Reforma Tributaria y Aportes Parafiscales: ¿Qué Pasará con las Cajas de Compensación Familiar?post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Reforma Tributaria en Colombia es un tema de gran relevancia que requiere atención y análisis. Desde Álvarez Liévano Laserna queremos hablar sobre las incidencias de la recientemente aprobada Reforma Tributaria en el campo del derecho laboral. Esta ha sido una reforma significativa en el marco del sistema de retención en la fuente y ha generado un gran impacto en la economía y en el mundo fiscal.

Un aspecto crucial ha sido la situación de las cajas de compensación familiar. Se anuló una parte del artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 1625 de 2016 (modificado por el Decreto 2150 de 2017) porque excluía a las cajas de compensación de la exoneración del pago de aportes parafiscales y cotizaciones al régimen contributivo de salud, establecida en el artículo 114-1 del Estatuto Tributario (ET). Conclusión: Las cajas de compensación están incluidas en la exoneración de aportes parafiscales y cotizaciones al régimen contributivo de salud, conforme a los artículos 114-1 y 19-2 del ET.

Cambios en Rentas Exentas y Deducciones para Trabajadores

La disminución del tope máximo de rentas exentas y deducciones especiales genera cambios en el mundo laboral, pues se presenta una reducción en los beneficios fiscales que anteriormente estaban disponibles para los trabajadores.

Anteriormente, el tope de la renta exenta era del 25% de 2.880 UVT anual, lo que equivalía a $109.452.000. Sin embargo, con la nueva reforma, este tope se redujo drásticamente a 790 UVT anuales, lo que equivale a $33.505.000. Además, el límite conjunto de las deducciones especiales y las rentas exentas también se ha visto afectado. Anteriormente, este límite era de 5.040 UVT anuales, lo que equivalía a $191.541.000. Con la Ley 2277 de 2022, este límite se redujo a 1.340 UVT anuales, lo que equivale a $56.832.000.

Concepto Tope Anterior (2.880 UVT o 5.040 UVT) Tope Actual (790 UVT o 1.340 UVT)
Renta Exenta Anual $109.452.000 (25% de 2.880 UVT) $33.505.000 (790 UVT)
Límite Conjunto Deducciones y Rentas Exentas $191.541.000 (5.040 UVT) $56.832.000 (1.340 UVT)

Es importante tener en cuenta que, en la práctica, la posibilidad de utilizar deducciones especiales se ve restringida por el límite anual establecido en la Reforma. Es necesario destacar que estos topes son anuales, no solo porque en materia tributaria no es posible realizar interpretaciones diferentes a la norma, sino porque no es dable aplicar los principios propios del derecho laboral. Por lo tanto, se espera que esta reducción en los beneficios tributarios tenga un impacto consistente en una base de retención más elevada cuando se llegue al límite de cada alivio, especialmente para los trabajadores que hayan optado por acogerse al procedimiento de retención No.

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Debe tenerse en cuenta que, para la declaración de renta, todos los otros ingresos (arrendamientos, rentas de capital, honorarios, servicios, dividendos) se suman para determinar la renta gravable y el impuesto a la renta. El beneficio consistirá en la posibilidad de llevar en su declaración de renta como deducción el 1% (sin exceder de 240 UVT anuales) del valor de las adquisiciones que realice en el año sin necesidad de tener relación de causalidad con la actividad productora de renta.

Aportes Parafiscales: Definición y Exoneración

Antes que nada, resulta pertinente saber con exactitud qué son aportes parafiscales y quién paga los parafiscales. En palabras sencillas, son contribuciones que los empleadores realizan sobre la nómina salarial de sus trabajadores. Todas estas se destinan a financiar entidades y programas sociales reconocidos en Colombia. Las contribuciones parafiscales de una nómina son una carga adicional para el empleador y un componente importante del costo laboral. Su cumplimiento es de carácter obligatorio. Dichos recursos tienen como objetivo sostener los programas de formación, bienestar y apoyo integral para los trabajadores y sus familias. Gracias a las mencionadas medidas, es posible promover el desarrollo social y económico del país.

Los cálculos se efectúan en función al salario que recibe cada trabajador por su desempeño. Aquí incluimos: la remuneración fija, variable, horas extras, bonificaciones y comisiones. Todo esto suma un total del 9 % sobre el salario de cada trabajador. Respecto a la seguridad social, la exoneración de tales contribuciones se limita a la cuota del empleador para salud, que es el 8,5 %. Estas reglas sobre cómo se sacan los aportes parafiscales buscan equilibrar la carga tributaria.

¿Quiénes están exonerados de aportes parafiscales?

En este punto, es probable que te preguntes quiénes están exonerados de aportes parafiscales. De acuerdo con la normativa vigente, quedan exentos del pago de parafiscales los empleadores que tienen trabajadores que devenguen de forma individual menos de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Esta medida aplica para las cotizaciones dirigidas al SENA y al ICBF.

Las personas jurídicas, que son contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, están exoneradas del pago al SENA. Todos estos requisitos puedes revisarlos a profundidad. Encuentra los detalles en el artículo 114-1 del Estatuto Tributario vigente en Colombia. Cabe destacar que la Ley 1943 de 2018 ratificó las entidades que tienen que realizar el proceso de calificación. Se trata de contribuyentes del régimen tributario especial que están obligadas a cotizar.

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Las personas naturales empleadoras están exoneradas del pago de contribuciones sociales para trabajadores que ganen hasta diez SMMLV. Sin embargo, si cuentan con menos de dos empleados, tienen la obligación de pagar la suma total. Los contribuyentes que optan por el régimen simple de tributación están exonerados según el artículo 114-1 del Estatuto Tributario. La Ley de Reforma Tributaria 1943 de 2018 modificó el artículo 114-1 del Estatuto Tributario para entidades en proceso de clasificación. En otras palabras, el beneficio de exoneración no aplica para estas entidades durante dicho proceso.

La respuesta es no. Los trabajadores no están exonerados del pago de las cotizaciones a salud. Es necesario dejar claro que la exoneración solo aplica para la parte del empleador en dicho concepto, que es del 8,5 %. El trabajador debe aportar el 4 % de su salario para este fin. El descuento es obligatorio y se realiza regularmente sobre su nómina.

En cuanto a los que reciben salario integral, la ley estipula que debe ser igual o superior a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes, más un 30 % adicional por componente prestacional. En estos casos, los beneficios laborales cubren las obligaciones relacionadas con salud y otras cargas establecidas. Así, no existe ningún tipo de exoneración y los pagos deben efectuarse en su totalidad.

Para los trabajadores independientes, la situación es diferente. Estos colaboradores no están obligados a cotizar al SENA, al ICBF ni a las cajas de compensación familiar. La afiliación voluntaria a las cajas de compensación familiar permite acceder a diferentes ventajas. En este punto, destacamos la recreación, la capacitación, el turismo y el subsidio de vivienda. ¿Cómo funciona? Solo es necesario abonar un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización. Por ejemplo, se paga un 0,6 % de un salario mínimo para beneficios sociales o un 2 % de dos salarios mínimos para ampliar el acceso a subsidios. Las empresas deben verificar que los aportes parafiscales de independientes estén al día en salud y pensión.

Ahora que ya sabes cuáles son los aportes parafiscales en Colombia, revisa minuciosamente tus cálculos. Esta es la mejor manera de corroborar que estés a derecho con el ordenamiento jurídico vigente. De igual modo, tras cada pago, guarda el certificado de aportes parafiscales que valida el cumplimiento de tus obligaciones. Las exoneraciones se han convertido en verdaderas aliadas. Permiten a las empresas destinar de manera más efectiva los recursos para motivar a sus colaboradores.

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El Rol de las Cajas de Compensación Familiar y la Controversia

El subsidio familiar parece haberse convertido en una piñata presupuestal, que algunos quieren apalearla, como depredadores, para ver cómo caen sus recursos y a financiar supuestamente programas de los más variados matices, eso sí, con base en el sacrificio de los trabajadores más pobres de Colombia, como si se deseara cobrar por otra ventanilla el no haberse incluido su cambio de financiación en la reforma tributaria. Es por eso que me siento en la honrosa tarea de salir en defensa de los trabajadores del país y, en general, de los 22 millones de colombianos que, de manera total o parcial, se sirven de los servicios y programas de las cajas de compensación familiar, y de paso, clarificarles dudas a los detractores del subsidio familiar, que al ver trastocadas sus pretensiones emprendidas se dieron a la perversa tarea de desacreditar estas instituciones con pasmoso e irresponsable desconocimiento.

Por consiguiente, tal como lo define el Artículo 1° de la Ley 21 de 1982, "el subsidio familiar es objetivo fundamental de la protección integral de la familia". Es decir, la prestación de la seguridad social, como servicio público que atiende un derecho constitucional, debe ser autónoma en su esquema de financiación y prestación. Esto hace parte del pacto social sobre el cual se han construido el Estado Social de Derecho, y la ciudadanía, y es una de las formas como se expresa la democracia. Sin el aporte empresarial, los trabajadores quedarían desprovistos de los diferentes subsidios y beneficios que el sistema de subsidio familiar les otorga.

Preocupación de Asocajas ante Proyectos Legislativos

Doce normas legislativas, tres de ellas convertidas ya en leyes del Congreso de la República, generan preocupación en el gremio de cajas de compensación (Asocajas), que inicia este jueves su congreso anual, en el que pondrán sobre el tapete la necesidad de una mayor garantía a la estabilidad jurídica, de manera que puedan “seguir siendo el mejor aliado de la clase media”, según sostuvo Adriana Guillén, presidenta de esa agremiación. En esta oportunidad, cuando Asocajas realiza el congreso número 31 y las cajas de compensación cumplen 65 años de irrupción en el mundo del trabajador y su familia, el evento estará enfocado en la temática del bienestar, pues, “es lo que las cajas han hecho desde sus inicios”, agregó Guillén.

Sin embargo, no se ve así desde todos los frentes. En el 2012, en medio de una gran controversia, la reforma tributaria aprobada en ese año buscaba quitar los recursos que reciben las cajas, a título de parafiscales, correspondientes a un 4 % del salario de cada trabajador formal, lo que les permite acceder -a él y su familia- a múltiples servicios. “En ese momento no se tocó el aporte al sistema de subsidio familiar porque, desde el análisis técnico, resultaba de tal magnitud el desajuste financiero y social de la política pública que no había forma de sustituir la fuente de recursos para la niñez, salud o vivienda; esto sin mencionar los beneficios que perdería la clase trabajadora”, señaló Guillén.

Según Asocajas, “los ingresos provienen de los aportes de los empresarios, no del salario de los trabajadores. Esos recursos se convierten en salario social una vez son entregados”. Hay que recordar que en el 2018, estos dineros ascendieron a 7 billones de pesos y, para mencionar solo unos cuantos servicios que reciben más de 21 millones de trabajadores y sus familias, las cajas cuentan con 318 centros recreacionales, unidades deportivas o clubes. Los beneficios que perdería la clase trabajadora incluyen:

  • cuota monetaria
  • cultura
  • educación
  • recreación y turismo
  • vivienda

“La infraestructura de recreación nació en 1954. Si desaparece este papel que juegan las cajas, la clase trabajadora no tendría a dónde ir”, dijo la presidenta del gremio, que cobija a 36 de las 43 cajas que existen. En salud, por ejemplo, tienen la tercera parte de afiliados del país, 14,4 millones de personas, entre los regímenes contributivo y subsidiado, indicó Guillén.

Pero en el reciente informe de la Ocde sobre Colombia, el organismo internacional volvió a tocar el tema y sugirió la búsqueda de una fuente de financiación distinta, pues, si bien destaca “la gran variedad de servicios, desde programas de vivienda y capacitación hasta deportes y ocio que adelantan, es necesario buscar fuentes de financiación alternativas para estas instituciones o convertir en voluntaria dicha contribución”. El presidente de la Andi, Bruce Mac Master, expresa su posición: “Estamos convencidos del modelo y de su capacidad de generar beneficios para los trabajadores. Por eso hemos enfatizado en la construcción de mecanismos de concertación que permitan enfocar sus inversiones y servicios en programas y políticas en las cuales todos estemos de acuerdo. Ha habido casos en los cuales este principio general se olvida. En ese momento es cuando el sistema entra en riesgo”.

Entre tanto, en el congreso de Asocajas abordarán la necesidad de contar con estabilidad jurídica en las reglas, por lo que la presidenta del gremio llamó la atención sobre leyes y proyectos legislativos que involucran parte de los recursos que manejan las cajas (plata destinada al pago de subsidios al desempleado), por ejemplo, están como posible fuente de financiación del sistema de residencias médicas. Otras iniciativas legislativas buscan:

  • que con el 20 % de los recursos del Fovis (dirigidos a financiar la vivienda de la población con menores ingresos a través de subsidios, con los cuales se benefician 56.000 familias), se cubran necesidades de los damnificados por eventos naturales.
  • proyectos de ley para que estas instituciones paguen seguros de vida a los trabajadores de vigilancia o para cubrir las prácticas jurídicas de los estudiantes de derecho.

“Todo esto está bien que se financie, pero por qué con los recursos de los trabajadores, lo que, además, pone es en riesgo el aporte del empresario, cuyo manejo tiene implícito un concepto de responsabilidad social”, anotó Guillén. Los recursos de las cajas también están en el visor del Legislativo para que se impulse la contratación de jóvenes menores de 28 años (un año sin aportar a las cajas); para formalizar empleos o para vincular personas a las que les faltan 250 semanas de cotización para lograr una pensión, entre otras.

El Debate sobre el Sistema de Compensación Familiar

Al respecto, el representante a la Cámara, Mauricio Toro, señaló que “el tema debe ser parte de un debate amplio, pues, si bien es cierto que reducir la carga al empleador, del 4 % a la nómina, está en línea con la promoción de la competitividad de las empresas y la generación de empleo, también es verdad que las cajas han desempeñado un papel fundamental en servicios y bienestar para el trabajador”. La parlamentaria Juanita Goebertus, que acompañó uno de los proyectos que preocupan a Asocajas, dijo: “estoy dispuesta a discutir proposiciones que no pongan en riesgo a las cajas de compensación”.

Así, el llamado de Guillén es para que “empresarios, gobierno, legisladores y las cajas se enfoquen en asegurar no solo la continuidad del Sistema de Compensación Familiar sino su integridad. No hacerlo, es desconocer el esfuerzo de los empresarios, dilapidar el patrimonio social de los trabajadores, entorpecer la materialización de las políticas públicas y poner en riesgo la estabilidad social y fiscal que este sistema genera”.

El congreso de Asocajas hará visible durante dos días la nueva problemática de la protección social en un mercado laboral cambiante. Según Adriana Guillén, “estamos en una coyuntura distinta a la de hace 30 años. Hay nuevas formas de trabajo. Existen quienes no quieren emplearse. Es necesario revisar la legislación laboral actual, que parte de una estructura rígida: el contrato”. Ese será uno de los temas de debate de expertos nacionales e internacionales, entre ellos Simone Cecchini, oficial de Asuntos Sociales de la Cepal, quien mostrará el panorama de la región. Para Guillén, más allá de la modalidad de vinculación del trabajador, lo que se requiere es “inclusión social”. El congreso tendrá un panel sobre dignidad humana, como punto que debe estar en el centro del bienestar, anota Guillén. Como ingrediente especial habrá un foro sobre salud mental, teniendo en cuenta que las cajas cubren una población de 14 millones de afiliados y, con frecuencia, los colombianos tienen dificultades para manejar sus relaciones interpersonales. En este espacio, además de casos testimoniales, estará el psiquiatra Carlos Climent, de la Universidad de Harvard. El presidente Iván Duque asistirá al evento, y los ministros del Trabajo, Justicia y Salud y Protección Social están entre los panelistas.

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