Descubre Cómo Calcular Retenciones y Domina el ISR en Sueldos Fácilmentepost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En muchas ocasiones, nos encontramos con un problema frecuente al tratar con las retenciones de IVA e ISR y consiste en que tenemos el Importe Neto de las Retenciones, es decir, el importe final. Cuando ello ocurre, surge la duda de cómo realizar el cálculo inverso de las retenciones de ISR e IVA para llegar al importe bruto.

Para poder llegar al importe bruto, necesitamos establecer un factor de cálculo inverso con el cual podremos calcular la base gravable. De esta manera, si multiplicamos cualquier cantidad por el factor 1.16, obtendremos el importe neto, es decir, el importe final. Aplicando un poco de álgebra, podemos concluir que: El Total = Subtotal x 1.16. Aplicando la manera en la que obtuvimos el factor de IVA al 16%, a las retenciones de ISR e IVA, considerando a 1 como el 100% de cualquier cantidad, el factor que vamos a emplear lo podemos usar de dos formas.

Entendiendo el ISR (Impuesto Sobre la Renta)

Mucho escuchamos sobre este impuesto, pero realmente cuánto sabemos de él. El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. En términos prácticos, el ISR se calcula sobre la diferencia entre lo que ganas y lo que puedes restar como deducciones autorizadas. El origen de este impuesto se remonta a 1921 cuando Álvaro Obregón lo introdujo mediante la Ley Centenario.

A pesar de que este impuesto es anual, los patrones tienen la obligación de «retener» el impuesto de los trabajadores de forma mensual vía nómina y reportarlo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), siendo considerados a cuenta del impuesto que se genera durante todo el año.

¿Cómo calcular el ISR manualmente?

Aunque actualmente ya existen calculadoras de ISR online, es preferible conocer el procedimiento y saber hacerlo manualmente. Las tarifas se ajustan cada año conforme a la inflación y la Resolución Miscelánea Fiscal, lo que impacta directamente en las tablas ISR, cuotas y subsidios. Para calcular el monto a pagar, se pueden seguir las siguientes recomendaciones:

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  1. Ubicar el sueldo bruto mensual o las ganancias comerciales.
  2. Restar el límite inferior a tu ingreso total.
  3. Identificar en la tabla el porcentaje correspondiente al rango de sueldo.
  4. La cantidad que resulte de aplicar el porcentaje se sumará a la cuota fija que marca el SAT y que varía de acuerdo al nivel de ingreso.

Consideraciones importantes sobre el ISR

Las tablas mantienen la misma lógica de años anteriores, con ajustes por inflación para reflejar la realidad económica, evitando que los contribuyentes pasen a un rango superior sin un incremento real en sus ingresos. Es fundamental recordar lo siguiente:

  • Exención: En 2026, no se paga ISR si tus ingresos mensuales son menores a $11,492.66 MXN (límite superior del subsidio al empleo).
  • Subsidio al empleo: Este beneficio sigue vigente como un apoyo gubernamental para trabajadores con ingresos bajos, permitiendo reducir o incluso eliminar el ISR en ciertos casos.
  • Obligados: De acuerdo con la ley, solo deben cumplir con este impuesto las personas físicas con ingresos por sueldos, honorarios o actividad empresarial, empresas, y residentes en el extranjero con ingresos en México.
  • Deducciones: Sí puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).

Resumen de aspectos clave

Si eres responsable de declarar y pagar el impuesto directamente al SAT, ten presente que si no lo haces, se generarán recargos del 1.13% mensual más actualizaciones por inflación. Recuerda que todas las percepciones adicionales como comisiones, bonos y horas extras se consideran ingresos acumulables para el cálculo del impuesto.

Este artículo no puede ser considerado como un consejo o recomendación legal.

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