¡Descubre Cómo Cambiar Tu RFC de Persona Física con Actividad Empresarial a Asalariado Rápido y Fácil!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si has experimentado cambios en tu empleo, has inaugurado o bien, has clausurado un negocio, es fundamental que actualices tu estatus fiscal, ya que es muy probable que hayas adquirido nuevas actividades o abandonado algunas. Esto es esencial porque debes recordar que, según la legislación vigente, todas tus actividades económicas e ingresos deben ser informados al SAT.

¿Qué es un Régimen Fiscal?

Un régimen fiscal es el sistema bajo el cual el SAT clasifica a los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, según sus actividades económicas. El régimen fiscal está compuesto de una serie de derechos y obligaciones que adquiere un ciudadano cuando comienza a desempeñar una actividad económica específica.

En México, existen varios regímenes fiscales que establecen las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Según las actividades, la profesión y los ingresos que perciba en un tiempo determinado, cada individuo puede pertenecer a uno de los regímenes con los que cuenta el SAT.

Regímenes Fiscales para Personas Físicas

El SAT tiene los siguientes regímenes fiscales para personas físicas:

  • Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios: Si fuiste contratado por una empresa o patrón y recibes un salario por una jornada laboral y actividades determinadas, te encuentras bajo este esquema. Lo chido es que tu patrón se encarga de retener tus impuestos.
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: Los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (como fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías o fruterías) pueden ingresar a este régimen, siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos. Este régimen es ideal para quienes trabajan por su cuenta ofreciendo servicios especializados. Si eres abogado, programador, diseñador o algo parecido, seguro ya conoces los famosos recibos de honorarios.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): En esta opción pueden inscribirse las personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos no excedan los 3 millones 500 mil pesos. El RESICO es perfecto para los pequeños contribuyentes. Te promete menos rollos y tasas de impuestos más bajitas. Es como un buffet fiscal: simple y directo.
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF): El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas que tienen actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos al año.
  • Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas: Fue implementado desde junio de 2022 para aquellas personas físicas que generan ingresos a través de aplicaciones en internet como Mercado Libre, Uber o Didi. Si haces dinero manejando un Uber, repartiendo con Rappi o rentando tu depa en Airbnb, este régimen es para ti. Las plataformas te retienen una parte de tus impuestos, pero también tienes que presentar tus declaraciones.
  • Enajenación de bienes: Es aquel en el cual las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta. Si realizaste una permuta o vendiste algún bien inmueble, o un automóvil, entre otros bienes, estás en este régimen.
  • Régimen de Arrendamiento: Si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial y autorizas a otra persona para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una renta, debes reportar estos ingresos ante el SAT bajo el régimen de arrendamiento.
  • Intereses: Si recibiste ingresos de instituciones bancarias, seguros o financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, perteneces a este régimen.
  • Obtención de premios: Si te ganaste la lotería o recibiste el abono de un premio, debes agregarlo dentro de tu declaración anual o bien, ingresar este régimen al fisco.
  • Dividendos: Si eres socio o accionista dentro de una empresa (persona moral), obtienes ingresos derivados de la utilidades que generan, también conocidos como dividendos, ganancias o utilidades, los cuales debes reportar ante la autoridad fiscal.

¿Cuándo Cambiar de Régimen Fiscal?

El cambio de régimen se realiza en caso de que las personas físicas cambien sus actividades económicas (reciban ingresos de una manera distinta a la que fue anteriormente registrada), al momento de su cambio y con no más de dos meses de anticipación.

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¿Cómo Hacer el Cambio de Régimen Fiscal en Línea?

Si cambiaste de empleo, pusiste un negocio o dejaste de recibir ingresos por alguna actividad económica que desempeñabas, puedes cambiar tu régimen fiscal a través del portal del SAT. Para ello, deberás contar con Contraseña o e.firma y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El proceso de actualizar o hacer cambio de régimen fiscal se puede realizar de manera sencilla a través de la plataforma en línea del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Mantener al día tu situación fiscal es clave para cumplir con tus obligaciones y evitar sanciones.

Pasos para Cambiar el Régimen de Situación Fiscal por Internet:

  1. Ingresa a la sección Trámites en la página del SAT y en la barra superior, elige la opción RFC. De igual manera puedes acceder al formulario usando el Portal SAT, en la sección de “Trámites del RFC”.
  2. Ingresa al apartado actualización, selecciona la opción: aumento y disminución de obligaciones. Para comenzar, visita el sitio web del SAT y busca la opción para acceder al formulario. Una vez dentro, proporciona tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y tu contraseña o e.firma portátil. En el formulario, deberás proporcionar tu RFC y detalles personales si estás realizando el trámite en calidad de representante legal de otra persona.
  3. Llena los datos del formulario electrónico. A continuación, se te presentará un cuestionario en el que se te preguntará sobre estos cambios. Tendrás la oportunidad de seleccionar el régimen fiscal al que deseas pertenecer ahora o los regímenes a través de los cuales obtienes ingresos. Llena el cuestionario la información que te pedirán es: el Tipo de ingresos que percibes por la nueva actividad, por ejemplo, por salarios, si eres jubilado, rentas por alquiler de casas, prestas servicios profesionales, actividades empresariales, industriales, ganaderas, etc.
  4. Firma el trámite con tu e.firma. Una vez que hayas completado el proceso, asegúrate de verificar y validar la información cargando los archivos correspondientes de tu e.firma, que debe estar vigente.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y guarda el acuse de recibo electrónico.
  6. Checa y revista la Vista Preliminar. Descarga el acuse de actualización. ¡Listo!

Consideraciones Adicionales

  • Recuerda que para realizar muchos trámites en el SAT, como el cambio de régimen fiscal, es indispensable tener tu e.firma vigente.
  • El cambio de régimen se realiza en caso de que las personas físicas cambien sus actividades económicas, al momento de su cambio y con no más de dos meses de anticipación.
  • Los cambios que puedes hacer en estos casos son: agregar nuevas actividades que te generen ingresos; cambiar de un régimen a otro.
  • Si cuentas con representante legal, tú o él deberán ingresar tus datos. Da clic en siguiente.

¿Se Pueden Tener Dos Regímenes Fiscales al Mismo Tiempo?

Tal vez eres un freelance que también trabaja para una empresa o estás ganando algo de lana extra con aplicaciones como Uber o Airbnb. La buena noticia es que sí se puede, pero no todo es tan sencillo como parece.

No todos los regímenes fiscales pueden mezclarse, pero algunos sí se llevan bien. Si tienes un empleo formal y además ganas dinero como freelance o con un negocio pequeño, puedes tributar en ambos regímenes. Si estás empleado, y decidiste emprender un negocio, estarás dado de alta como Asalariado, y tendrás que agregarte como Persona Física con Actividad Empresarial, estarás inscrito en dos regímenes y deberás cumplir con las obligaciones de ambos.

Estos regímenes no se mezclan. Si estás en el RESICO, olvídate de tributar por plataformas digitales.

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Sí, se puede estar en dos regímenes fiscales al mismo tiempo, siempre y cuando las combinaciones sean compatibles y cumplas con las reglas del SAT.

Herramientas de Ayuda

Si todo esto te suena a más trabajo del que puedes manejar, no te preocupes. TaxDown es como tu mejor amigo experto en impuestos. Esta herramienta te ayuda a calcular, declarar y mantener todo en orden, sin dramas ni confusiones.

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