El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un impuesto federal que se aplica a los ingresos obtenidos por una persona física o moral. El ISR es la contribución que se debe pagar por la utilidad de los ingresos obtenidos, siendo los más comunes aquellos recibidos por sueldos y salarios, actividades empresariales y profesionales o arrendamiento. El ISR es el impuesto que se aplica a las ganancias, tanto si eres persona física como moral.
¿Qué es el ISR (Impuesto Sobre la Renta)?
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. El ISR al igual que otros impuestos públicos como el pago de tenencia, se utiliza para financiar una gran variedad de servicios públicos que benefician a toda la sociedad.
¿Cómo funciona el ISR?
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se calcula con base en una tarifa que varía según el periodo: diario, mensual, quincenal, semanal o anual. La más común es la anual, ya que se utiliza para determinar el ISR del ejercicio fiscal.
La fórmula básica para determinar la utilidad gravable es:
INGRESOS - GASTOS DEDUCIBLES = UTILIDAD.
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Por ejemplo, si en un mes ganas $50,000 y tienes $10,000 en deducciones autorizadas, tu utilidad sería de $40,000.
Para las personas físicas, el ISR se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado. Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.
¿Quiénes están obligados a pagar el ISR?
Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.
¿Cómo se aplica el ISR?
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¿Por qué el ISR es un impuesto directo?
La diferencia entre los impuestos directos y los indirectos es que los primeros carecen de intermediarios y recaen de manera franca sobre los contribuyentes, en tanto que los indirectos requieren una tercera persona antes de pasar a manos del SAT.
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En contraste, los impuestos directos como el ISR y similares aplican según las ganancias individuales. Podrías interpretarlo como un “impuesto justo”, porque es un buen caso en donde el que gana más, paga más.
¿Cuánto se paga de ISR en 2025?
En 2025, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplica una tasa fija del 30% para empresas y tasas progresivas (1.92% a 35%) para personas físicas, según tus ingresos.
¿En 2025, no se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $7,382.34 MXN (límite superior del subsidio al empleo)? Sí.
¿Cómo calcular el ISR?
Las tarifas para el cálculo del ISR en el ejercicio fueron publicadas a inicios de año. Ya que ubicaste tu sueldo bruto mensual o tus ganancias comerciales, debes restar el Límite inferior a tu ingreso total.
Debes realizar la suma resultante del porcentaje sobre el excedente para obtener el impuesto a pagar. Por lo tanto, para un ingreso de 20 mil pesos mensuales, el ISR que se debe pagar es de $2,830.84.
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Aunque actualmente ya existen calculadoras de ISR online, es preferible conocer el procedimiento y saber hacerlo manualmente.
Pagos Provisionales y Declaración Anual
Las personas físicas deben realizar pagos provisionales mensuales y presentar declaración anual en abril. Es importante señalar que el monto de los pagos provisionales que se realizan durante el año fiscal se consideran como anticipos del impuesto anual que se debe pagar al final del año.
Deducciones Personales
Puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).
Unidad de Medida y Actualización (UMA)
De igual manera, algunos cálculos consideran el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia en el pago de impuestos y derechos.
Queremos mencionar que aunque las tablas ISR 2025 permanecen sin cambios respecto al año anterior, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) ha sido actualizada para este año 2025. De acuerdo con el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las tablas del ISR deberán actualizarse cuando la inflación acumulada supere el 10% desde la última actualización.
Desde esa fecha, la inflación ha continuado aumentando, pero al cierre de 2024, la inflación acumulada desde la última actualización aún no ha superado el 10%. El hecho de que las tablas del ISR no se actualicen significa que los trabajadores seguirán pagando impuestos bajo los mismos rangos establecidos en 2021, a pesar de que el costo de vida ha aumentado en nuestro país.
Los emprendedores y profesionistas independientes tienen más flexibilidad para optimizar su carga fiscal, ya que pueden deducir gastos relacionados con su actividad económica. Quienes tienen ingresos muy altos pueden enfrentar una mayor tasa efectiva de ISR si su ingreso nominal crece por encima de los límites establecidos en las tablas actuales.
Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
RIF es un régimen fiscal simplificado que permite a pequeños empresarios y emprendedores que estén empezando un negocio, cumplir con sus obligaciones fiscales de una manera más sencilla. Las tarifas bimestrales del RIF varían según el tipo de actividad económica que realice el contribuyente y se basan en un porcentaje fijo sobre los ingresos obtenidos.
Consideraciones Adicionales
- Ingresos por dos trabajos: Debes sumar los ingresos de ambos trabajos y aplicar la tarifa correspondiente a tu ingreso total anual.
- Ingresos globales: Según el Artículo 1 de la LISR, los residentes en México deben declarar todos sus ingresos globales.
- Responsabilidad del contribuyente: Eres responsable de declarar y pagar el impuesto directamente al SAT. Si no lo haces, se generarán recargos del 1.13% mensual más actualizaciones por inflación.
- Freelancers (Régimen de Actividades Profesionales): Los freelancers pagan ISR sobre sus honorarios brutos, aplicando tasas del 1.92% al 35%.
- Percepciones adicionales: Todas las percepciones adicionales (comisiones, bonos, horas extras) se consideran ingresos acumulables.
- Subsidio al empleo: Es un apoyo gubernamental para trabajadores con ingresos bajos. En 2025, aplica si ganas menos de $7,382.34 MXN mensuales.
- Declaración complementaria: Tienes hasta 5 años para presentar una declaración complementaria mediante el sistema SAT IDC.
Obligaciones Fiscales según la LISR
La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece diversas obligaciones para las personas físicas en relación con el ISR. A continuación, se resumen algunos puntos clave:
- Pago anual mediante declaración: La LISR obliga a las personas físicas a pagar un impuesto anual mediante declaración que presentarán en abril del año siguiente.
- Acumulación de ingresos: En la declaración anual, las personas físicas deberán acumular la totalidad de sus ingresos percibidos por cualquier concepto durante el ejercicio que declaran, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo.
- Declaración de ingresos totales: En su declaración deberán manifestar la totalidad de sus ingresos, incluidos los exentos y por los que se haya pagado impuesto definitivo, cuando en el ejercicio que declaran hayan obtenido ingresos superiores a $500,000.00.
- Ingresos por actividades empresariales: En caso de que se perciban ingresos sólo por actividades empresariales, únicamente se pagará el impuesto por tal concepto.
Determinación del ISR según la LISR
La LISR establece una fórmula para determinar el ISR a cargo o a favor del contribuyente. A continuación, se presenta un resumen de esta fórmula:
- Utilidad gravable por actividades empresariales
- (-) Deducciones personales (gastos médicos, funerarios, donativos, intereses reales por créditos hipotecarios, aportaciones voluntarias a cuentas personales de retiro, primas por seguros de gastos médicos y transportación escolar; no pueden exceder de la cantidad que resulte menor entre 4 SMG anuales del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo los exentos; en ese límite no entran los donativos)
- (=) Base previa del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
- (-) Estímulo fiscal por pago de ciertas colegiaturas
- (=) Base del impuesto (cuando el resultado sea positivo)
- (/) Aplicación de la tarifa del artículo 152 de la LISR
- (=) Impuesto del ejercicio
- (-) Pagos provisionales efectuados en el ejercicio
- (-) Retenciones por cobro de intereses efectuadas en el ejercicio
- (=) ISR a cargo o a favor del ejercicio
Ejemplo de Determinación del ISR
A continuación, se presenta un ejemplo de cómo se determina el ISR según la LISR:
- Utilidad gravable por actividades empresariales: 185,000
- (-) Deducciones personales: 25,800
- (=) Base previa del impuesto: 159,200
- (-) Estímulo fiscal por pago de ciertas colegiaturas: 0
- (=) Base del impuesto: 159,200
- (/) Aplicación de la tarifa del artículo 152 de la LISR: I
- (=) Impuesto del ejercicio: 20,696
- (-) Pagos provisionales efectuados en el ejercicio: 23,649
- (-) Retenciones por cobro de intereses efectuadas en el ejercicio: 0
- (=) ISR a favor del ejercicio: (2,953)
Estímulo Fiscal por Pago de Colegiaturas
Mediante el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF del 26/XII/2013, se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los establecidos en el Título IV de la LISR, consistente en disminuir del resultado obtenido conforme a la primera oración del primer párrafo del artículo 152 de la citada ley (base del impuesto), la cantidad que co-rresponda conforme al artículo 1.10 del mencionado Decreto, por los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básico y medio superior a que se refiere la Ley General de Educación, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente de que se trate no perciba durante el año de calendario ingreso en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año.
Saldo a Favor del ISR
En caso de que el contribuyente obtenga saldo a favor del ISR, sólo podrá solicitar la devolución o efectuar la compensación del impuesto efectivamente pagado o que le hubiera sido retenido.
Fundamento Legal
- LISR 109: Los contribuyentes a que se refiere esta Sección deberán calcular el impuesto del ejercicio a su cargo en los términos del artículo 152 de esta Ley. Para estos efectos, la utilidad fiscal del ejercicio se determinará disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos por las actividades empresariales o por la prestación de servicios profesionales, las deducciones autorizadas en esta Sección, ambos correspondientes al ejercicio de que se trate. A la utilidad fiscal así determinada, se le disminuirá la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su caso, las pérdidas fiscales determinadas conforme a este artículo, pendientes de aplicar de ejercicios anteriores; el resultado será la utilidad gravable.
- LISR 150: Las personas físicas que obtengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.
- LISR 151: Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:
- LISR 90: Están obligadas al pago del impuesto establecido en este Título, las personas físicas residentes en México que obtengan ingresos en efectivo, en bienes, devengado cuando en los términos de este Título señale, en crédito, en servicios en los casos que señale esta Ley, o de cualquier otro tipo.
