Gestionar una nómina de manera eficiente puede ser un reto, especialmente cuando se trata de cumplir con las normativas fiscales y laborales de México. La parametrización de la nómina es un aspecto clave para cualquier empresa, y Aspel NOI 11 facilita este proceso al permitir calcular correctamente el ISR para trabajadores, las amortizaciones de INFONAVIT y la gestión de pagos anuales como el aguinaldo y la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
Cálculo del ISR para Pagos Anuales: Aguinaldo y PTU
Se tienen dos métodos para la retención de ISR correspondiente a los pagos anuales, como la gratificación anual (aguinaldo) y la participación de utilidades (PTU).
Procedimiento según el Artículo 174 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta
El artículo 174 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta menciona que "Tratándose de las remuneraciones por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y vacacionales a que se refiere el artículo 96 de la Ley, la persona que haga dichos pagos podrá optar por retener el Impuesto que corresponda conforme a lo siguiente:"
- La remuneración de que se trate se dividirá entre 365 y el resultado se multiplicará por 30.4;
- A la cantidad que se obtenga conforme a la fracción anterior, se le adicionará el ingreso ordinario por la prestación de un servicio personal subordinado que perciba el trabajador en forma regular en el mes de que se trate y al resultado se le aplicará el procedimiento establecido en el artículo 96 de la Ley;
- El Impuesto que se obtenga conforme a la fracción anterior se disminuirá con el Impuesto que correspondería al ingreso ordinario por la prestación de un servicio personal subordinado a que se refiere dicha fracción, calculando este último sin considerar las demás remuneraciones mencionadas en este artículo;
- El Impuesto a retener será el que resulte de aplicar a las remuneraciones a que se refiere este artículo, sin deducción alguna, la tasa a que se refiere la fracción siguiente, y
- La tasa a que se refiere la fracción anterior, se calculará dividiendo el Impuesto que se determine en términos de la fracción III de este artículo entre la cantidad que resulte conforme a la fracción I de dicho artículo. El cociente se multiplicará por cien y el producto se expresará en por ciento.
Te recomendamos consultar el Ejemplo Cálculo de ISR del Aguinaldo art. 174 RLISR.
Procedimiento según el Artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta
Existe un procedimiento alternativo, de aplicación general, para el cálculo de ISR, de acuerdo a la LISR, aplicando las tarifas de ISR al total de percepciones gravadas del mes, incluyendo la cantidad a gravar correspondiente al pago anual del que se trate.
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Te recomendamos consultar el Ejemplo Cálculo de ISR del Aguinaldo art. 96 LISR.
Cálculo Anual de ISR en Aspel NOI 11
Configurar el sistema para el cálculo anual del Impuesto sobre la Renta (ISR) en la última nómina del año permite verificar si las retenciones realizadas a los trabajadores durante el ejercicio fueron correctas con base en sus ingresos gravables acumulados. Este proceso ayuda a identificar si existe un impuesto a cargo o un saldo a favor y a realizar los ajustes necesarios antes de cerrar el ejercicio fiscal. Para efectuar un correcto cálculo, revisa lo siguiente:
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Conoce la mecánica del cálculo
La base gravable anual es el acumulado de todos los ingresos gravables para ISR que percibió un trabajador en todo el año y esta se multiplica por un factor anual que debe ser siempre 1; este cálculo debe realizarse en la última nómina del año.
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Configura el sistema para el tipo de cálculo anual
En la última nómina del año, configura el tipo de cálculo; ingresa a la ruta: menú Nómina y haz clic en el ícono Parámetros de la nómina. Selecciona en el Tipo de cálculo la opción de anual.
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Valida el subsidio para el empleo
Ingresa al menú Nómina y haz clic en el ícono Percepciones y deducciones. Selecciona la percepción Subsidio para el empleo, haz clic en el ícono Modificar y revisa que estén configuradas las secciones de Aplicación y Nómina.
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Importante: si el catálogo de percepciones y deducciones es personalizado, se deberá seleccionar la que corresponda al subsidio para el empleo aplicado.
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Indica a qué trabajadores se aplica el cálculo
Para ello, ingresa al menú Nómina y haz clic en el ícono Trabajadores. Dirígete al detalle del trabajador, haz clic en el ícono Modificar, luego posiciónate en la pestaña Salario y activa la casilla Aplicar cálculo anual.
Nota: esto con el fin de cumplir con lo establecido en el Artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR).
Considera que el Artículo 96 establece los casos donde las empresas no están obligadas a generar dicho ajuste:
- Cuando el trabajador no haya laborado los 12 meses del año en la empresa.
- Si el trabajador tiene ingresos superiores a $400,000.00.
- Cuando el trabajador así lo solicite.
Importante: cuando el trabajador tiene desactivado el parámetro de Aplicar cálculo anual, se genera un cálculo de ISR ajustado.
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Ejemplo de Cálculo de ISR Anual realizado por NOI
A continuación, se muestra un ejemplo del cálculo que NOI realiza para determinar el ISR anual:
Datos del trabajador
- Sueldo del período: 6,083.3200
- Ingresos gravables acumulados: 143,227.7499
- ISR retenido en el año: 14,986.5055
- Acumulado de subsidio para el empleo: 0.00
- Nómina: 31/Dic/2025
- Días del año: 365
- Días transcurridos: 365
- Subsidio al empleo de la última nómina: 0.00
Factor anual: Días del año 365 / Días transcurridos 365 = Factor Anual 1.00
Base gravable anual: Gravable acumulado 143,227.7499 + Gravable del período 6,083.3200 - Impuesto local 0.00 = Base gravable 149,311.0699
Impuesto:
- Base gravable (anual) 149,311.0699
- - Límite inferior 134,119.4100
- = Excedente 15,191.6599
- * % Art. 152 0.1792
- = Impuesto sin cuota fija 2,722.3455
- + Cuota fija 12,264.16
- = Impuesto 14,986.5055
Subsidio para el empleo:
- Acumulado S.E. Aplicado 0.00
- + S.E. Aplicado en esta nómina 0.00
- = Acum. Anual S.E. Aplicado 0.00
ISR anual:
- Impuesto 14,986.5055
- / Factor anual 1.0000
- = Impuesto - Subsidio anual 14,986.5055
- - Acumulado Sub. Aplicado 0.0000
- = ISR Ajuste anual 14,986.5055
Nota: el sistema realiza el mismo cálculo para todos los trabajadores sin importar el tipo de jornada.
ISR del período: ISR Anual 14,986.5055 - ISR acumulado 14,385.9200 = ISR del período 600.5855
Situaciones generales en el cálculo anual de ISR
Se tienen dos casos como resultado debido al cálculo anual de ISR y es importante mencionar la situación general en que pueden presentarse, así como sus principales consecuencias.
- ISR a favor: si el acumulado de retenciones provisionales de ISR es mayor al ISR determinado por el cálculo anual de impuesto, implicaría que se realizaron retenciones “de más” al trabajador, por lo que estas le podrán ser acreditadas en las nóminas del siguiente año fiscal.
- ISR a cargo: si el acumulado de retenciones provisionales de ISR es menor al ISR determinado, el trabajador está obligado a pagar la diferencia que resulte.
- Subsidio para el empleo por cálculo anual: si el acumulado de devoluciones provisionales de Subsidio para el Empleo (SE) es menor al SE determinado por el cálculo anual de impuesto, no se devolverá cantidad alguna por concepto de SE al trabajador, por considerarse como definitivos los pagos de SE, debiendo las empresas absorber el costo de las diferencias.
En el caso de que el resultado del cálculo anual sea un subsidio, no se va a mostrar en el recibo, pero sí puede aparecer cuando se calculó subsidio en el período actual.
Nota: pueden existir diferencias por la aplicación de la mecánica establecida en el Artículo 142 de la LISR para el cálculo de impuesto por pagos extraordinarios al trabajador.
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Genera el reporte de diferencias entre ISR retenido y cálculo anual
Este informe presenta los acumulados de ISR retenido, incluyendo la nómina actual, y los compara contra el cálculo anual, considerando los ingresos acumulados hasta la nómina actual. Para generarlo, ingresa al menú Fiscales y haz clic en el ícono Cálculo anual.
De esta forma, se podrá conocer el comportamiento del impuesto retenido con respecto al cálculo anual para que, en dado caso, se tomen medidas correctivas como realizar un ajuste o bien simplemente conocer las cantidades que dan por resultado al aplicar un cálculo anual de ISR.
La información que muestra el reporte es la siguiente:
Campos Descripción Ing. Gravables La suma de los ingresos gravables para ISR del trabajador. Este monto incluye el ingreso gravable de la nómina actual en la que se emite el reporte. Impuesto Es el monto del impuesto que se obtiene al aplicar el artículo 96 a los ingresos gravables. Acum. SE apl Es el acumulado del subsidio para el empleo calculado o aplicado a los trabajadores de acuerdo a las tablas, desde el inicio de año hasta la nómina actual; este dato el sistema lo toma de la deducción D111 o de la definida en los parámetros del sistema > Sub. empl. aplicado. ISR acum Es el acumulado de ISR retenido a los trabajadores desde el inicio de año hasta la nómina actual, atendiendo la forma de cálculo de impuesto definida en todas las nóminas. Exc.SE Presenta el monto del excedente del subsidio para el empleo. ISR a cargo Presenta el monto que se le retendrá al trabajador por ese concepto, considerando lo que ya pagó. ISR a favor En esta columna se presenta el monto que se le retuvo de más al trabajador y que se le regresará. Te recomendamos consultar el tutorial para definir bases fiscales por percepciones.
Cálculo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)
La PTU se paga dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el ISR anual. La renta gravable es una utilidad fiscal determinada conforme al artículo 9 de la Ley del ISR.
Para calcular la PTU, se siguen varios pasos, incluyendo la determinación de la utilidad del trabajador por días laborados.
- Supongamos que el 10% destinado al PTU de una empresa es de 45,300.00 pesos.
- Se distribuye la mitad de la utilidad ($22,650) entre los días laborados por todos los trabajadores.
- Multiplicamos los ingresos anuales individuales por la otra mitad de la utilidad ($22,650.00).
- Si el monto es mayor a las 15 UMAs, solo la cantidad excedente se grava con el ISR.
Y listo, tu sistema estará preparado para hacer el cálculo de PTU de forma automatizada.
Aspel NOI 11: Automatización y Reportes
Aspel NOI 11 es la solución ideal para automatizar y simplificar los cálculos de ISR y las amortizaciones de INFONAVIT en tu empresa. No solo te ahorra tiempo, sino que también reduce el margen de error al parametrizar correctamente cada aspecto de la nómina, adaptándose a las necesidades de cada empleado. Algunas de las ventajas que obtendrás:
- Cálculos automáticos: Olvídate de las hojas de cálculo manuales y los errores humanos. Con Aspel NOI 11, los cálculos se realizan de forma automática, lo que garantiza precisión y cumplimiento con la ley.
- Actualización constante: Aspel NOI 11 se actualiza con las normativas fiscales y salariales más recientes, lo que te asegura que siempre estés al día con los cambios.
- Configuración personalizada: Puedes parametrizar los aspectos que necesites, desde los salarios hasta los factores de INFONAVIT, lo que te brinda control total sobre tu nómina.
Aspel NOI 11 genera de forma automática los reportes necesarios para controlar la retención del ISR, la aplicación del subsidio al empleo y las deducciones de INFONAVIT, facilitando la administración y cumplimiento de las obligaciones fiscales. Configurar estos parámetros de forma automática y precisa no solo te ahorra tiempo, sino que garantiza que cumples con las normativas legales.
