El complemento de pago es un documento fiscal digital que acompaña a los CFDI de ingreso cuando el pago de la factura no se realiza en una sola exhibición. Este documento es fundamental para cumplir con las disposiciones del SAT en materia de facturación electrónica y para efectos fiscales relacionados con el IVA trasladado y acreditable. El complemento de pago es un comprobante fiscal digital que se emite cuando una factura (CFDI de ingreso) ha sido generada con el método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) y el pago se realiza en una fecha posterior. En sí, el complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa.
Definición y Propósito del Complemento de Pago
El complemento para recepción de pagos debe realizarse cuando la transacción comercial no es pagada al momento en su totalidad. En este tipo de CFDI se especifica el método de pago de una factura, así como el monto correspondiente. No, es un documento adicional que se vincula al CFDI original.
Cuándo es Obligatorio Emitir el Complemento de Pago
El Complemento de Pago debe emitirse en situaciones específicas donde el pago de una factura no se realiza de forma inmediata o completa en el momento de la emisión de la misma. A continuación, se detallan los escenarios:
- Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
- Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
- Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.
- Sí, solo es necesario en CFDI emitidos con método de pago PPD.
- Sí, uno por cada pago recibido.
Información Requerida para el Complemento de Pago
Al generar un Complemento de Pago, es crucial capturar la siguiente información:
- UUID de la factura original.
- Fecha y monto del pago.
- Forma de pago (ej. La que corresponda al pago recibido: 03 transferencia, 02 cheque, 01 efectivo, etc.).
Excepciones: Cuándo NO se Requiere el Complemento de Pago
Existen ciertas situaciones en las que la emisión del Complemento de Pago no es obligatoria:
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- En las ventas realizadas al público en general, que son pagadas al momento de realizarse la operación, no se requiere ocupar el complemento para recepción de pagos (REP). Esta factura global podrá ser diaria, semanal, mensual o bimestral (en el caso de los contribuyentes que tributen en el RIF) y deberá generarse y timbrarse dentro de las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones. Respecto a la forma de pago, esta constituye un dato requerido y debe registrarse la clave de la forma de pago con la que se liquidó el comprobante simplificado de mayor monto entre los que se incluyan en la factura (Ej. 03 transferencia, 02 cheque, 01 efectivo, etc.).
- Las operaciones donde, a pesar de que sean con el público en general, el pago se haga en parcialidades o de manera diferida (o sea, no se liquide de inmediato), no pueden incluirse en un CFDI global, porque en este caso no aplica la facilidad de emitir un comprobante simplificado o ticket por la venta.
- El Complemento de Pagos no aplica para asalariados ni para el CFDI por Honorarios, excepto si dichos honorarios se pagan de manera diferida.
Métodos de Pago: PUE y PPD en CFDI
La correcta asignación del método de pago es crucial para la emisión de los CFDI y la determinación de la necesidad del Complemento de Pago.
- PPD si el pago no se realiza en el momento de la factura.
- PUE si el pago es inmediato y total.
En cambio, una factura que se va a pagar en pagos parciales o diferidos (PPD), le indica al SAT que la operación no se ha pagado. El primer documento, el CFDI de la factura, servirá para saber que se está generando un ingreso acumulable solamente para el ISR.
Manejo de CFDI Global y Métodos de Pago
Normalmente, cuando se va a realizar una factura de ingresos, se deben tener todos los datos fiscales necesarios para la realización de ésta, pero ¿Qué sucede cuando la persona no solicita la factura? y ¿Cuándo la factura es a crédito? Al tratar de encontrar una respuesta en la página del SAT nos encontramos con la “Guía de llenado del CFDI Global”, pero ¿Es lo que necesitamos para este caso? Al leer nos percatamos de que cuando se elabora una factura global, en el campo Método de Pago solo se debe registrar “Pago en una Sola Exhibición PUE”, sin embargo, por haber realizado una venta a crédito necesitamos que el método de pago sea “Pago en Parcialidades o Diferido PPD”. Dicho esto, la “Guía de llenado del CFDI Global” no aclara la duda anterior.
Importancia de la Correcta Emisión y Consecuencias de Errores
No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal.
Riesgos y Sanciones por Incumplimiento
- Puedes ser sancionado y tener problemas para acreditar el IVA.
- Además, tus clientes pueden rechazar los pagos si no hay constancia oficial.
- Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA.
Errores Comunes en la Emisión del Complemento de Pago
Emitir Complementos de Pago puede parecer complicado, especialmente cuando existen pagos parciales, múltiples facturas o diferencias de saldo. Algunos de los errores más frecuentes incluyen:
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- Uno de los errores más frecuentes es emitir el complemento con una fecha distinta al pago real.
- Otro problema que se presenta es no emitir el complemento dentro del plazo establecido por el SAT, lo que puede generar inconsistencias fiscales y dificultades para deducir impuestos.
Marco Legal del Complemento de Pago
La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones.
- Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
- Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
- Regla 2.7.1.35: La RMF en esta regla específica establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante. La regla se publicó, en una versión anticipada de la 3ª RMF 2018, desde el 28 de septiembre de 2018.
- Adicionalmente, en el caso de que la totalidad del pago de la operación que ampara el CFDI no se realice a más tardar el día 17 del mes de calendario inmediato posterior a aquél en el cual se expidió el CFDI, el contribuyente cancelará el CFDI emitido por la operación y emitirá uno nuevo señalando como forma de pago “99” por definir y como método de pago “PPD” pago en parcialidades o diferido, relacionando el nuevo CFDI con el emitido originalmente como “Sustitución de los CFDI previos”, debiendo adicionalmente emitir por el pago o los pagos que efectivamente le realicen, el CFDI con complemento para recepción de pagos que corresponda de conformidad con lo dispuesto por las reglas 2.7.1.32. En su momento, por el pago o los pagos que efectivamente le realicen, se deben emitir adicionalmente el CFDI con complemento para recepción de pagos que corresponda, de conformidad con lo dispuesto por las reglas 2.7.1.32.
Gestión de la Cancelación y Sustitución de CFDI
Cuando un CFDI contiene errores o requiere ajustes, el proceso de cancelación y sustitución es fundamental. Toma en cuenta que, cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.
Proceso de Cancelación de CFDI y sus Estados
Es posible monitorear el estatus de las solicitudes de cancelación de un CFDI:
- En esta opción podrás ver todos los CFDI de las que se solicitó cancelación y que todavía no han sido autorizadas.
- En la columna Estado CFDI podrás observar el estatus en el que se encuentra el proceso de cancelación. Se muestra la ventana indicando el estado actual del comprobante.
- En la parte inferior de la pestaña encontrarás la barra de navegación. Utilízala para moverte entre las páginas cuando el listado contenga demasiados registros.
- En la parte inferior derecha te mostrará el rango de comprobantes desplegados en esa página. También podrás conocer el número total de registros.
- Si la petición fue rechazada, el CFDI se mueve a Listar Facturas.
- Si todavía no hay respuesta, permanece en Listar Facturas Pendientes.
- Si pasadas 72 horas la cancelación sigue sin respuesta por parte del receptor, automáticamente se considerará como aceptada la cancelación por plazo vencido y el comprobante se mueve a Listar Facturas Canceladas.
Ejemplo de Sustitución de CFDI con PUE a PPD
Un caso común se presenta cuando un CFDI expedido inicialmente como PUE no se liquida de inmediato y requiere ser sustituido por un PPD, implicando la emisión de un REP posterior. A continuación, se presentan algunos ejemplos de CFDI y su evolución:
- CFDI #1 por $300, expedido el 3 de octubre.
- CFDI #2 por $200,000. Se canceló y se substituyó con el CFDI #14.
- CFDI #3 por $150,000, expedido el 30 de octubre.
- CFDI #4 por $500. Se canceló y se substituyó con el CFDI # 15.
Los cuatro CFDI llevaron en su inicio la clave PUE. Sin embargo, dos de ellos se cancelan. Esto muestra cómo la necesidad de un Complemento de Pago surge cuando la transacción originalmente prevista como PUE no se cumple. Por ejemplo:
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- CFDI #1 por $300 pagado el 10 de octubre.
- CFDI #3 expedido con clave PUE. Son dos pagos en dos meses distintos: $50,000 el 30 de octubre y $100,000 el 15 de noviembre.
- CFDI #4 por $500.
- CFDI #14 con clave PPD. Tiene un REP con fecha de pago 30 de octubre. El REP corresponde a un CFDI # 14 de ingresos expedido el 18 de noviembre y que substituyó al CFDI #2 expedido el 13 de octubre de 2018.
- CFDI #15 con clave PPD.
Con estos cambios, la información que recibe el SAT sobre el IVA puede variar. ¿Quién gana y quién pierde? Aparentemente pierde el SAT. Los CFDI con clave PUE más los REP ya no indican al 100% el IVA del mes, pues algunos PUE se pagarán al mes siguiente. El cambio en la información que recibe el SAT no parece relevante pues sólo mueve su rango de un mes a dos meses.
Facilitando la Emisión de CFDI y Complementos de Pago
Emitir CFDI y complementos de pago ya no tiene por qué ser un proceso manual, complejo o riesgoso. Simplifica tu facturación, mejora tu cumplimiento y dedícate a hacer crecer tu negocio.
Te recordamos que, con MYSuite podrás cumplir con todos los lineamientos fiscales establecidos por el SAT para la emisión de CFDI, incluidas estas facturas globales y el Recibo electrónico de Pagos (REP); así como con el nuevo esquema de cancelación de facturas y la descarga masiva de comprobantes. * En caso de requerir un desarrollo a la medida, también lo realizamos.
