El artículo 106 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece que los contribuyentes deben efectuar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago.
El pago provisional se determina restando de la totalidad de los ingresos obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio.
Contra el pago provisional determinado conforme a este artículo, se acreditarán los pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con anterioridad. Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna.
A continuación, se presentan casos prácticos resueltos para ilustrar el cálculo del pago provisional del ISR para personas físicas con actividad empresarial.
Caso 1: Pagos Provisionales de Personas Morales
Datos del ejercicio fiscal 2015:
- Ingresos acumulables propios de la actividad: $6,320,000.00
- Ajuste anual por inflación acumulable: $640,000.00
- Total Ingresos Acumulables: $6,960,000.00
Deducciones Autorizadas:
- $5,690,000.00
- Utilidad Fiscal: $1,270,000.00
Datos ejercicio fiscal 2016
- Pérdida Fiscal 2016 según declaración presentada el 12 de febrero de 2016: $125,000.00
Datos del período que se declaran: (Datos de enero de 2017)
- Ingresos propios de la actividad: $1,150,000.00
- Intereses devengados a favor (nominales): $190,000.00
- Utilidad por fluctuación cambiaria (nominal): $120,000.00
- Total Ingresos Nominales: $1,460,000.00
Determinación de los ingresos nominales del ejercicio 2015
- Ingresos acumulables del ejercicio 2015: $6,960,000.00
Menos:
- Ajuste anual por inflación acumulable: $640,000.00
- Ingresos Nominales: $6,320,000.00
Cálculo del Coeficiente de Utilidad
Fórmula: CU = Utilidad Fiscal / Ingresos Nominales
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Sustituyendo: CU = 1’270,000.00 / 6’320,000.00 = 0.2009
Actualización de la Pérdida Fiscal 2016
- Pérdida Fiscal 2016: $125,000.00
Por: F.A. = INPC Dic-2016 / INPC Jul-2016 = 122.3132 / 119.2110 = 1.0260
- Pérdida Fiscal 2016 Actualizada: $128,250.00
Determinación del Pago Provisional de Enero de 2017
- Ingresos Nominales (Incluye intereses devengados a favor y utilidad cambiaria): $1,460,000.00
Por: Coeficiente de utilidad 0.2009
- Utilidad Fiscal para pago provisional: $293,314.00
Menos:
- Pérdida Fiscal: $128,250.00
- Base para Pago Provisional: $165,064.00
Por: Tasa de ISR1 30.00%
- Monto Pago Provisional de ISR: $49,519.20
Caso 2: Pago Provisional de Personas Morales “Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras”
(Capítulo VIII del Título II de la LISR) que realiza actividades por cuenta de sus integrantes pago del semestre de enero-junio de 2017
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Datos:
- Rancho Buena Vista, S.A. de C.V. con R.F.C. RAB-901001-MT1 y con domicilio fiscal el de Carretera México Puebla No. 120 km. 17.5, Los Reyes La Paz, Edo. de México, tuvo los siguientes movimientos de enero a junio de 2017, y es integrante de una persona moral.
- Nota: Los ingresos son tasa 0% para efectos del IVA.
Otros Datos:
La sociedad tiene a los siguientes socios:
| Socio | Participación |
|---|---|
| Socio 1 | X% |
| Socio 2 | Y% |
- UMA ejercicio 2017(*): $73.04
- *La Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el ejercicio 2017 se debe publicar a más tardar en febrero de dicho ejercicio.
Registro de Inversiones
En el mes de enero el Rancho compró una ordeñadora automática con un costo de $750,000.00 más IVA, la cual se empezó a depreciar al 25% a partir del mes de febrero.
INPC PROYECTADOS:
- Diciembre 2016 122.3132
- Enero 2017 122.0932
- Junio 2017 123.1238
Se Pide:
Calcular el pago provisional correspondiente al semestre enero-junio 2017 por la actividad de ganadería.
Solución:
I. Determinación del ingreso exento por cada socio (artículo 74 párrafo once LISR).
Determinación del Factor de Actualización:
III. Determinación del Pago Provisional (enero-junio 2017)
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Ingresos acumulables de enero a junio 2017 | $12,491,390.00 |
| Ingreso exento por socios (Artículo 74) | $1,599,576.00 |
| Ingresos gravados | $10,891,814.00 |
| Deducciones autorizadas (incluye facilidades de comprobación): | |
| Deducciones con tasa 0% y exentos de IVA | $3,591,284.00 |
| Deducciones con tasa 16% IVA | $1,068,880.00 |
| Depreciación fiscal | $78,781.25 |
| Total de Deducciones | $4,738,945.25 |
| Más: Proporción de exentos sobre ingresos no deducibles | $606,842.24 |
| Utilidad Fiscal antes de Pérdidas Fiscales | $6,759,710.99 |
| Menos: Pérdidas Fiscales ejercicios anteriores | $0.00 |
| Utilidad base para Pago Provisional | $6,759,710.99 |
| Por: Tasa ISR Artículo 9 30.00% | |
| Pago Provisional a cargo | $2,027,913.30 |
| Por: Reducción de ISR (30% proporcional hasta 423 VSMG) | $549,229.51 |
| Pago Provisional de ISR a junio 2017 | $1,478,683.78 |
| Menos: Pagos provisionales anteriores | $0.00 |
| Pago Provisional de ISR a Enterar | $1,478,683.78 |
IV. Determinación del IVA a Cargo o (favor)
- Ingresos Sujetos a tasa 0%: $3,052,040.00
Por: Tasa IVA 0.00%
- IVA por Pagar 0.00
Menos: IVA Acreditable:
- Gastos con IVA 50,140.80
- Total IVA Acreditable 50,140.80
- IVA a Cargo o (Favor) $ (50,140.80)
DETERMINACION DE LA REDUCCION ISR
- Límite ingresos 423 VSMG3 (73.04*423*365) 11’277,010.80
- Total ingresos período 12’491,390.00
- Igual proporción 0.90
- Impuesto causado $ 2’027,913.30
Por: Proporción 0.90
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- Impuesto causado sujeto a la reducción $ 1’830,765.04
Por: Tasa 0.30
- Reducción ISR $ 549,229.51
Caso 3: Pago Provisional de una Persona Moral con Actividad de Autotransporte Público de Carga Coordinado
(Capítulo VII del Título II de la LISR) Pago de junio de 2017
Datos:
- Transportes del Centro, S.A. de C.V. con R.F.C. TAC-950606-L90 y con domicilio fiscal el de Martillo No. 120, Col. Artes Gráficas, México D.F., tuvo los siguientes movimientos de enero a junio de 2017.
- Nota: Los ingresos son tasa 16% para efectos del IVA.
Otros Datos:
- Pagos provisionales de ISR de enero a mayo efectivamente pagados: $666,800.00
- UMA ejercicio 2017 (*): $73.04
- * La Unidad de Medida y Actualización (UMA) para el ejercicio 2017 se debe publicar a más tarder en febrero de dicho ejercicio.
- Retención de IVA: $326,032.00
Registro de Inversiones
En el mes de enero la empresa compró un Trailer marca Volvo con un costo de $1,750,000.00 más IVA, el cual se empezó a depreciar al 25% a partir del mes de febrero.
INPC PROYECTADOS:
- Enero 2017 122.0932
- Junio 2017 123.1238
Se Pide:
Calcular el pago provisional del mes de junio por la actividad de transporte.
