y Superior, los impuestos y derechos que se causen conforme a las leyes fiscales del Estado.
- Impuesto sobre compraventa de algodón.
- Impuesto Estatal a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico: Son sujetos de este impuesto, las personas físicas y morales que realicen en territorio del Estado de Baja California la venta final en envase cerrado de bebidas con contenido alcohólico, excepto cerveza.
- Impuesto sobre la extracción de material pétreo: Es objeto de este impuesto, la extracción y aprovechamiento de material pétreo que se realice en el Estado, incluyendo en el régimen de propiedad privada o ejidal.
Requisitos y Trámites
Una de las obligaciones más importantes para los contribuyentes de este impuesto es el de presentar el boletaje ante la Recaudación de Rentas correspondiente el boletaje para su resello, de lo contrario no se podrá vender.
La persona física o moral que preste este servicio, tendrá la obligación de empadronarse ante el Estado ante la oficina de Recaudación de Rentas del Estado de su jurisdicción.
Documentación Necesaria para el Registro Estatal de Causantes (RE-01)
A continuación, se detallan los documentos requeridos para diversos trámites relacionados con el Registro Estatal de Causantes:
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- Alta:
- Formato de Aviso al Registro Estatal de Causantes RE-01 por duplicado, llenando solo los recuadros que correspondan a la ALTA.
- Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT, con los datos fiscales que corresponda a la MATRIZ.
- Acuse de Movimientos de Actualización de Situación Fiscal con sello digital de la apertura de Establecimiento o sucursal expedida por el SAT.
- Copia de Acta Constitutiva y Poder Notarial donde acredite el carácter de representante legal y/o apoderado legal.
- Comprobante de domicilio fiscal a nombre de la empresa.
- Identificación oficial con foto vigente del representante legal y/o apoderado legal.
- Croquis de la ubicación del domicilio fiscal.
- Contratación mediante empresa administradora externa:
- Formato de Aviso al Registro Estatal de Causantes RE-01 por duplicado, llenando solo los recuadros que correspondan a la ALTA.
- Escrito libre para notificar a la oficina recaudadora que la contratación de empleados será mediante empresa administradora externa.
- Copia del contrato para la prestación del servicio con la empresa administradora externa.
- Constancia de Situación Fiscal expedida por el SAT de la empresa administradora externa.
- Identificación oficial con foto vigente del representante legal y/o apoderado legal.
- Reanudación de Actividades:
- Constancia o Acuse de Actualización de Situación Fiscal con sello digital expedida por el SAT. Conteniendo los datos de la Reanudación de Actividades.
- Cambio de Domicilio:
- Formato de Aviso al Registro Estatal de Causantes RE-01 por duplicado, llenando solo los recuadros que correspondan al cambio de domicilio.
- Comprobante del nuevo domicilio fiscal a nombre de la empresa.
- Croquis del nuevo domicilio fiscal.
- Aumento o Disminución de Obligaciones:
- Escrito libre emitido por parte del contribuyente, solicitando a la Recaudación el aumento o disminución de obligaciones.
Exenciones del Impuesto
Algunas erogaciones están exentas de este Impuesto:
- Las prestaciones de seguridad social, vivienda, pensiones y de ahorro para el retiro.
- Indemnizaciones por riesgos o enfermedades profesionales.
- Indemnizaciones por resición o terminación de la relación laboral.
- Pensiones y jubilaciones en los casos de invalidez, vejez, cesantía y muerte.
- Pagos funerarios.
- La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.
- Las renumeraciones cubiertas a los trabajadores domésticos, con discapacidad y a los adultos mayores de sesenta y cinco años.
- Gastos de representación y viáticos erogados por cuenta del patrón.
- Servicio de comedor.
- Herramientas y uniformes.
- Becas para los trabajadores y sus familias.
Consideraciones Adicionales
Estar a cargo de una empresa es una gran meta, misma que implica responsabilidades. El Impuesto Sobre Nómina es una responsabilidad que todo patrón debe tener presente mes con mes.
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