Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos universales son inherentes a todos nosotros, con independencia de la nacionalidad, género, origen étnico o nacional, color, religión, idioma o cualquier otra condición. Varían desde los más fundamentales -el derecho a la vida- hasta los que dan valor a nuestra vida, como los derechos a la alimentación, a la educación, al trabajo, a la salud y a la libertad.
La Naturaleza de los Derechos Humanos
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente.
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos.
Génesis y Adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH)
La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Este documento fue una respuesta a las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial y marcó un compromiso global con la dignidad humana, estableciendo principios que sirvieron como cimientos para tratados internacionales y legislaciones nacionales que buscan proteger la igualdad y la justicia.
La DUDH fue adoptada por las Naciones Unidas (ONU), que acababa de establecerse, el 10 de diciembre de 1948 en París, como respuesta a los “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, fue el primer documento legal en establecer la protección universal de los derechos humanos fundamentales. Cumplió 70 años en 2018 y sigue siendo la base de toda ley internacional de derechos humanos. Sus 30 artículos ofrecen los principios y los bloques de las convenciones de derechos humanos, tratados y otros instrumentos jurídicos actuales y futuros.
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Proceso de Redacción y Composición
El trabajo sobre la DUDH comenzó en 1946, con un comité de redacción integrado por representantes de una gran diversidad de países, entre ellos Estados Unidos, Líbano y China. El comité de redacción se amplió posteriormente para incluir a representantes de Australia, Chile, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética, lo que permitió que el documento se beneficiara de aportaciones de Estados de todas las regiones y de su diversidad de contextos religiosos, políticos y culturales.
En virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A este organismo, formado por dieciocho representantes de Estados miembros de la ONU, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un comité formado por ocho miembros, que serían Eleanor Roosevelt (Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexander E. Bogomolov/Alexei P. Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Roy Hodgson (Australia). El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) fue escrita por representantes de todo el mundo, con el propósito de ser un ideal común para todos los pueblos y naciones. En su contenido presentan las consideraciones que se toman en cuenta para su elaboración, mencionando: el reconocimiento de la dignidad intrínseca, los derechos iguales e inalienables, la promoción del desarrollo de las relaciones amistosas entre naciones, los derechos fundamentales del hombre, en los que se incluyen la dignidad y el valor de la persona humana y en igualdad de derechos de hombres y mujeres; y el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre.
Principios Fundamentales y Contenido de la DUDH
La Declaración contiene 30 derechos y libertades que pertenecen a todas las personas y que nadie nos puede arrebatar. Los derechos que se incluyeron siguen siendo la base del derecho internacional de los derechos humanos. Los 30 derechos y libertades contenidos en la DUDH incluyen el derecho a no ser sometido a tortura, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la educación y el derecho a buscar asilo. La Declaración Incluye derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada.
Así, no importa las distinciones que hagan las personas, hay un solo principio básico que subyace en todos los derechos contenidos en la DUDH: que todos los seres humanos tienen los mismos derechos inalienables. No puede haber distinción de ninguna clase, como raza, color, sexo, orientación sexual o identidad de género, idioma, religión, opinión política o de cualquier otro tipo, origen nacional o social, fortuna, nacimiento y cualquier otra situación. La DUDH también nos muestra que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles. Los 30 artículos de la Declaración tienen la misma importancia. Nadie puede decidir que unos son más importantes que otros.
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Derechos y Exclusiones Destacadas
El célebre lema de la Revolución francesa inspiró el primer artículo de la DUDH. Este artículo, aclara que la igualdad de los seres humanos refiere a la dignidad y a los derechos. La Declaración Universal de Derechos Humanos proclama:
- “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.”
- “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.”
- “Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional.”
- “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.”
Entre los derechos fundamentales y las exclusiones que buscan los derechos humanos, la Declaración establece:
- Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad (Art. 3).
- Nadie estará sometido a la esclavitud (Art. 4).
- Nadie será sometido a torturas ni penas o tratos crueles (Art. 5).
- Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica (Art. 6).
- Derecho a la igual protección ante la ley (Art. 7).
- Derecho al recurso efectivo ante tribunales competentes (Art. 8).
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado (Art. 9).
- Derecho a ser oído públicamente y con justicia ante el tribunal, bajo las condiciones de plena igualdad (Art. 10).
- Derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, derecho de salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país (Art. 13).
- Derecho a buscar asilo y disfrutar de él, en caso de persecución (Art. 14).
- Derecho a la nacionalidad (Art. 15).
- Derecho, sin hacer restricción alguna, a casarse y fundar una familia (Art. 16).
- Derecho a la propiedad individual y colectivamente (Art. 17, implícito).
- “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.” (Artículo 25).
- “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.” (Artículo 26).
- “Toda persona tiene derechos a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta declaración se hagan plenamente efectivos.” (Artículo 28).
Para facilitar la comprensión de algunos de los derechos clave, se presenta la siguiente tabla:
| Artículo (Ejemplo) | Derecho Fundamental |
|---|---|
| Art. 3 | Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona. |
| Art. 4 | Prohibición de la esclavitud y la servidumbre. |
| Art. 5 | Prohibición de la tortura y penas crueles, inhumanas o degradantes. |
| Art. 13 | Libertad de circulación y de residencia. |
| Art. 14 | Derecho a buscar y disfrutar de asilo en caso de persecución. |
| Art. 16 | Derecho a casarse y a fundar una familia. |
| Art. 25 | Derecho a un nivel de vida adecuado (salud, bienestar, alimentación, vivienda). |
| Art. 26 | Derecho a la educación. |
Evolución y Clasificación de los Derechos Humanos
No hay jerarquía entre los derechos humanos. Esto significa que todos los derechos humanos son igualmente importantes y no se puede prescindir de ninguno de ellos. Los derechos humanos se pueden clasificar en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales.
Estos derechos se consolidaron en la revolución francesa del siglo XVIII. Los derechos de segunda generación surgieron con la Revolución Industrial y los movimientos obreros del siglo XX. Estos derechos se han ido incorporando a las leyes a fínales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. Son una actualización de la carta de 1948. Los derechos de cuarta generación, también conocidos como derechos digitales, se encuentran sustentados en la necesidad de asegurar el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación a todos los individuos. La quinta generación de derechos humanos se refiere a los derechos de acceso a la tecnología y a la informática, así como a la seguridad digital.
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Los derechos económicos, sociales y culturales abarcan el derecho al trabajo, a la educación y a la vivienda; se centran en garantizar condiciones de vida adecuada. Los derechos de solidaridad, que incluyen el derecho al desarrollo, a un medio ambiente saludable, el derecho a la paz y el derecho de la autodeterminación de los pueblos. Estos derechos se centran en proteger a los grupos vulnerables y en garantizar la diversidad cultural y sostenibilidad ambiental.
El Marco Legal Internacional y su Impacto
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, junto con los dos pactos -el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales-, componen la Carta Internacional de Derechos Humanos. Universal e inalienable, el principio de universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Esto supone que todos tenemos el mismo derecho a gozar de los derechos humanos.
Aunque no es un documento obligatorio o vinculante para los Estados, sirvió como base para la creación de las dos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pactos que fueron adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta.
En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de estos. Hasta la fecha son nueve los tratados que conforman el cuerpo básico de instrumentos internacionales de derechos humanos: derechos civiles y políticos, económicos y sociales, contra el racismo, contra la discriminación de las mujeres, contra la tortura, derechos de la niñez, trabajadores migrantes, contra la desaparición forzada y derechos de las personas con discapacidades.
La DUDH en México y la CNDH
En México, la Declaración Universal de los Derechos Humanos ha sido una referencia fundamental para la construcción de un marco jurídico e institucional que promueva y proteja los derechos fundamentales. Su implementación se ha visto reflejada en reformas constitucionales, como la de 2011, que reconoció la jerarquía de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como en la creación de instituciones clave como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
México ha demostrado un firme compromiso con la protección y promoción de los derechos humanos a través de la ratificación de diversos tratados internacionales. El país ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 1981, comprometiéndose a garantizar derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo y la participación política. Asimismo, en el mismo año, ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, enfocado en asegurar derechos como la educación, la salud y condiciones laborales justas. Además, en 2007, México ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, reafirmando su compromiso con la inclusión y la igualdad de oportunidades para todos.
La conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos no solo es una oportunidad para reflexionar sobre los avances logrados, sino también un llamado a la acción para enfrentar los retos pendientes. En México, garantizar que los derechos humanos sean una realidad tangible para todas las personas sigue siendo una tarea fundamental, especialmente para aquellos grupos que enfrentan mayores niveles de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad, las mujeres, las comunidades indígenas y la población migrante.
Críticas y Perspectivas Globales
La Declaración Universal ha recibido elogios de varios activistas, juristas y líderes políticos notables. El filósofo y diplomático libanés Charles Malik la calificó como "un documento internacional de primer orden", mientras que Eleanor Roosevelt -primera presidenta de la Comisión de Derechos Humanos (CDH) que ayudó a redactar la Declaración- afirmó que "bien podría convertirse en la Carta Magna internacional de todos los hombres en todo el mundo". En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de la ONU de 1993, diplomáticos y funcionarios representantes de 100 naciones reafirmaron el "compromiso de sus gobiernos con los propósitos y principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos" y destacaron que la Declaración como "fuente de inspiración y ha sido la base de las Naciones Unidas para realizar avances en el establecimiento de normas contenidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes."
Sin embargo, la DUDH también ha enfrentado críticas. La Asociación Antropológica Americana criticó la DUDH durante su proceso de redacción, advirtiendo que su definición de los derechos universales reflejaba un paradigma de Cultura Occidental que era injusto para las naciones no occidentales. Además, argumentaron que la historia de colonialismo y evangelismo de Occidente los convertía en un representante moral problemático para el resto del mundo.
Durante los preparativos de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en 1993, los ministros de varios estados asiáticos adoptaron la Declaración de Bangkok, en la que reafirmaban el compromiso de sus gobiernos con los principios de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos. Declararon su opinión sobre la interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos y subrayaron la necesidad de universalidad, objetividad y no selectividad de los derechos humanos. Sin embargo, al mismo tiempo, hicieron hincapié en los principios de soberanía y no injerencia, y pidieron que se hiciera mayor énfasis en los derechos económicos, sociales y culturales, en particular, en el derecho al desarrollo económico, estableciendo directrices de colaboración internacional entre los firmantes.
En el mundo islámico, el 30 de junio de 2000, los Estados miembros de la Organización de Cooperación Islámica resolvieron oficialmente apoyar la Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam, un documento alternativo que dice que las personas tienen "libertad y derecho a una vida digna de acuerdo con la Shari'ah islámica", sin ninguna discriminación por motivos de "raza, color, idioma, sexo, creencias religiosas, afiliación política, estatus social u otras consideraciones". La resistencia a la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos en algunas partes del mundo musulmán y árabe es tal vez más notable con la panoplia de derechos relacionados con la religión. En lo que respecta a la DUDH, el núcleo de la resistencia se centra en cuestiones como el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 18), la prohibición de la discriminación por motivos de religión (artículo 2) y la prohibición de la discriminación contra la mujer (preámbulo, artículo 2, artículo 16).
El Legado Continuo y la Promoción de Derechos
Actualmente, la Declaración sigue siendo un documento vivo. El legado de la Declaración Universal nos reta a pasar a la ofensiva. Exige que resistamos los ataques globalizados, transnacionales y localizados contra los derechos. Pero también nos dice que esto no será suficiente. La DUDH marca un hito.
Como pilar de los derechos humanos internacionales, la DUDH goza de un amplio apoyo entre las organizaciones internacionales y no gubernamentales. La DUDH es la piedra angular de los derechos por los que Amnistía y los siete millones de personas que integran su base de poder luchan día sí, día también. Lo hacemos investigando y denunciando abusos contra los derechos humanos dondequiera que se cometan. Cada mes de diciembre, simpatizantes de Amnistía de todo el planeta escriben millones de cartas y actúan en favor de personas cuyos derechos humanos fundamentales han sido atacados.
El 10 de diciembre de 2008 se cumplieron sesenta años desde la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En esa jornada, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al año siguiente, 2009, Año Internacional del Aprendizaje sobre los Derechos Humanos, debido a que, tras un análisis de la situación real en el mundo, se tomó conciencia de que la realización de la Declaración tenía defectos que podrían reducirse a través del aprendizaje y la educación.
