¡Aprende Cómo Cancelar Facturas CFDI 4.0 y Complementos de Pago en Aspel SAE Rápido y Fácil!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La nueva Reforma Fiscal ha traído muchos cambios respecto al tema de la facturación con la llegada del Comprobante Fiscal Digital por Internet 4.0 (CFDI). Algunos de ellos son el proceso de cancelación y el complemento de pago.

Hoy en día existen soluciones especializadas que hacen más ágiles estos procesos, aportando mayor seguridad y disminuyendo el riesgo de errores ante el SAT. Los sistemas Siigo Aspel ya están operando con estas nuevas disposiciones fiscales, por lo que no es necesario llevar a cabo algún proceso adicional.

Aspectos Generales de la Cancelación de CFDI 4.0

Según los artículos 29 y 29-A sexto párrafo del Código Fiscal de la Federación, y las reglas 2.7.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, el proceso de cancelación de un CFDI 4.0 implica los siguientes pasos y consideraciones:

  • Se debe enviar una solicitud de cancelación.
  • Es indispensable señalar las razones de la cancelación.
  • El emisor tiene que enviar la solicitud de la cancelación de la factura, por medio del portal del SAT, o por medio de un proveedor certificado.
  • En el momento de realizar la cancelación, se deberán indicar los motivos de la misma mediante las claves establecidas. En caso de realizar la sustitución del comprobante, se tiene que señalar la clave 01 "Comprobante emitido con errores con relación", manifestando el folio fiscal del comprobante que lo sustituye.
  • La aceptación para la cancelación por parte del receptor de la factura se comunicará mediante un mensaje en su buzón tributario, informándole de la existencia de una solicitud de cancelación.
  • El receptor tiene que responder aceptando o rechazando la cancelación de la factura. Debe hacerlo por medio del portal del SAT o desde el programa de facturación que utilice normalmente.
  • El receptor deberá manifestar la aceptación o rechazo de la cancelación a través del Portal del SAT o bien vía un proveedor de certificación dentro de los tres días hábiles siguientes contados a partir de la recepción de la solicitud.
  • El SAT considerará que el receptor acepta la cancelación del CFDI si transcurrido este plazo, no realiza manifestación alguna.
  • Las peticiones de cancelación, consulta de estado de la factura, la aceptación o rechazo de la cancelación y la consulta de documentos relacionados, se podrá realizar por el portal del SAT o mediante los servicios de un proveedor de certificación. Éste último tiene la opción de realizar estas acciones de manera masiva.

Modificaciones en la Cancelación de CFDI sin Aceptación del Receptor

El día 18 de octubre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de internet la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021. En ella, se dio a conocer la modificación de las fracciones I y X de la regla 2.7.1.39 referente a la Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor. Estos cambios son cruciales para entender las regulaciones actuales:

Concepto Antes (hasta 17/10/2021) Ahora (a partir de 18/10/2021)
Monto para CFDI sin aceptación del receptor Hasta $5,000.00 M.N. Hasta $1,000.00 M.N.
Plazo para cancelación sin aceptación 3 días hábiles 1 día hábil

Como se observa, se produjo una disminución del monto a considerar para cancelar un documento sin aceptación por parte del receptor, pasando de $5,000.00 a $1,000.00 (M.N.). Es decir, todos los documentos con un importe total mayor a $1,000.00 (M.N.) ahora requieren aceptación por parte del receptor. Además, el plazo de cancelación se modificó de tres días a un día hábil para que las facturas sean consideradas cancelables sin aceptación. Todas las excepciones para la cancelación sin aceptación se pueden consultar en el tutorial "Conocer los tipos de cancelación de CFDI".

Lea también: Guía para Aceptar y Cancelar CFDI

El Complemento de Pago (CFDI de Recepción de Pagos)

Un complemento de pago es un CFDI que contiene la información de los pagos recibidos relacionados con una factura. Los complementos de pago son utilizados en México como parte de la facturación electrónica para registrar operaciones donde el pago se realiza de manera diferida. Con el comprobante de recepción se declara por aceptado y reconocido el pago realizado y que este cubre al 100% el importe de la factura emitida anteriormente.

Cancelación de un Complemento de Pago

La cancelación de un complemento de pago implica la anulación o eliminación de un documento fiscal que se ha emitido previamente. Es importante tener en cuenta que la cancelación de un complemento de pago puede tener implicaciones fiscales y legales, ya que está relacionada con la correcta documentación de transacciones comerciales y el cumplimiento de las regulaciones fiscales vigentes.

Generación de un Complemento de Pago en CFDI 4.0

Para generar un complemento de pago, se deben seguir los siguientes pasos generales:

  1. Ingresa el folio del CFDI original.
  2. En la parte de Complementos, verás la opción que dice "Recepción de pagos", da clic en "Nuevo".
  3. Llena la información que te solicita la pestaña de "Pago".
  4. Aparecerá una tabla con la información del complemento.

Proceso de Cancelación en Aspel SAE

Esta operación será posible en Aspel SAE a partir del re-instalable 12. Para llevar a cabo la cancelación de un CFDI, se deberán seguir los siguientes pasos:

1. Configurar el proveedor de cancelación

  1. Dirígete a Configuración -> Parámetros del sistema -> Facturación electrónica.
  2. En esta ventana, deberás dar clic en la pestaña de “Configuración de comprobantes”.
  3. Identifica la pestaña “Servicio de cancelación” y da clic en dicha pestaña.
  4. Captura la información correspondiente al servicio de cancelación.
  5. Al finalizar, deberás dar clic en “Probar la conexión”, donde te mostrará el mensaje de “Conexión exitosa”.

2. Consultar los documentos

  • Accede a Ventas -> Facturas.
  • Dentro de esta consulta podrás validar todos los comprobantes emitidos.

3. Realizar la petición de cancelación

  • Desde Ventas -> Facturas:
    1. Para realizar dicha petición, selecciona el documento que desees cancelar y da clic en el botón Cancelar.
    2. A continuación, se desplegará la información de la factura, donde deberás dar clic de nuevo en el botón Cancelar.
    3. Se mostrará la ventana de Cancelación de documentos en la cual deberás seleccionar el motivo de cancelación.
    4. Se mostrará un mensaje informativo el cual comenzará el proceso de aceptación o rechazo de la factura según corresponda:
      • Cancelación enviada al SAT: Se manda la solicitud al SAT, para que la autoridad determine que se trata de una cancelación sin autorización (Inicio del proceso de cancelación sin aceptación).
      • En espera de aprobación: Se envía la solicitud de cancelación al receptor para que este la acepte o la rechace, misma que el sistema permite enviar por correo electrónico (Inicio del proceso de cancelación con aceptación).
    5. Podrás visualizar el Acuse de solicitud de cancelación. La factura estará Timbrada en proceso de cancelación y en la columna de respuesta de cancelación dependerá del mensaje que se muestre previamente, así como el motivo por el cual se canceló la factura. También se podrá añadir la columna de motivo de cancelación para una mejor consulta.
    6. Para consultar el estado del CFDI en el portal del SAT, selecciona el documento y presiona Verifica, el cual indicará si está cancelado o no dicho CFDI. Mediante esta ventana se agiliza la consulta del estado del CFDI en el SAT.
    7. Al verificar un CFDI en proceso de cancelación y este ya se encuentre cancelado en el portal del SAT, al aceptar la ventana de verificación el sistema realizará la cancelación en automático, al igual permitirá enviar el acuse de cancelación al cliente.
    8. En el caso de que se trate de una cancelación sin aceptación, permitirá enviar el acuse de cancelación al cliente; en caso contrario, se deberá de seguir el proceso de cancelación con aceptación.

4. Verificar la respuesta de cancelación

  • Desde Ventas -> Facturas:
    • Deberás de esperar la respuesta por parte del receptor por un lapso máximo de 24 horas hábiles a partir de la solicitud.
    • Para consultar dicha respuesta sólo es necesario seleccionar el documento y dar clic en Verificar, mostrando el estado, por ejemplo, "CFDI Cancelado con aceptación".

Preguntas Frecuentes sobre la Cancelación CFDI 4.0

Sabemos que las nuevas reformas fiscales pueden resultar un tanto confusas, y si a esto le agregamos términos técnicos y constantes cambios de fechas por parte del SAT, el resultado es un contribuyente aún más confundido que al principio. A continuación, podrás encontrar un listado de las dudas sobre la cancelación 4.0 más frecuentes:

Lea también: Cancelar CFDI: Paso a paso en México

  • ¿A partir de qué fecha será obligatoria la versión 4.0?

    A partir del 1 de julio de 2022.

  • Si emito una factura PPD en versión 3.3 antes del 1 de julio y pagos 2.0 ¿Qué hacer si el pago lo hacen después del 1 de julio?

    Si emites una factura con método de pago PPD en la versión 3.3, podrás emitir el CFDI del complemento de pago en la versión 4.0 ya que la versión 2.0 del complemento de pagos es compatible con 3.3 y 4.0.

  • ¿Qué elementos se agregaron para la elaboración de la factura global (al público en general)?

    Se deberá indicar la periodicidad, el mes y el ejercicio al que corresponde.

  • ¿Cuáles son los elementos obligatorios que debe incluir la factura en la versión 4.0?

    Los elementos a incluir son: nombre, domicilio fiscal del emisor y receptor.

  • Para la versión 4.0, ¿Es obligatorio que aparezca en las facturas “S.A. de C.V.”?

    En la factura electrónica deberás registrar únicamente el nombre de tu receptor o cliente (persona moral), tal como se muestra en la constancia de situación fiscal, sin el régimen societario.

    Lea también: Cómo cancelar tu RFC

  • ¿Cómo se debe registrar el nombre del receptor?

    Se debe capturar con MAYÚSCULAS y tal como viene en la Constancia de Situación Fiscal sin Régimen Societario.

  • ¿Se debe registrar el domicilio completo del receptor?

    Únicamente se debe registrar el código postal del domicilio fiscal del receptor del comprobante.

  • ¿Cómo generar complementos de pago para CFDI 3.3 que nos paguen a partir del 1 de julio?

    El complemento de pagos es compatible con la versión 3.3 y con la versión 4.0.

  • Si se hicieron sustituciones anteriores relacionadas a la misma operación, ¿cómo se relaciona el UUID?

    Solo se va a relacionar el UUID de la última factura.

  • ¿Cuándo se usa el apartado cuenta de terceros?

    Se utiliza cuando se prestan servicios de facturación y cobranza a cuenta de un tercero. En otras palabras, si usas en la versión 3.3 el Complemento Cuenta de Terceros, para la 4.0 debes usar el apartado Cuenta de Terceros.

  • ¿Aún puedo cancelar facturas anteriores?

    Se permite la cancelación de facturas de años anteriores al ejercicio 2021 (2020, 2019, 2018…) hasta el 30 de septiembre de 2022. Para poder cancelarlos se deben tomar en cuenta los siguientes puntos según el SAT:

    • Presentar la declaración o declaraciones complementarias correspondientes, dentro del mes siguiente a aquel en que se lleve a cabo la cancelación de la factura.
    • Contar con Buzón Tributario activo.
    • Contar con la aceptación del receptor para realizar la cancelación.
    • Cuando la operación que ampare la factura cancelada subsista, se deberá emitir una nueva factura de acuerdo con las guías de llenado que corresponda.
    • Realizar la cancelación a más tardar el 30 de septiembre de 2022.
  • ¿Qué hago si en la versión 4.0 cancelé un CFDI con motivo 01 y marca error?

    Puedes utilizar la clave 02 y tendrás que cancelar un comprobante a la vez. Ejemplo: Quieres cancelar la factura (A) con motivo 01, relacionas el folio de la nueva factura (B) que la sustituye pero marca ERROR. Entonces, procedes a hacer la cancelación con motivo 02, cancela la Factura A (original) y la Factura B (la que sustituye a la A) selecciona el motivo 02. Consulta las actualizaciones de las reglas para cancelar CFDI sin aceptación del receptor, de acuerdo a lo indicado por la autoridad fiscal.

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