Embargar es tomar propiedad, generalmente una parte del salario de alguien, por autoridad legal. Usted se encuentra con un problema financiero y no puede hacer sus pagos. Sus cuentas se atrasan y eventualmente se dan por incobrables y se envían a cobro. Este proceso, denominado embargo de salarios o retención de salarios, puede suponer una carga aún mayor para sus finanzas. Antes de que puedan embargar su salario, la mayoría de los acreedores necesitarán demandarlo y obtener una sentencia del tribunal.
Procedimiento inicial y notificaciones
Un acreedor comienza el proceso de embargo de salario presentando una solicitud ante el tribunal. Una vez presentada la solicitud, el secretario del tribunal o un juez firma la solicitud y se convierte en una orden de embargo. El acreedor debe notificar la orden de embargo al empleador por correo certificado, proceso privado o por medio de un alguacil o policía.
El empleador debe presentar una respuesta al recurso dentro de los 30 días siguientes a la notificación. Si el empleador no responde a la orden de embargo, el empleador puede ser declarado en desacato al tribunal y el acreedor puede recibir una sentencia en rebeldía contra el empleador. Un empleador puede impugnar el embargo o reclamar que el embargo solicitado por el acreedor son ganancias exentas que pertenecen al empleado.
Determinación de los salarios embargables
Después de que se notifique la orden judicial al empleador, este debe determinar el monto de los “salarios embargables” del empleado para cada período de pago. Según lo dispuesto por la orden judicial, el empleador debe retener los salarios embargables hasta que se cumpla la sentencia o hasta que el tribunal ordene al empleador que deje de retenerlos.
Límites legales al embargo de sueldos
La ley limita la cantidad de ganancias que se pueden embargar, estableciendo protecciones para los trabajadores. Los límites varían según el tipo de deuda:
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- Deuda de consumo general: El menor de 25% de los ingresos disponibles o la diferencia entre su ingreso disponible y 30 veces el salario mínimo federal por hora.
- Manutención infantil o pensión alimenticia: Hasta el 60% (o el 50% si tiene otro hijo o cónyuge).
Pasos recomendados para el empleado
Si usted recibe una notificación de embargo, existen diversas acciones que puede tomar para proteger sus finanzas:
- Negociación: Uno de los primeros pasos que puede tomar es intentar trabajar con el acreedor que desea embargar su salario. Es posible que pueda negociar un pago mensual más pequeño que la cantidad que se descontaría de su cheque de pago.
- Reclamo de exención: Es posible que pueda presentar un reclamo de exención y detener o disminuir el embargo de salarios en función de su situación financiera. Si cree que el dinero está exento, le enviará al alguacil un Reclamo de exención y una Declaración financiera.
- Revisión documental: Haga una revisión de los documentos que los tribunales o su empleador le envían para asegurarse de que realmente le deben la deuda.
- Asesoramiento profesional: Una organización de asesoramiento crediticio sin fines de lucro podría negociar con sus acreedores en su representación.
- Bancarrota: Al declararse en bancarrota, es posible que pueda detener inmediatamente el embargo de sus salarios y obtener el descargo de las deudas subyacentes.
Obligaciones del empleador
La retención y la correspondiente transferencia deben ser acreditados ante el tribunal que ordenó la medida, lo cual se realiza a través de la presentación de un escrito judicial. Con relación a las deudas de cuotas alimentarias, el empleador que incumpla la orden judicial será solidariamente responsable junto con el empleado por el pago de dicha deuda. En cada período de pago, el empleador debe informar al empleado el monto retenido y el método utilizado para determinarlo.
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