El Programa de Atención Inmediata para la Protección a la Industria de Vehículos Pesados se anunció el 26 de marzo de 2026, durante la conferencia matutina, por la Presidenta Claudia Sheinbaum y el Secretario de Economía, Marcelo Ebrard. Esta iniciativa se formaliza mediante el Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para apoyar la estrategia nacional denominada "Plan México", para fomentar nuevas inversiones, que incentiven programas de capacitación dual e impulsen la innovación.
Requisitos y condiciones para la aplicación del estímulo
Para acceder a estos beneficios fiscales, enfocados específicamente en la adquisición de Vehículos Pesados de Carga y Pasaje, es necesario cumplir con ciertas disposiciones normativas. Entre los aspectos fundamentales, destaca que los activos deben ser nuevos. Asimismo, se establece que el decreto menciona que las inversiones deberán mantenerse en uso durante un periodo mínimo de dos años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe su deducción inmediata.
Para formalizar la solicitud de estos estímulos, los contribuyentes deben considerar los siguientes puntos clave:
- Opinión de cumplimiento: Se requiere contar con una opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Historial fiscal: Es necesario anexar la declaración anual de los tres ejercicios fiscales inmediatos anteriores a aquel en que se realiza la solicitud.
- Formalidad: El escrito libre deberá contener la firma autógrafa del Contribuyente solicitante o de su representante legal, según sea el caso.
- Control: El contribuyente debe llevar un registro específico de las inversiones por las que se opta por aplicar la deducción inmediata.
Consideraciones técnicas sobre la inversión
Es importante destacar que el monto original de la inversión se podrá ajustar multiplicándolo por un factor de actualización basado en la inflación. Además, el decreto contempla que existe un Comité de Evaluación para aplicar los estímulos fiscales correspondientes.
| Concepto | Descripción del beneficio |
|---|---|
| Deducción Inmediata | Aplicable a inversiones en maquinaria y equipo o activos nuevos. |
| Estímulo por Capacitación | Equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación. |
| Base de cálculo | Diferencia positiva entre el gasto realizado en el año y el promedio de los ejercicios 2020, 2021 y 2022. |
Estímulos adicionales a la inversión
Adicionalmente, se otorga un estímulo para promover la capacitación e innovación equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciba cada uno de sus trabajadores en el ejercicio de que se trate o por los gastos erogados por concepto de innovación. Se va a permitir una deducción adicional por las inversiones en maquinaria y equipo o activos distintos a los destinados al estímulo principal.
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El incremento mencionado será la diferencia positiva entre el gasto realizado por concepto de capacitación en el año que se trate y el gasto promedio que haya erogado el contribuyente por este mismo concepto en los ejercicios 2020, 2021 y 2022. Para cualquier aclaración o comentario sobre el particular, AMDA está a tus órdenes en los teléfonos 55 36 88 36 50 ext.
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